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Monotributo Unificado Provincia de Buenos Aires ARBA 2026.

Monotributo Unificado Provincia de Buenos Aires ARBA: montos vigentes desde el 1° de agosto 2026.

El Monotributo Unificado combina el pago del Monotributo nacional y el impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) en una sola cuota mensual. Elimina la presentación de declaraciones juradas, evita retenciones bancarias y simplifica tu calendario de pagos (vencimientos el día 20 de cada mes).

Beneficios principales de adherirse:

  • Unificación de pagos: Una cuota fija mensual que incluye ambos impuestos.
  • Menos trámites: No necesitas presentar Declaraciones Juradas mensuales ni anuales.
  • Exclusión de retenciones: ARCA (ex AFIP) y ARBA no te practicarán más retenciones ni percepciones en tus cuentas bancarias o billeteras virtuales

Requisitos básicos:

  • Ser Persona Humana.
  • Tener el domicilio fiscal registrado en la Provincia de Buenos Aires.
  • Ser contribuyente local (no adherido a Convenio Multilateral).
  • Desarrollar hasta 3 actividades económicas y ser monotributista exclusivo de la PBA.
  • ¿Cómo adherirse?

Podes realizar el trámite online siguiendo estos pasos

Ingresa a la plataforma de ARCA con tu Clave Fiscal y entra al “Registro Único Tributario – RUT”.

  1. Ingresa tu CUIT/CUIL y tu Clave Fiscal.
  2. Confirma la adhesión al Régimen Simplificado de Ingresos Brutos.

NUEVOS MONTOS

La ARCA actualizó desde el primero de febrero 2026 la tabla de monotributo, e impacta en el monto total a pagar en el monotributo unificado de ARBA.

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Contadora Elisabet Piacentini
Julio 2026

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Presión tributaria: quiénes se beneficiaron con la baja de impuestos y qué sectores todavía no sienten alivio

La carga tributaria nacional y provincial descendió al 26,9% del PBI en 2025, pero Argentina continúa por encima del promedio regional. Exportadores, importadores, automotrices, contribuyentes de Bienes Personales y monotributistas recibieron beneficios, mientras las pymes orientadas al mercado interno siguen expuestas a Ingresos Brutos, el impuesto al cheque y una compleja red de retenciones.

Colaboración de Contadora Elisabet Piacentini

https://www.perfil.com/noticias/economia/presion-tributaria-quienes-se-beneficiaron-con-la-baja-de-impuestos-y-que-sectores-todavia-no-sienten-alivio-a40.phtml

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Exportación Simple vía postal – Reglamentación

ARCA reglamenta la exportación comercial por vía postal sin límite de valor

ARCA reglamentó el procedimiento de declaración simplificada para exportar mercaderías con finalidad comercial por vía postal, a través del operador postal designado.

La medida fue dispuesta por la Resolución General 5886/2026, publicada en el Boletín Oficial el 3 de agosto de 2026, y complementa lo establecido por el Decreto 604/2026, que eliminó los límites de valor para las exportaciones comerciales realizadas mediante el régimen de envíos postales.

Exportación por vía postal con finalidad comercial

La Resolución General 5886/2026 aprueba el procedimiento de Declaración de Exportación Simplificada Postal, DESP, para exportaciones comerciales realizadas por vía postal.

El régimen apunta a facilitar las operaciones de comercio exterior, especialmente aquellas vinculadas con el comercio electrónico transfronterizo.

Según la norma, las exportaciones comerciales por vía postal no estarán sujetas a límites de valor, aunque deberán cumplir con los requisitos aduaneros, tributarios y operativos correspondientes.

Qué es la Declaración de Exportación Simplificada Postal

La DESP será la declaración que deberá completar el expedidor o remitente antes de despachar la mercadería en las oficinas del operador postal designado.

Para utilizar el régimen, el exportador deberá tener habilitado su perfil exportador ante ARCA.

Además, será responsable de:

  • emitir la factura “E” de exportación;
  • completar la declaración simplificada postal;
  • informar los datos requeridos;
  • abonar la tasa de servicio;
  • pagar, si corresponde, los tributos aplicables.

