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Se deroga el impuesto a las tarjetas de crédito en CABA

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el 9 marzo 2023  por unanimidad la eliminación del impuesto de sellos a las tarjetas de crédito.

El impuesto a las tarjetas de crédito había sido introducido en 2021 para compensar la quita de fondos de la coparticipación que había realizado el Gobierno nacional.

El impuesto de sellos a las tarjetas de crédito era de 1,2%, una cifra similar a la que emplean otras provincias que también implementan este gravamen como Buenos Aires, Córdoba y Tucumán, Chaco, San Luis, Mendoza y Tierra del Fuego.

Así  todos los titulares de tarjetas de crédito porteños pagaban  el 1,2% de sus consumos a la Ciudad.
Es el 1,2% que se calculaba sobre el total del resumen de una tarjeta, sobre todo. Incluso si tuviste consumos en dólares y la AFIP te aplicó la percepción y el Impuesto país, también sobre eso.
Ha habido casos, por ejemplo, en los que se cobraba Impuesto a los Sellos sobre percepciones e Impuesto PAIS que, al final, no aplicaban porque el consumidor decidió cancelar la parte en dólares del resumen con billetes o transferencia en moneda estadounidense. Un mes después, cuando se agregaba como débito el impuesto y las percepciones, el usuario recibía de nuevo su dinero, pero había terminado adelantando un impuesto.


Las percepciones que pagó cada usuario son muy visibles. Se pueden revisar, mes a mes, en los últimos renglones de los resúmenes de las tarjetas de crédito. Figura, de acuerdo al banco, como “Impuesto a los Sellos”, “Impuesto a los Sellos CABA” o “Impuesto a los sellos P”, entre otras denominaciones. Incluso es común que aparezca dos veces en el mismo resumen: una vez aplicando el 1,2% a todos los consumos en pesos y otra aplicando el 1,2% a todos los consumos en dólares que incluye el mismo resumen.

La medida entró en vigencia de manera inmediata, por lo que empezó a regir a partir del viernes 10 de marzo 2023. De esta forma, se espera que los primeros resúmenes sin el gravamen del 1,2% a los Sellos de las tarjetas de crédito sean los que lleguen en abril.

Desde el Gobierno de la Ciudad advirtieron que, si el impuesto sigue apareciendo en los resúmenes que llegan el mes que viene, los usuarios deberán comunicarse inmediatamente con su banco o contactarse con Defensa al Consumidor, dentro de la web buenosaires.gob.ar. El trámite se puede hacer 100% online, aunque se debe contar con cuenta MiBa.

La eliminación del impuesto es completamente automática, por lo que los usuarios no deberán hacer ningún trámite para dejar de pagar el tributo, salvo por supuesto que sea necesaria la denuncia en Defensa al Consumidor.

Este impuesto sigue vigente en las otras provincias donde se cobraba desde antes, por ejemplo, si tenes tarjetas emitidas en Provincia de Bs. As.

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Servicio domestico- sueldo marzo 2023

Aumento de 4% para servicio domestico

PLAN REGISTRADAS: NUEVO RELANZAMIETO

Las personas que trabajan en el servicio doméstico percibirán este mes un aumento salarial del 4%, que constituye el último ajuste pautado a fines de 2022.

Así, durante diciembre y el primer trimestre del año los empleados del sector percibieron un incremento acumulado del 24%, según el acuerdo al que se llegó en el marco de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. El ajuste salarial se concretó por etapas: diciembre, 8%; enero, 7%; febrero, 5% y marzo, 4%.

TABLA PARA SUELDOS MARZO 2023:

 Supervisora: $92.099 por mes con retiro y $102.588 por mes sin retiro.

 Personal para tareas específicas: $85.565 con retiro y $95.248,50 sin retiro.

 Caseros: $83.482,50 con retiro y $83.482,50 sin retiro.

 Cuidado de personas: $83.482,50 con retiro y $93.032,50 sin retiro.

 Personal para tareas generales: $75.075 con retiro y $83.482,50 sin retiro.

Empleadas domésticas: también se mantendrán los extras Además, se aplica un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías, para el personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego o en el partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Plan registradas con reintegro: 

En febrero, el Gobierno relanzó el programa “Registradas”, que permite regularizar la situación del personal de la actividad doméstica: el Estado cubre el 50% del salario durante seis meses en el caso de empleadores con ingresos menores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.

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Plan registradas: Nuevo relanzamiento

Plan registradas con reintegro: 

En febrero, el Gobierno relanzó el programa “Registradas”, que permite regularizar la situación del personal de la actividad doméstica: el Estado cubre el 50% del salario durante seis meses en el caso de empleadores con ingresos menores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.

Empleadas domésticas con nuevos beneficios y aumento: extienden el programa Registradas, ¿cómo anotarse?

A través del Programa Registradas, el Estado cubre el 50% del salario de un trabajador doméstico a cambio de que sus empleadores lo registren formalmente: ahora fue extendido, ¿cómo acceder?

