Provincia de Buenos Aires cambia el teléfono obligatorio en facturas y tickets
Estudio Contable Piacentini | Información para comercios y PyMEs | Noviembre de 2026
Desde el 21 de noviembre de 2026, las facturas y tickets emitidos a consumidores finales en la Provincia de Buenos Aires deberán informar la Línea 148 como teléfono gratuito de orientación al consumidor. Los comercios y prestadores alcanzados deben actualizar sus sistemas de facturación.
Qué leyenda debe figurar
Orientación al Consumidor Provincia de Buenos Aires 148
La leyenda debe aparecer de manera legible y destacada. La Resolución 386/2026 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica establece el 148 como número para cumplir la Ley provincial 13.987. Fue publicada el 22 de octubre de 2026 y dispone su aplicación obligatoria a los 30 días corridos; la Provincia confirmó el 21 de noviembre como fecha de inicio.
Cómo era antes
La obligación de informar un teléfono de orientación al consumidor ya existía desde la Ley 13.987, publicada en 2009. Su artículo 2 exigía la frase “Orientación al Consumidor Provincia de Buenos Aires 0800……”. Es decir, la ley no consignaba todos los dígitos del teléfono en su articulado.
El número anterior de referencia era el 0800-222-9042, mencionado en los fundamentos de la ley y en los considerandos de la nueva resolución. La actualización responde a que esa línea dejó de estar operativa.
| Antes | Desde el 21 de noviembre de 2026 |
| Orientación al Consumidor Provincia de Buenos Aires 0800-222-9042 | Orientación al Consumidor Provincia de Buenos Aires 148 |
Para esta obligación provincial, el cambio es del 0800-222-9042 al 148. La existencia de otros canales de consulta no implica que deban agregarse todos a la factura.
Qué deben hacer los comercios
- Solicitar al proveedor del sistema de facturación que reemplace el número anterior por el 148 antes de la fecha obligatoria.
- Revisar los modelos de facturas y tickets a consumidores finales, tanto impresos como digitales, para comprobar que la leyenda se vea y se lea correctamente.
- Emitir un comprobante de prueba y controlar que la actualización se haya aplicado en cada punto de venta alcanzado.
Alcance y consecuencias del incumplimiento
La medida corresponde a comprobantes emitidos a consumidores finales en la Provincia de Buenos Aires. No debe trasladarse automáticamente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tiene su propia normativa.
El artículo 3 de la Ley 13.987 remite al régimen sancionatorio de la Ley 13.133. La nueva resolución no fija una multa automática de un importe determinado por omitir el teléfono.
Desde el Estudio Contable Piacentini recomendamos realizar la adecuación con anticipación y verificar el resultado en el comprobante final que recibe el cliente.
Fuentes y normativa
Ley provincial 13.987, artículos 1 a 4. Texto oficial: https://www.argentina.gob.ar/normativa/provincial/ley-13987-123456789-0abc-defg-789-3100bvorpyel/actualizacion
Resolución 386/2026 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica. Publicación en el Boletín Oficial del 22/10/2026.
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, comunicación oficial del 30/10/2026: “La Provincia lanza la Línea 148 para orientar a las y los consumidores”. https://www.gba.gob.ar/produccion/noticias/la_provincia_lanza_la_línea_148_para_orientar_las_y_los_consumidores




