Queda poco tiempo para el perdón de aranceles de IGJ
IGJ habilita la “Presentación fuera de termino de estados contables”, con sede en CABA . se perdona el pago de la presentación de balances, se paga solo uno y los demás van con formulario gratis
Quedan pocos meses para ponerse al día con perdón de aranceles en IGJ
La IGJ establece un régimen especial para que las entidades regularicen estados contables atrasados sin multas hasta diciembre 2025.
Mediante la Resolución General 4/2025, del 13 de enero de 2025, la Inspección General de Justicia (IGJ) ofrece a las entidades con obligaciones pendientes la posibilidad de regularizar la presentación de sus estados contables atrasados correspondientes a los últimos 10 ejercicios.
Es para balances cerrados hasta 30/8/2024
Los que cierran luego de esa fecha, lleva tramite normal y se paga el arancel correspondiente a la presentación de balances, sin descuentos.
Porque se hizo la moratoria? Debido a la gran cantidad de empresas sa y asociaciones que no presentan sus balances a IGJ cada año, el IGJ noto que debía darse alguna facilidad
Tengamos en cuenta que el tramite lleva muchos pasos y aun es con presentación de pen drive y presencial en las delegaciones de IGJ. Se debe pagar el trámite de igj más la certificación del formulario ante CPCECABA , mas adjuntar actas, balances en pdf. Memorias, etc.
¿Quiénes pueden acceder?
El régimen aplica a:
- Sociedades por acciones.
- Sociedades de responsabilidad limitada alcanzadas por el artículo 299, inciso 2, de la Ley 19.550.
- Entidades constituidas en el extranjero inscriptas bajo el artículo 118 de la misma ley.
- Asociaciones civiles y fundaciones.
¿Cuáles son los beneficios?
- Regularización sin multas: Las entidades podrán presentar la documentación adeudada sin enfrentar sanciones administrativas, siempre que cumplan con los requisitos del régimen antes del 31 de diciembre de 2025.
- Un único costo: Sólo deberán abonar un formulario por la presentación fuera de término, independientemente de la cantidad de ejercicios que regularicen.
Requisitos específicos para fundaciones
Las fundaciones deberán presentar:
- Estados contables e inventarios.
- Actas del Consejo de Administración.
- Plan trienal de acción.
- Bases presupuestarias correspondientes al ejercicio analizado.
Suspensión de sanciones
Desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2025, quedarán suspendidos los procedimientos sumariales por incumplimientos relacionados con la presentación de estados contables, excepto en casos de órdenes judiciales o denuncias de terceros.
Exclusiones del régimen
Quedan fuera del beneficio las entidades que:
- Tengan sanciones firmes no abonadas.
- No hayan saldado las costas generadas por juicios de ejecución.
Plazo para acogerse al régimen
Las entidades podrán adherirse a este régimen especial hasta el 31 de diciembre de 2025.
¿Qué pasa después del vencimiento?
Una vez finalizado el plazo, la IGJ aplicará las sanciones previstas en la Ley 22.315 y la Ley 19.550, sin necesidad de intimación previa.
NORMA : Resolución General 4/2025
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
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