Computo del impuesto al cheque como pago a cuenta de cargas sociales
Se extiende hasta 2026 el cómputo del Impuesto al Cheque como pago a cuenta de contribuciones patronales.
El Decreto 923/2025, publicado en el Boletín Oficial el 29 de diciembre de 2025, prorroga nuevamente un beneficio fiscal clave para las microempresas, vinculado al uso del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias (Impuesto al Cheque) como pago a cuenta de contribuciones patronales.
¿Qué se modifica concretamente?
El decreto modifica el artículo 2° del Decreto 394/2023, reemplazando el plazo de vigencia del beneficio:
- Antes: hasta el 31 de diciembre de 2025
- Ahora: hasta el 31 de diciembre de 2026
Es decir, se extiende por todo el año 2026 la posibilidad de aplicar este régimen.
¿En qué consiste el beneficio?
Las microempresas, según la Ley 25.300, pueden optar por:
- Computar hasta el 30 % del Impuesto al Cheque efectivamente ingresado
- Como pago a cuenta de hasta el 15 % de las contribuciones patronales destinadas al
Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) - Excluye aportes al régimen nacional de obras sociales
Este beneficio convive con el régimen general que permite computar el 100 % del Impuesto al Cheque como pago a cuenta de Ganancias, previsto en la Ley 27.264, con las reglas de compatibilidad ya establecidas.
¿A quiénes alcanza?
- Microempresas debidamente caracterizadas como tales
- Sujetos alcanzados por el Impuesto al Cheque
- Empleadores con contribuciones patronales a su cargo, fiscalizadas por Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)
Vigencia
- Desde: 29/12/2025 (fecha de publicación en el Boletín Oficial)
- Aplica a remuneraciones devengadas:
- Del 1° de enero de 2026
- Al 31 de diciembre de 2026, inclusive




