Cuál es el capital mínimo para constituir sociedades
Aumento en el capital mínimo para constituir sociedades anónimas
En el año 2024, se aumentó el capital mínimo de las sociedades nuevas.
El capital mínimo para constituir una sociedad anónima en Argentina es de $30.000.000, según el Decreto 209/2024 publicado en el Boletín Oficial. Este monto rige desde el 1 de marzo de 2024.
El capital mínimo es la cantidad de dinero que los fundadores de una sociedad deben aportar para constituir la empresa.
Cabe destacar que hace 12 años que dicho monto no recibía una actualización (aumentó en un 29.900%) y se busca reservar la figura societaria de las sociedades anónimas para organizaciones de mayor caudal monetario. La última actualización había sido hace más de 10 años cuando en 2012 se fijó como capital social mínimo el monto de $100.000.
De esta forma, se observa que integrando en efectivo el 25 % de $30.000.000, es decir $ 7.500.000, los socios pueden constituir una sociedad comprometiéndose a integrar los restantes $22.500.000 en el plazo de 2 años.
Las sociedades anónimas con un capital social igual o superior a $2.000.000.000 quedan sujetas a fiscalización estatal permanente.
Porque aumento tanto:
Esta actualización del capital de SA, tiene como objetivo fomentar el empleo de estructuras empresariales más apropiadas para negocios de menor escala, como las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), las cuales distribuyen su capital en cuotas en lugar de acciones y están limitadas a un máximo de 50 socios.
Las SRL:
En las SRL, los socios juegan un papel fundamental y son considerados el activo más valioso de la empresa, incluso por encima del capital invertido. A diferencia de las Sociedades Anónimas, donde el énfasis recae en la cantidad de capital aportado por los accionistas, en las SRL, la importancia radica en los socios mismos y en su participación activa en la gestión y toma de decisiones de la empresa. En este tipo de sociedades, no hay un capital mínimo obligatorio
Otro aspecto a considerar en las sociedades anónimas, es el monto de la tasa de justicia (I.G.J.) que pagan las S.A. en forma anual, conforme a lo establecido por la decisión administrativa 46/2001. Dicha norma establece una tasa una máxima de $ 2.500 que se calcula sobre la suma del capital más el ajuste de capital.
Por lo tanto, las S.A. que se constituyan en adelante pagarían esta tasa máxima, dado que los valores no se actualizan desde el año 2001.
A su vez, otra cuestión a analizar es en qué grado afecta este cambio a las garantías que deben constituir los directores titulares al momento de crear una nueva S.A. En este sentido, el artículo 76 de la Resolución 7/2015 de I.G.J. menciona que la garantía en forma conjunta de los directores titulares surge del 60 % del capital de la Sociedad, pero con los límites establecidos por la Res. 15/2021 de IGJ (monto mínimo $ 300.000 monto máximo $ 1.000.000 por cada director o gerente titular).
Finalmente, la norma menciona que la actualización del capital mínimo, es para aquellas sociedades constituidas desde la vigencia del Decreto PEN 209/2024, no haciendo mención a la actualización del capital de las sociedades anónimas constituidas con anterioridad al mismo.
Sin embargo, por medio del sitio web argentina.gob.ar, la Inspección General de Justicia realizó las siguientes aclaraciones sobre el nuevo monto del capital social mínimo.
“El nuevo monto de capital mínimo se requerirá para las sociedades anónimas que se constituyan a partir del día 01/03/2024, respetándose el monto de capital de aquellas sociedades ya constituidas, que se encuentren inscriptas, en proceso de inscripción, o con instrumento de constitución otorgado con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del decreto.
Cabe aclarar también que no corresponderá la adecuación del capital social al nuevo monto mínimo fijado de aquellas sociedades ya inscriptas en ningún caso.
Fuente: Decreto 209/24