Fondos de Cese Laboral
La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó mediante la Resolución General 1071/2025, la creación de un nuevo Regimen de productos de inversión Colectiva de Cese Laboral (PICs de Cese Laboral), que establece el marco para el funcionamiento de fondos Comunes de Inversión Abiertos y Fideicomisos Financieros que serán utilizados por las empresas para constituir fondos de cese laboral, en el marco de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional.
Este regimen es clave para la implantación practica de los Fondos de Cese Laboral previstos en los Convenio Colectivos como reemplazo de las indemnizaciones por despido, permitiendo a las empresas constituir reservas en fondos de inversión a favor de sus trabajadores.
¿Que son los PICs de Cese Laboral ?
Son vehículos de inversión – FCI o Fideicomisos Financieros_ creados para canalizar los aportes de los empleadores y/o trabajadores con destino exclusivo a cubrir los pagos que correspondan en caso de finalización de la relación laboral, de acuerdo con lo pactado en cada convenio colectivo.
Puntos destacados de la reglamentación
Aportes y suscripción: los fondos deberan provenir exclusivamente de aportes de empleadores y/o trabajadores, no pudiendo recibir inversiones externas
Destino exclusivo: los fondos son inembargables y deben destinarse exclusivamente a cubrir los pagos acordados en los CCT por cese laboral.
Transparencia y seguridad:La Sociedad Depositaria o Fiduciario debera llevar un registro detallado de las subcuentas individuales de cada trabajador.
Politica de inversion: las inversiones deben ser prudentes y diversificadas ; no se podrán adquirir títulos de los propios empleadores ni concentrar mas del 30%del patrimonio en en solo sector económico.
Notificación de eventos: Se deberán establecer mecanismos claros para comunicar a la sociedad administradora o fiduciaria la causal de cese que habilita los pagos al trabajador.
Información al trabajador: el sistema deberá garantizar que los trabajadores reciban información periódica sobre sus tenencias (Mínimo una vez al mes)