TE PROPONGO, EN VEZ DE DEJAR TU DINERO CONGELADO EN TU CUENTA ESPERANDO A QUE DEBAS HACER UN PAGO, AUNQUE SEA POR POCOS DÍAS, PONELO A INVERTIR Y DAR RENTA, ¡POR LO MENOS SACARAS PARA LOS GASTOS DEL BANCO! Y LUEGO DE VER LO FÁCIL QUE ES, LO IRAS MEJORANDO.
Hay una opción de inversión para hacer crecer tus ahorros, que es muy fácil de utilizar y te da interés por poco que sea o por pocos días, son los fondos comunes de inversión de tu propio banco :
Son una opción para invertir tus ahorros a la cuál podes acceder de forma simple y fácil a través del Online Banking, tanto en la computadora como en la aplicación del celular.
Sin embargo, si te gustaría comenzar a invertir en este producto es importante que te empieces a familiarizar con algunos términos técnicos para entender correctamente su funcionamiento.
Ahora que ya sabes que significa cada uno de estos términos que forman parte de operatoria de los Fondos Comunes de Inversión, te contamos cuál es la definición técnica de los mismos.
Los fondos comunes de inversión son instrumentos de inversión a través de los cuáles podés hacer aportes de capital (suscripciones) para un objetivo puntual de inversión, donde la administración y la toma de decisiones sobre ese dinero está a cargo de una Sociedad Gerente que cuenta con un equipo de profesionales especializados en temas de inversión quienes se encargan de diseñar una cartera diversificada de activos con el dinero que reciben de los inversores siguiendo los lineamientos definidos en el Reglamento de Gestión del Fondo.
Las Cuotapartes cambian de valor todos los días en función al valor global de los activos financieros que posee el FCI. Ese valor global se determina por la cotización de todos los activos que tiene en cartera el fondo (bonos, acciones, obligaciones negociables, plazos fijos, dinero en efectivo, etc.). Si sube el valor de lo que tiene el FCI en su composición, entonces también sube el valor de las Cuotapartes, y viceversa.
El resultado de la inversión surge de la diferencia entre el valor de la cuotaparte al momento de rescatar menos el valor de la cuotaparte al suscribir.
Existen diferentes tipos de fondos comunes de inversión, en términos generales se dividen en 3 grandes grupos: Fondos de Renta Fija, Renta Variable o Renta Mixta.
De acuerdo al plazo de tiempo de tu inversión, podrás optar por uno u otro fondo. Cuando invertís para un objetivo a corto plazo cómo pueden ser tus vacaciones del año siguiente, deberías optar por fondos de renta fija, que son los que menor riesgo presentan. En cambio, si estás ahorrando por ejemplo para comprarnos un auto en 5 años podrías elegir un fondo de renta mixta o variable para tratar de obtener mayores rendimientos durante ese plazo de tiempo. Aunque recordá que mayores rendimientos siempre implican mayores riesgos también de perder tu dinero.
En resumen, los fondos comunes de inversión son una herramienta muy útil para invertir tus ahorros y además te permiten diversificar tu dinero en tan sólo una operación financiera.
Consultas a info@estudiopiacentini.com.ar o 155143-5065
Censo, se ha decretado feriado el miércoles 18 de mayo próximo, con motivo del censo nacional, establecido a través del Decreto 42/2022.
Según lo establecido en la Ley 24.254 – Censo Nacional de Población y Vivienda, quedan prohibidas hasta las 20.00 horas del día indicado para la realización del Censo las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos.
Asimismo, los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes permanecerán cerrados hasta la hora indicada.
Se aprobó el Refuerzo de Ingresos para trabajadoras y trabajadores informales, de casas particulares, monotributistas sociales y de las categorías A y B.
El beneficio consta de un Bono de $18.000, a cobrar en dos cuotas iguales de $9.000 en mayo y junio, inscribiéndose previamente.
En el caso de jubilados lo cobrarán de manera automática sin trámite previo.
Será causa de rechazo: ser titular de más de una vivienda, estar adherido a un servicio de medicina prepaga, ser titular de dos o más autos o de uno de menos de un año de antigüedad, o tener un avión o embarcación a su nombre.
