Ingresos Brutos: bonificaciones de hasta el 100% en el Régimen Simplificado
Que hacer si ya pagaste en enero IIBB y estabas exento:
Desde 2026, trabajadores no profesionales de la Ciudad dejan de pagar Ingresos Brutos. Quienes están en las categorías A – C acceden a bonificaciones del 100% en ese impuesto, y las categorías D-H, del 75%.
Ya hay 47 mil contribuyentes con este beneficio, que puede alcanzar a 140 mil: sólo es necesario regularizar deudas para acceder. El descuento se aplica de forma automática, sin hacer trámites.
Además, se ampliaron las exenciones en este impuesto para personas con discapacidad, instituciones, prestadores de servicios y empleadores.
Estos beneficios se suman a los que siguen vigentes para nuevos contribuyentes, para jóvenes de entre 18 y 29 años que se hayan inscripto o estén por inscribirse.
No profesionales
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Los contribuyentes que tributen en el Régimen Simplificado de la Ciudad y estén en las primeras tres categorías (A, B y C) recibirán una bonificación del 100%.
Para las categorías de la D a la H, el beneficio será del 75%.
En ambos casos, se aplica siempre y cuando la actividad sea la prestación de servicios, y el contribuyente no registre deuda.
Hay 140 mil potenciales beneficiarios por esta medida, entre los que se encuentran peluqueros, fotógrafos, mecánicos, editores, artesanos, cerrajeros, camarógrafos y quienes trabajan por cuenta propia o bajo contratación, entre varios otros.
El beneficio es automático: será aplicado de oficio por el organismo.
Dado que la medida entró en vigencia en simultáneo con la unificación del Monotributo con ARCA, y se llevaron adelante procesos administrativos entre ambos organismos, puede haberse dado que se pagó ya IIBB en los primeros meses de 2026 y no correspondía., ya que la credencial de monotributo lo incluía obligatoriamente y debía pagarse completa, queda un saldo a favor para muchos contribuyentes de servicios. . Solicitar la devolución de ese saldo es muy sencillo:
– Quienes reciben la bonificación del 100% pueden hacerlo a través del trámite de devolución exprés de Saldos a Favor:
1. Ingresa al Portal del Contribuyente y seleccioná el servicio “Cuenta Corriente Tributaria”.
2. Dentro de la “Cuenta Corriente Tributaria”, seleccioná en el menú desplegable de la izquierda la opción “Operaciones” y, luego, “Devolución SAF/RS”.
3. Vas a visualizar el detalle del saldo. Completá los datos de CBU de una cuenta en pesos, donde se depositarán los fondos. Se validará en línea que el titular de la cuenta sea el responsable del tributo o representante legal.
4. Revisá que toda la información sea correcta y confirmá.
5. Una vez confirmado, se generará el comprobante del trámite realizado, que se podrá descargar. El saldo a devolver será depositado en la CBU indicada en un plazo de 96 horas hábiles.
– Para quienes reciben la bonificación del 75%, la diferencia quedará disponible para imputar a las cuotas futuras. (Esto aún debemos ver como lo instrumentan, como figurara en la credencial de pago)
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Contadora Elisabet Piacentini
Abril 2026




