Se abrió el programa Crédito Fiscal 2025
Con el objetivo de impulsar la formación profesional y mejorar la empleabilidad, el Ministerio de Capital Humano aprobó el Programa Crédito Fiscal 2025 mediante la Resolución 437/2025.
Para acceder al programa, las empresas o instituciones deberán presentar una propuesta de capacitación. En caso de ser aprobada, se inicia un proceso que finaliza con la emisión de un Bono Fiscal, el cual podrá ser utilizado para cancelar obligaciones impositivas nacionales.
La página de argentina.gob.ar dice:
Convocatoria 2025
Prepará tu propuesta de capacitación laboral para tus trabajadores, trabajadores de tu cadena de valor y personas desocupadas, y cancelá impuestos nacionales. Próximamente, podrás presentarla y luego de aprobada y ejecutada, acceder a un Bono Fiscal Electrónico.
¿Cuál es el monto que se financia?
- MiPyMEs: hasta el treinta por ciento (30%) de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones y sus respectivas contribuciones patronales, abonados en los doce (12) meses previos a la solicitud, siempre y cuando no superen los pesos seis millones ($6.000.000).
- Cooperativas de trabajo: hasta el treinta por ciento (30%) de la suma total de los retornos en concepto de retribución del trabajo realizado por los trabajadores asociados abonados en los doce (12) meses previos a la solicitud, siempre y cuando no superen los pesos seis millones ($6.000.000).
- Grandes empresas: hasta el ocho por mil (8‰) de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones y sus respectivas contribuciones patronales, abonados en los doce (12) meses previos a la presentación de la propuesta, siempre y cuando no superen los pesos seis millones ($6.000.000).
Las propuestas podrán ampliarse hasta un total de pesos diez millones ($10.000.000) cuando: a) incluyan acciones dirigidas a trabajadores desocupados y/o; b) realicen acciones sobre organismos de la cadena de valor.
¿Qué es el Programa Crédito Fiscal?
Se trata de un régimen que permite a empresas y cooperativas acceder a un beneficio impositivo a cambio de invertir en capacitación de trabajadores ocupados en cada pyme o desocupados.
El crédito logrado se aplica para pagar tributos cuya percepción está a cargo de ARCA.
Este programa se encuadra en la Ley N° 22.317 y sus modificatorias.
Quiénes pueden participar
Como Organismos Responsables:
- Micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).
- Grandes empresas.
- Cooperativas de trabajo (Ley N° 20.337).
Como Organismos Adherentes:
- Empresas de la cadena de valor.
- Instituciones de Formación Profesional registradas.
- Entes de agrupamientos industriales (RENPI).
- Cámaras empresarias, sindicatos u ONG del sector.
Quiénes no pueden participar
- Empresas incluidas en el REPSAL.
- Empresas cuya actividad principal sea la intermediación financiera y seguros (con excepciones).
Cupo total disponible
$400.000.000, distribuido regionalmente. Ejemplos:
Requisitos para presentar propuestas
- Estar inscripto en REGICE. Registro de Instituciones de Capacitación y/o Empleo (REGICE)
- Cargar propuesta en la Plataforma Crédito Fiscal. https://www.argentina.gob.ar/trabajo/creditofiscal
- Luego, formalizar por TAD con la documentación obligatoria.
Montos máximos financiables
- MiPyMEs y cooperativas: hasta el 30% de su masa salarial, con tope de $6.000.000.
- Grandes empresas: hasta el 8‰ de su masa salarial, también con tope de $6.000.000.
- Propuestas que incluyan desocupados: pueden ampliarse hasta $10.000.000.
Formación Profesional
- Modalidades: presencial, semipresencial, virtual sincrónica, virtual autoasistida.
- Duración de cursos: entre 8 y 120 horas reloj.
- Tipos de formación: abierta (instituciones externas) y cerrada (propia de la empresa o cooperativa).
- Se pueden incluir equipamientos, hasta un 50% del valor total de la acción formativa.
Rubros financiables
- Honorarios docentes: hasta $15.000 por hora.
- Insumos: hasta $25.000 por persona.
- EPP y ropa de trabajo para desocupados: hasta $30.000 por persona.
- Aranceles de cursos abiertos: hasta $5.000 por hora por trabajador (o $3.500 si supera las 50 horas).
- Honorarios para contador: hasta $35.000 por certificación (máximo dos).
- Honorarios de formulación y seguimiento: hasta 10% del total, con tope de $400.000.
Incentivos por incorporar desocupados
Incrementos del monto aprobado si se incorporan trabajadores desocupados a la nómina, con porcentajes que van del 10% al 50% según el tamaño y cantidad incorporada.
Además, se suma un 5% adicional por incorporar personas con discapacidad o beneficiarios de programas laborales.
Ejecución
- La duración máxima de las propuestas es de 6 meses desde su aprobación.
- La capacitación debe registrarse en la Plataforma Gestión Empleo, pagina argentina.gob.ar
- Los participantes deben cumplir al menos 75% de asistencia.
Rendición de cuentas
- Se presenta hasta 30 días después de finalizadas las actividades.
- Se debe incluir documentación respaldatoria, firmada por Contador Público.
- Se otorga el Bono Fiscal solo si la rendición es aprobada.
Penalidades
- Incumplimientos pueden llevar a la pérdida total o parcial del beneficio y aplicación de sanciones.
- La falta de rendición puede derivar en el desistimiento de la propuesta.
Mas datos y consultas : cfp@trabajo.gob.ar
https://www.argentina.gob.ar/trabajo/creditofiscal
www.estudiopiacentini.com.ar