Este mismo fue dispuesto en 2021 y supone el pago de hasta el 50% del salario del trabajador doméstico por parte del Estado durante seis meses a cambio de que sus empleadores registren a este formalmente.

Para acceder al plan registradas para empleada doméstica se debe ingresar al portal de Casas Particulares con CUIT y clave fiscal. Allí se registrarán las nuevas relaciones laborales y se informarán los datos de los trabajadores, las condiciones de trabajo y los lugares de trabajo. Una vez realizado este proceso, podrá indicar la opción «Tramitar Beneficio» en la ficha «Programa Registradas».

El porcentaje que pagará el estado estará entre el 30% y el 50% del salario del trabajador, hasta un máximo de $15.000 mensuales, dependiendo del nivel de ingresos del empleador.

El régimen es compatible con el Beneficio Universal por Hijo, Beneficio Universal por Embarazo, Tarjeta Alimentaria, Progresar, Potenciar Trabajo, Acompañar y otros planes. No es compatible con pensiones no contributivas por invalidez, madres de 7 o más hijos y vejez.

Una vez inscrito en el programa, se procederá a la apertura de una cuenta de nómina de oficio en el Banco de la Nación Argentina sin trámite alguno para el empleador o trabajador. Una vez que los datos de la cuenta estén activos, el empleador podrá visualizarlos en el portal de Casas Particulares en «Mis solicitudes presentadas Programa REGISTRADAS» y pagar en el CBU correspondiente. Finalmente, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la comunicación de los datos de la cuenta, la trabajadora recibirá la tarjeta en su domicilio. Al mismo tiempo, podrá utilizar la aplicación BNA+ para realizar operaciones bancarias, transferencias y pagos.

Este beneficio se extenderá por 6 meses a partir de la fecha de otorgamiento.

La relación laboral debe mantenerse durante al menos 10 meses. Durante los primeros 6 meses, el empleador recibirá beneficios como un porcentaje del salario del trabajador pagado por el estado. La diferencia salarial no puede pagarse en efectivo, sino que deberá abonarse mediante transferencia bancaria a la cuenta salario del trabajador en el Banco de la Nación Argentina (BNA). El registro de las relaciones laborales no puede ser retroactivo. La fecha de alta será la fecha en que ingrese al programa.

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SAS acreditación de domicilio y libros

Las SAS y la complicación del Procedimiento de Cumplimiento de la RG IGJ 13/2022

Es un trámite nuevo  correspondiente a las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) inscriptas en la Inspección General de Justicia.

Hay que hacerlo de manera  PRESENCIAL en IGJ, llevando DOCUMENTACIÓN

La Resolución General I.G.J. Nº 13/22 dispone que las SAS con domicilio en CABA deberán acreditar la existencia y veracidad del domicilio y sede social;

Además deben estar  copiados  todos los libros digitales contables y societarios obligatorios; y presentar sus estados contables correspondientes a los ejercicios económicos finalizados durante 2020, 2021, y, de corresponder, 2022.  Como si fuera una SA.

Transcurrido el plazo previsto por la resolución, se considerarán inactivas a las que no cumplan con lo dispuesto y no se dará curso a ninguna inscripción registral hasta tanto no se regularice la situación. Además, serán reportadas a la AFIP como sociedades presuntamente inactivas.

¿A quién está dirigido?

Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) con domicilio en CABA.

¿Qué necesito?

Formulario de actuación timbrado. Para obtenerlo, ingresá en IGJ,  Formularios y seleccioná el trámite “CUMPLIMIENTO RESOLUCIÓN GENERAL 13/22”.

  • Nota suscripta por el representante legal o apoderado, con firma certificada ante Escribano Público, detallando la sede social actual, número de registro RL de Libros Digitales y números de expediente de las presentaciones de balances efectuadas. ACCEDER AL MODELO DE NOTA  En la página IGJ

Documentación que acredite la existencia y veracidad del domicilio y sede social, conforme RG IGJ 13/2022 Art. 1, punto 1.

¿Cómo se puede acreditar la existencia y veracidad de la sede social?

Junto con los instrumentos a inscribir se debe acompañar:

  • Acta de constatación notarial, que la efectúa un escribano público que corrobora la existencia de dicho domicilio,
  • Comprobante  de servicios a nombre de la sociedad
  • Título de propiedad o contrato de alquiler o leasing en donde se constituye la sociedad
  • Habilitación o autorización municipal equivalente, cuando la actividad de la entidad solicitante se lleve a cabo en inmuebles que así la requieran.

¿Qué ocurre si la sede social coincide con el declarado por el administrador?

En ese caso, la IGJ permite que se acompañen los comprobantes de servicios a nombre del administrador y alguno de los otros instrumentos listados en el punto anterior.

¿Cómo hago?

Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.

¿Cuál es el costo del trámite?  $ 1476  a marzo 2023.