¿Cuáles son las fechas a tener en cuenta para cobrar el Refuerzo de Ingresos?
En la web de ANSES se detallan los pasos a seguir para cobrar el refuerzo de ingresos.
Elegir la opción Refuerzo de Ingresos y seguir los pasos para completar o actualizar los datos de contacto (domicilio, teléfono y correo electrónico). Si la información está incompleta o incorrecta, se puede modificarla en el momento.
En caso de que el CUIL figure como no acreditado, hay que dirigirse a una oficina sin turno.
Si ya se actualizaron los datos de contacto, se deberá volver a ingresar a partir del 28/04 a mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
Elegir la opción Refuerzo de Ingresos, completar la declaración jurada y validar o cargar una CBU, donde se va a recibir el Refuerzo de Ingresos de $18.000.
Es muy importante tener en cuenta que para acceder al Refuerzo de Ingresos, se debe contar con una CBU a nombre del titular que solicita el beneficio.
Una vez completado todos los pasos, habrá finalizado la inscripción.
A PARTIR DEL 5 DE MAYO SE INFORMARÁ QUIÉNES COBRARÁN EL REFUERZO
Después de realizar los cruces de información con los distintos organismos y las evaluaciones de la situación patrimonial, socioeconómica y de consumo de las y los solicitantes con el objetivo de verificar que cumplan las distintas condicionalidades para acceder al Refuerzo de Ingresos, las personas podrán ingresar a partir del 5 de mayo a Mi ANSES para saber si les corresponde el derecho.
A PARTIR DEL 19 DE MAYO INICIARÁ EL CRONOGRAMA DE PAGOS DEL REFUERZO DE INGRESOS
Cabe destacar que, los más de 6.2 millones de jubiladas, jubilados, pensionadas y pensionados que recibirán el bono de 12 mil pesos, comenzarán a cobrarlo desde principio de mayo, en forma automática y junto con su haber en el cronograma de pagos habitual.
De acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 51/22 de la Unidad de Información Financiera (UIF) las compras de automotores que superen los $ 5.738.075 (antes el tope era $ 4.800.000), deberán contar con una Declaración Jurada de Origen Lícito de Fondos certificada por un Contador Público. O sea que quienes realicen operaciones de compraventa de automotores por un monto anual que alcance o supere los $ 5.738.075 (antes $ 4.800.000) se deberá definir el perfil del cliente, conforme lo previsto en el artículo 19 de la normativa. Los montos establecidos de límites máximos, serán actualizados de manera automática en los meses de enero y julio de cada año, en base al porcentaje de incremento del Índice de Precios del Sector Automotor. Las entidades bancarias no estarán obligadas a definir el perfil del cliente, cuando las operaciones se realicen mediante transferencias bancarias o cheques personales, siempre que los fondos provengan de una cuenta de la cual el cliente fuera titular o cotitular, y/o cuando éstos tengan origen en créditos prendarios o personales otorgados por entidades financieras sujetas al régimen de la Ley N° 21.526. Las operaciones se efectúen mediante dación en pago o permuta de un bien, cuando la diferencia entre el valor del bien aportado, cheque personal, transferencia bancaria o crédito prendario o personal y el precio del nuevo bien que fuera objeto de adquisición no sea superior al umbral establecido. |
También se actualizan los importes para los Reportes Sistemáticos que deben hacer los Registros. Los Sujetos Obligados deberán informar a partir del día 1° hasta el día 15 de cada mes las siguientes operaciones realizadas en el mes calendario inmediato anterior:
1) Expedición de cédulas azules en automotores con valuación superior a $ 2.231.616 (antes $ 1.870.000)
2) Cesión y/o reinscripción y/o cancelación anticipada de prendas en automotores con valuación superior a $2.821.584 (antes $ 2.400.000).
3) Adquisición de automotores por un monto superior a $ 2.539.425 (antes $ 2.100.000).
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Finalmente, se otorgará un bono extraordinario en abril de $6.000 a jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo. También a titulares de pensiones no contributivas, como forma de fortalecer sus ingresos ante la suba de precios de los alimentos registrada en las últimas semanas, se informó oficialmente.
Es para los que tienen ingresos previsionales menores a 38.630 pesos.
