Ingresos Brutos – Saldos a favor- Imputación de forma recíproca entre la jurisdicción de CABA y Santa Fe.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Resolución (AGIP) 535/2025 – B.O. (02/12/2025).
Se establece, en el marco de un Acta Acuerdo suscripta entre los fiscos provinciales de las jurisdicciones de CABA y Santa Fe, un procedimiento para que los contribuyentes comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, que desarrollen actividades conjuntamente en dichas jurisdicciones, puedan solicitar la imputación reciproca de los saldos a favor del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos reconocidos por AGIP.
Los requisitos que establece el mencionado procedimiento son:
- Haber presentado todas las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
- Operar efectivamente en ambas jurisdicciones.
- No registrar deudas judiciales ni como agente de recaudación (incluyendo multas)No tener planes de facilidades vigentes.
- No tener planes de facilidades vigentes.
- No revestir el carácter de concursado o fallido.
- No registrar un cargo de fiscalización abierto.
- No registrar acogimientos a planes de facilidades de pago cuyo estado sea vigente.
- No hallarse inscripto en los diversos Distritos Económicos y/o Regímenes de Promoción Económica vigentes
El trámite de solicitud de imputación del saldo a favor del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos se realizará mediante la funcionalidad “Imputación Provincia de Santa Fe” implementada en el Sistema de Nueva Cuenta Corriente Tributaria, a la que se accederá con Clave miBA Nivel 3.
Los contribuyentes que realicen este trámite deberán manifestar, con carácter de declaración jurada, siempre que la solicitud haya sido aprobada, que renuncian a solicitar la repetición del importe a imputar a obligaciones tributarias futuras de la provincia de Santa Fe. Asimismo, en caso de haber interpuesto con anterioridad un reclamo de repetición, deberán desistirlo de manera previa a la utilización del procedimiento de imputación recíproca.
La aprobación de la solicitud del contribuyente será comunicada al Domicilio Fiscal Electrónico de este. El importe del saldo a favor autorizado para su imputación en la jurisdicción de la provincia de Santa Fe no podrá superar la suma de $10.000.000,00 por contribuyente del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos ni superar el monto mensual de $100.000.000,00 entre la totalidad de contribuyentes autorizados.
Cabe mencionar que los procedimientos de imputación del saldo a favor podrán ser efectuados recién a partir del 01/01/2026.