(Son 12 módulos)

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Auto de alta gama

Que pasa si compras un  auto de alta gama

El Organismo Fiscal intimó a 10.000 titulares de autos de alta gama que no presentaron declaraciones juradas de Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cruzó datos con la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA) y de este modo identificó vehículos que por su valor obligan a los titulares a pagar el impuesto sobre los bienes personales.

Recordamos cuales son los mínimos para pagar Impuesto sobre los bienes personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los nuevos valores de las escalas y del mínimo no imponible que deberán ser tenidos en cuenta para determinar el impuesto sobre los bienes personales en el período fiscal 2022, cuyo vencimiento opera en junio de 2023.

Cuando la suma de todos los bienes gravados situados en el país sea inferior a $11.282.141,08 no se deberá abonar el impuesto, dado que hasta esta suma se considerarán exentos.

Por lo que, si compras un auto de mas de ese valor, deberás liquidar y pagar impuesto sobre los bienes personales,

Los autos se toman a su valor de tabla afip, que es muy similar al valor que toma el seguro

Recorda que el mínimo no imponible cambia todos los años, si lo compraste en años anteriores debes comprarlo con los mínimos de esos años, ejemplo en año 2021 el mínimo fue 6.000.000

Luego de que tenes el mismo auto 5 año, el 6to año ya no se considera gravado, porque esta amortizado.

Vivienda:

 Los inmuebles utilizados como vivienda estarán exentos del impuesto cuando su valor sea inferior a $56.410.705,41. De superar ese monto, para la determinación del impuesto se computará el valor por el que se exceda el mínimo.

UIF

La UIF es el organismo que pide que se acredite el origen lícito de los fondos con una certificación de contador, es para  compras de  un auto que supere $8.436.988 (desde enero 2023)

Así que se, deben justificar el origen de los fondos en operaciones con automotores. Dicha suma se actualizó a $ $ $8.436.988  desde enero 2023, este monto es  por la compra anual de automotores.

Consultas a   info@estudiopiacentini.com.ar  o  155143-5065

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Siradig

¿Cómo cargar la deducción por gastos de educación?

Te damos un  paso a paso para deducir, del impuesto a las ganancias, los gastos educativos de tus hijos, los gastos por servicios y herramientas con fines educativos.

La ley de presupuesto 2023 -L. 27701- introdujo modificaciones en el impuesto a las ganancias. Entre otras, estableció, para las personas humanas, una deducción por gastos educativos que operará hasta el límite del 40% de la ganancia no imponible.

La AFIP ya implementó la nueva versión del servicio web “SiRADIG – Trabajador” que permite aplicar la mencionada deducción.

A continuación podrás encontrar la guía paso a paso con el procedimiento a realizar para informar gastos por servicios y herramientas con fines educativos.

Guía paso a paso

  • Ingresá con tu CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal. Buscá e ingresá al servicio “SIRADIG – Trabajador”.
  • Una vez dentro del servicio, deberás seleccionar la persona por la cual presentarás el formulario y el período de presentación. Luego tendrás que iniciar un nuevo borrador y completar, validar o modificar los datos personales y de tu empleador, o continuar con una carga previa.
  • Para la carga de los gastos educativos deberás presionar en “3 – Deducciones y desgravaciones” y luego ingresar en “Agregar deducciones y desgravaciones”. Finalmente, de las opciones desplegadas, deberás cliquear en “Gastos de educación”.
  • En la pantalla emergente deberás completar los datos del emisor de la factura (institución educativa, librería, etc.): CUIT, tipo de gasto (servicio educativo o herramientas) y período. El monto total se determinará en base a la suma de los comprobantes que se cargarán en el paso 6 de esta guía.
  • Luego tendrás que seleccionar el familiar a quien corresponde el gasto, presionando en el botón “Seleccionar familiar”
  • Para terminar, deberás indicar los datos de los comprobantes que respalden el gasto, presionando en el botón “Alta de comprobante”.

Gastos educativos

Se consideran gastos educativos a las sumas abonadas por las cargas de familia o por hijos mayores de edad, hasta 24 años, que sean residentes en el país, cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio y no tengan en el año ingresos netos superiores a la ganancia no imponible, en concepto de:
– Servicios con fines educativos: servicios prestados por establecimientos educacionales públicos o privados incorporados a los planes de enseñanza oficial referidos a la enseñanza en todos los niveles y grados, y de postgrado para egresados de los niveles secundario, terciario o universitario, así como a los servicios de refrigerio, de alojamiento y de transporte accesorios a los anteriores, prestados directamente por los establecimientos con medios propios o ajenos.

También se incluyen a las clases particulares sobre materias incluidas en los referidos planes de enseñanza oficial, impartidas fuera de los establecimientos educacionales y con independencia de estos y las guarderías y jardines materno-infantiles.

– Herramientas con fines educativos: útiles escolares, guardapolvos y uniformes.

Fecha límite de presentación

Recordamos que hasta el 31 de marzo, inclusive, se podrá presentarse el Formulario 572 a través del servicio con clave fiscal “SiRADIG – TRABAJADOR”

Consultas a   info@estudiopiacentini.com.ar  o  155143-5065

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

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