El Banco Central reglamento las cuentas sueldo en dólares
El Banco Central reglamentó las cuentas sueldo en dólares: un paso clave para implementar la Ley de Modernización Laboral
La posibilidad de pagar salarios en dólares, incorporada por la Ley de Modernización Laboral, acaba de dar un paso importante con la publicación de la Comunicación “A” 8460 del Banco Central de la República Argentina, que habilita formalmente las cuentas sueldo en dólares estadounidenses.
Hasta ahora, si bien la legislación laboral ya permitía pactar el pago de remuneraciones en moneda extranjera, faltaba la adecuación del sistema financiero para que los bancos pudieran ofrecer una cuenta sueldo específica en dólares.
Con esta medida, el Banco Central elimina ese obstáculo operativo.
¿Qué establece la Comunicación “A” 8460?
La norma incorpora al dólar estadounidense como moneda admitida para la apertura y funcionamiento de las cuentas sueldo, permitiendo que las acreditaciones derivadas de la relación laboral puedan realizarse directamente en esa moneda.
De esta manera, los empleadores que acuerden con sus trabajadores el pago de remuneraciones en dólares contarán con un instrumento bancario específico para efectuar dichas acreditaciones.
Extracciones de efectivo
La comunicación también aclara cómo deberán operar las entidades financieras respecto del retiro de los fondos.
Los bancos estarán obligados a permitir depósitos y extracciones de dólares en efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta sueldo.
Además, cuando cuenten con disponibilidad de billetes, también podrán brindar ese servicio en otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio.
La cuenta seguirá siendo gratuita
Otro aspecto importante es que el Banco Central confirmó que la gratuidad de la cuenta sueldo también alcanzará a las cuentas abiertas en dólares.
La exención de costos se aplicará hasta el monto de las acreditaciones provenientes de la relación laboral, acumulándose los importes no retirados sin límite de tiempo.
¿Significa que todas las empresas deberán pagar sueldos en dólares?
No.
La normativa no impone una obligación para los empleadores.
Lo que hace es brindar el marco operativo para que, cuando exista un acuerdo entre empleador y trabajador y la remuneración se pacte en dólares conforme a la legislación vigente, los bancos puedan administrar esas acreditaciones mediante cuentas sueldo en moneda extranjera.
Un paso más hacia la flexibilización del sistema laboral
La Comunicación “A” 8460 constituye la reglamentación bancaria que faltaba para acompañar los cambios introducidos por la Ley de Modernización Laboral.
Con esta medida, el sistema financiero adapta sus productos a una modalidad de pago que hasta ahora carecía de una operatoria específica, facilitando a empresas y trabajadores la utilización de cuentas sueldo en dólares bajo las mismas condiciones generales de protección y gratuidad que rigen para las cuentas sueldo en pesos.
En definitiva, se trata de una medida que moderniza la operatoria bancaria y amplía las alternativas para la instrumentación del pago de remuneraciones en un contexto de mayor libertad para pactar la moneda de pago entre las partes.
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Contadora Elisabet Piacentini
Julio 2026