¿Cuándo se pagará el bono a jubilados de ANSES?
El bono, que se pagará los días hábiles corridos según terminación de DNI a partir del 18 de abril, será de 6.000 pesos para jubilados, jubiladas, pensionados y pensionadas que perciban ingresos hasta un haber mínimo, equivalente a 32.630 pesos, y quienes tengan ingresos desde esa cifra hasta 38.630 pesos recibirán la diferencia hasta completar dicho monto.
A través de la Ley de Movilidad sancionada en diciembre de 2020, las jubilaciones y pensiones vienen recuperando paulatinamente la capacidad de compra de los haberes previsionales, luego de haber disminuido un 20 por ciento en apenas dos años con la fórmula del gobierno anterior. En 2021 acumularon un crecimiento del 52,7 por ciento, ganándole al índice de precios al consumidor, y en el primer aumento trimestral de este año registraron un alza del 12,28 por ciento.
El último bono otorgado por el Gobierno de Alberto Fernández data del pasado diciembre: fue por un monto de 8.000 pesos y los beneficiarios fueron jubilados y pensionados con haberes por debajo de los $37.062.
Informamos que el Gobierno dejó sin efecto el distanciamiento social y recomendó la ventilación de los ambientes, el lavado frecuente de manos y el uso de tapabocas en espacios cerrados de ámbitos laborales, educativos, sociales y en el transporte público.
Además, la norma recomienda, ante la presencia de síntomas, evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso del transporte público.
No obstante, deja sin efecto la obligatoriedad del autodiagnóstico de síntomas de coronavirus a través de la aplicación “Cuidar”.
En cuanto a la modalidad de prestación de servicios laborales – sea presencial o remota – de una persona, la Resolución recomienda la realización de una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, sin que sea suficiente su sola pertenencia a los grupos de riesgo.
La decisión fue establecida a través de la Resolución 705/2022 del Ministerio de Salud (BO 1 de abril del corriente).
Muchas son las consultas que nos hacen sobre cuando prescriben las obligaciones de pagar diferentes impuestos, y hasta cuando guardar documentación.
Las leyes prevén diferentes periodos de prescripción:
APORTES Y CONTRIBUCIONES DE EMPLEADORES: Luego de 10 años.
APORTES JUBILACIÓN AUTÓNOMOS. Luego de 10 años.
APORTES A OBRAS SOCIALES: Luego de 10 años
APORTES A SINDICATOS: Luego de 5 años.
IGJ tasas anuales de SA: 5 Años
PAGOS DE IVA, GANANCIAS, BIENES PERSONALES, MONOTRIBUTO: Prescriben luego de 5 años. Se cuentan desde el 1ro de enero siguiente al año en que se produzca el vencimiento de la declaración jurada.
Para contribuyentes que no se han inscripto en Afip, el plazo de prescripción aumenta a 10 años.
PAGOS DE INGRESOS BRUTOS: Luego de 5 años.
MULTAS DE LA AFIP: Luego de 5 años. Se cuenta desde el 1 de enero siguiente al año en que se haya producido el hecho que origino la multa.
RECLAMOS DE SUELDOS Y DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO: Luego de 2 años de haberse obtenido el derecho.
Las deudas acumuladas hasta el 2014 de los contribuyentes con AFIP, que aún no haya sido reclamadas, prescribieron en 2021. Tampoco AFIP podrán iniciar inspecciones y reclamos sobre los impuestos hasta el año 2014.
La Ley de Procedimiento Fiscal dice :“Las acciones y poderes del Fisco para determinar y exigir el pago de los impuestos prescriben a los cinco años contados a partir del 1 de enero siguiente al vencimiento del plazo fijado para la presentación y pago del impuesto respectivo”.
Por esta forma de contar, a partir del 1 de enero siguiente al vto., en la práctica el plazo de prescripción es siempre mayor a cinco años (en el caso del IVA) y mayor a seis años (en el Impuesto a las ganancias).
