Recibos de sueldos- vienen cambios por la ley de modernización laboral
⚠️ Reforma laboral: cambian los recibos de sueldo
La Ley 27.802, que introduce modificaciones en la legislación laboral, también trae cambios importantes en algo muy cotidiano para empresas y trabajadores: el recibo de sueldo.
Algunas medidas buscan simplificar procesos, pero otras implicarán ajustes en los sistemas de liquidación de sueldos, ya que será necesario incorporar nueva información.
RECIBO DE SUELDOS – VENDRAN CON…
¿Qué cambia en los recibos de sueldo?
La reforma modifica el artículo 140 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece qué información debe contener el recibo salarial.
La estructura general se mantiene, pero se incorporan algunos cambios relevantes.
📄 Información que seguirá apareciendo
El recibo deberá continuar incluyendo los datos básicos tradicionales:
- Datos del empleador
- Datos del trabajador
- Detalle de la remuneración
- Información sobre la forma de cálculo
- Resultado de la liquidación
- Datos laborales
La ley ahora menciona que debe figurar el “total de remuneración que perciba el trabajador”.
Sin embargo, en la práctica seguirá siendo necesario desglosar los distintos conceptos, para asegurar transparencia y correcta liquidación.
✍️ Ya no será necesaria la firma del trabajador
Uno de los cambios más importantes es que se elimina la obligación de que el trabajador firme el recibo para acreditar su recepción.
Esto ya se había anticipado con el Decreto 70/23, y ahora queda consolidado en la ley.
La lógica es clara:
Hoy la mayoría de los salarios se pagan mediante depósito bancario, por lo que el comprobante de acreditación bancaria pasa a ser la prueba del pago.
📍 También desaparece el lugar y fecha de pago
Antes el recibo debía indicar el lugar y la fecha del pago efectivo del salario.
Con la reforma, este requisito se elimina porque actualmente los salarios se abonan principalmente mediante transferencias bancarias a cuentas sueldo.
Además, la normativa establece que el pago debe realizarse a través de CBU.
🧾 Se incorpora la “antigüedad reconocida”
Otro cambio relevante es que el recibo deberá incluir:
“Fecha de ingreso o antigüedad reconocida”.
Esto permite reflejar situaciones en las que el empleador reconoce una antigüedad mayor a la fecha formal de ingreso, por ejemplo en casos de:
- absorción o reorganización de empresas
- reingreso del trabajador
- reconocimiento de servicios anteriores
💰 Se deberá informar el costo laboral del empleador
Este es probablemente el cambio más trascendente.
El recibo deberá incluir también:
Las contribuciones y conceptos abonados por el empleador por disposición legal o convencional, con el importe correspondiente para cada trabajador.
Esto implica que el recibo mostrará no solo el salario, sino también parte del costo laboral que asume el empleador.
Entre los conceptos que podrían detallarse se encuentran:
- Contribuciones al SIPA (jubilación)
- Aportes al INSSJP (PAMI)
- Sistema de Asignaciones Familiares
- Fondo Nacional de Empleo
- ART
- Contribuciones convencionales
- Seguros obligatorios
Desde el punto de vista operativo, desglosar cada concepto puede resultar complejo para los sistemas de liquidación, por lo que sería más práctico informar el total de contribuciones abonadas por el empleador.
📊 En síntesis
La reforma no cambia la estructura básica del recibo de sueldo, pero introduce dos modificaciones relevantes:
✔ Mayor información sobre el costo laboral asociado al trabajador
✔ Eliminación de formalidades que quedaron obsoletas con la digitalización de los pagos salariales
En definitiva, el recibo de sueldo deja de ser solo un comprobante de pago y pasa a convertirse también en una herramienta de información sobre el verdadero costo del empleo.
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Contadora Elisabet Piacentini
Marzo 2026




