Devolución Impuesto PAIS
¿Quiénes y cómo pueden acceder al beneficio? cronograma
Procedimiento especial de devolución del Impuesto PAIS para importadores. La medida se instrumentó a través de la Resolución General Nº 5720/2025, publicada en el Boletín Oficial.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo procedimiento especial de devolución de pagos a cuenta no computados del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) destinado a importadores, que podrán aplicar estos saldos a favor para la cancelación de derechos de importación.
La medida se instrumentó a través de la Resolución General Nº 5720/2025, publicada en el Boletín Oficial.
Antecedentes normativos del impuesto PAIS
La Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia, y el Decreto 99/2019 establecieron el Impuesto PAIS, aplicable a operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones incluyendo, entre otras, a las importaciones de mercaderías efectuadas por residentes en el país. Se fijó un pago a cuenta del referido impuesto de hasta el 95%, respecto de las operaciones de importación de determinadas mercaderías.
El Impuesto resultó de aplicación desde el 23 de diciembre de 2019 hasta el 22 de diciembre de 2024, inclusive.
Motivos por los cuales los pagos a cuenta no fueron computados en su totalidad
El Decreto 433/2023 estableció que los sujetos que suscribieran acuerdos de precios para el mercado local con la entonces Secretaría de Comercio, gozarían de la suspensión del pago de cargas que pudieran recaer sobre la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la importación de determinadas mercaderías, entre otros beneficios.
Por su parte, el Decreto 14/2024, excluyó del impuesto PAIS a la introducción a las Zonas Francas de mercaderías ingresadas al amparo de un Certificado de Tipificación de Zonas Francas (C.T.Z.F.).
El Decreto 777/2024 determinó la reducción de alícuota del impuesto para las importaciones en 7,50%.
En consecuencia, podrán solicitar la devolución del pago a cuenta:
- Las importaciones beneficiadas por la reducción de alícuota del Decreto 777/2025.
- Las importaciones temporarias o ubicados en Zona Franca.
- Las importaciones con acuerdo de precios.
Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS
Este Registro, de carácter optativo, en lugar de una devolución directa en efectivo otorgará un crédito fiscal que podrá ser utilizado exclusivamente para cancelar derechos de importación, a través del Sistema Informático MALVINA (SIM).

Para acceder a la devolución, los importadores deberán ingresar al servicio “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria – PAIS”, y completar la Declaración Jurada de Devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS por Importaciones de Bienes (DJIP).

El plazo para la presentación de la Declaración Jurada se extenderá desde el 8 de julio de 2025 hasta el 22 de agosto de 2025.
La información declarada será cotejada con la existente en las bases de ARCA. En caso de que no se detecten inconsistencias, se generará en forma automática un crédito -que solo podrá ser utilizado para la cancelación de derechos de importación- en el Sistema Informático MALVINA (SIM) y un identificador como Medio de Pago IV (Ingreso en Valores), en función del monto a devolver, de acuerdo al siguiente esquema:
Quienes deseen acceder al beneficio deberán presentar una Declaración Jurada de Devolución (DJIP) a través del servicio:
“Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS”, disponible en www.arca.gob.ar desde el 8 de julio hasta el 22 de agosto de 2025, inclusive.
En una primera etapa, el beneficio alcanza a quienes realizaron pagos a cuenta del Impuesto PAIS pero no lo han podido computar, en el marco de la reducción de alícuota o bien por regímenes especiales como acuerdos de precios y zonas francas.
Al finalizar los 45 días de vigencia del Registro para los tres orígenes de saldos a favor de la Etapa I, se habilitará una nueva ventana para ingresar las solicitudes de devolución de los restantes orígenes de los pagos a cuenta realizados en exceso y se dictará una norma específica que reglamente el procedimiento de devolución de los mencionados orígenes en una segunda etapa.
¿Cómo operará la devolución?
En caso de validación automática de la información, se generará un crédito en el Sistema Informático MALVINA (SIM), utilizable exclusivamente para la cancelación de derechos de importación, con un esquema de devolución en cuotas según el monto total del saldo a favor, que operará de la siguiente manera:
Monto de saldo a favor ($) | Cantidad de cuotas |
Hasta 4 millones | 1 cuota |
Más de 4 millones hasta 10 millones | 6 cuotas |
Más de 10 millones hasta 100 millones | 12 cuotas |
Más de 100 millones | 24 cuotas |
Cronograma de acreditación del saldo a favor
La primera cuota se encontrará disponible el 8 de septiembre de 2025.
www.estudiopiacentini.com.ar