Presento una tabla para saber al mes de enero 2022 que esta prescripto:
Impuesto | Periodo YA prescripto | |
GANANCIAS PERSONAS HUMANAS | 2014 | |
BIENES PERSONALES PERSONAS HUMANAS | 2014 | |
IVA | 11/2016 | |
GANANCIAS DE SOCIEDADES | BALANCES A JULIO 2016 | |
GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA | BALANCES A JULIO 2016 | |
AUTÓNOMOS APORTES | 11/2009 | |
CARGAS SOCIALES, FORMULARIO 931 | 11/2009 |
Cuando los estudiantes de ciencias económicas me preguntan cómo iniciar un estudio contable al recibirse, lo primero que les digo es que traten de hacer una pasantía o practica rentada en un estudio pequeño o mediano mientras estudian, aunque se les alargue algún cuatrimestre su carrera, porque allí verán todo lo que van a necesitar cuando un cliente les pida servicios.
Otro punto fundamental, es que el nuevo contador entre en red con organizaciones, ONG donde se relacione con comisiones directivas y asociados que vayan apreciando lo que sabe, tales como las cámaras de comerciantes de su barrio, donde está el estudio, o alguna federación de alguna actividad o también que se ofrezcan para integrar las comisiones del consejo profesional, de esos contactos comenzaran las primeras consultas.
Hay que ser perseverante en esta participación en la gremial empresaria, los futuros clientes confían en vos cuando ven que permaneces en el tiempo asesorando.
La capacitación continua es fundamental, la facultad te da infinitos conocimientos, pero créeme que lo primero que vas a tener que saber es cómo funciona la página de Afip, Arba, Agip, Igj, etc.
Los contadores sabemos que deberemos leer las nuevas resoluciones todos los días de nuestra vida, esta es la profesión que elegimos, suscribite a los newsletter de los estudios más conocidos y abonate a un sistema de información para estudios contables
Que debes tener para el equipamiento inicial: un abono de sistema contable para estudios, que incluya liquidaciones de todos los impuestos y de sueldos, demoraras al principio en cargar los datos de tus clientes, pero luego será lo más eficiente para tu trabajo diario, debe ser en la nube para trabajar desde donde necesites, olvídate de usar solo planillas Excel, inducen a errores.
Aunque no lo creas, para ahorrar tiempos, tener una fotocopiadora –scanner muy buena es fundamental, se puede alquilar por leasing.
Un celular con cuenta empresa: el cliente debe sentir que se le responde en el día.
Logo y diseño de marca
Servicio de hosting con una buena página web que la debes mantener muy activa con información
Redes sociales del estudio: aconsejo Instagram, LinkedIn y twitter.
Recorda cumplir con el código de ética del consejo profesional al ofrecer los servicios.
Internet, contrata el más poderoso que puedas encontrar, vas a necesitar mucha velocidad y que no ser corte nunca internet.
Si tenes oficina a la calle, pone cartel te aseguro que quienes pasen para ir al banco, a hacer trámites y estén preocupados con dudas contables, al ver el cartel les surgirá llamarte.
Otros tips para iniciar el estudio: entra en red con los abogados y escribanos de la zona, ellos necesitan consultar y derivar clientes a profesionales cercanos y de confianza.
Un consejo para tu salud y la de tus colaboradores: sillas ergonómicas, pantallas de computadora al nivel de la vista.
En cuanto a la documentación, hoy todo se escanea y guarda sin imprimir, eso alivia ya que antes debíamos tener muchos muebles de archivos.
Lamentablemente aun los libros contables son manuales en su mayoría, hay que tener control de entrada y salida de estos libros al estudio.
Y como todo profesional, sabemos que la pasión, la empatía y la cordialidad para atender y tratar de solucionar la problemática de cada cliente, sumara en tu éxito.
ELISABET PIACENTINI
CONTADORA PÚBLICA
UBA
www.estudiocontable.com.ar
Fue publicada la Ley 6.513 (Boletín Oficial porteño de fecha 17 de enero del corriente), que establece beneficios para las pequeñas y medianas empresas de la Ciudad.
En términos generales, esta norma tiene como objetivo mejorar y simplificar las cargas burocráticas que enfrentan actualmente las Pymes y comercios, ordenando el marco regulatorio a través de la actualización de normas existentes y la derogación de aquellas que resultan obsoletas.
Los tres principales cambios son:
Además, establece modificaciones en los siguientes sectores y área:
GASTRONÓMICO
ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
SALUD