Datos que deberá informar el exportador

La declaración deberá incluir los datos previstos por los formularios internacionales CN23 o CN22, utilizados en envíos postales.

Entre la información requerida se encuentran:

Dato requeridoDetalle
ExpedidorNombre, apellido y dirección
DestinatarioNombre, apellido y dirección
MercaderíaDescripción, cantidad y valor
CUITDel exportador
FacturaNúmero de factura comercial “E”
Valor FOBEn dólares estadounidenses
Posición arancelariaA 8 dígitos

El operador postal deberá proveer un sistema que permita obtener la posición arancelaria a partir de la descripción del producto.

Cómo será el procedimiento

El procedimiento previsto por ARCA funciona de manera simplificada y coordinada con el operador postal.

En términos generales, el circuito será el siguiente:

  1. El exportador emite la factura “E”.
  2. Completa la DESP en el sitio indicado por el operador postal.
  3. Informa los datos del envío y la mercadería.
  4. Abona la tasa de servicio y, si corresponde, los tributos.
  5. Presenta el envío ante el operador postal.
  6. El operador controla la documentación y asigna un identificador único.
  7. La información se transmite en tiempo real a ARCA.
  8. El envío se remite al Centro Postal Internacional.
  9. Aduana podrá verificar el envío si corresponde.
  10. Se registra la salida internacional de la mercadería.

Mercaderías excluidas del régimen simplificado

No todas las exportaciones podrán utilizar este procedimiento simplificado.

La RG 5886/2026 establece que quedan excluidos:

  • bienes sometidos a un tratamiento operativo específico para control aduanero;
  • mercaderías alcanzadas por cupos de exportación;
  • exportaciones sujetas a intervenciones o gestiones particulares ante terceros organismos.

Por lo tanto, antes de utilizar el régimen deberá verificarse si la mercadería puede exportarse mediante esta modalidad.

Aspectos tributarios

Las exportaciones por vía postal con finalidad comercial quedan sujetas al régimen: portación

  • arancelario;
  • cambiario;
  • de prohibiciones no económicas;

Aplicable al régimen general de exportación.

Además, la norma aclara un punto importante: la elección de esta modalidad declarativa implica la renuncia a la percepción de beneficios a la exportación.

Verificación aduanera

ARCA podrá aplicar controles selectivos y análisis de riesgo.

Cuando corresponda, el servicio aduanero podrá requerir la presentación física del envío para su verificación antes de la consolidación de las sacas en el Centro Postal Internacional.

La verificación podrá realizarse:

  • en una sucursal de correo con asiento de aduana;
  • en el Centro Postal Internacional;
  • según el circuito operativo que corresponda.

El operador postal representará al remitente en la verificación, salvo que el exportador haya manifestado su voluntad de intervenir personalmente o designar otro representante.

Qué pasa si no se autoriza la exportación

Si la exportación no fuera autorizada bajo este régimen, la mercadería deberá quedar automáticamente a disposición del operador postal para su devolución al remitente.

Esto no aplicará si el servicio aduanero detecta una posible transgresión al régimen durante los controles correspondientes.

Responsabilidad del exportador

La resolución establece que el incumplimiento de los requisitos del régimen responsabiliza al expedidor del envío postal.

Esto incluye la aplicación de las penalidades que correspondan por infracciones o delitos previstos en la normativa vigente.

Por lo tanto, aunque el procedimiento sea simplificado, el exportador mantiene la responsabilidad sobre la declaración, la documentación y la operación.

Vigencia e implementación

La Resolución General 5886/2026 entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

La implementación se realizará conforme el cronograma que estará disponible en el micrositio “Envíos internacionales” del sitio web de ARCA y en la página oficial del operador postal.

Impacto para pequeños exportadores y e-commerce

La medida resulta relevante para emprendedores, pymes y vendedores que realizan operaciones de comercio electrónico internacional.

El nuevo procedimiento busca facilitar la exportación de mercaderías con finalidad comercial mediante un circuito postal simplificado, sin límite de valor, aunque sujeto a controles, exclusiones y responsabilidades.

Para operar correctamente, será necesario revisar:

  • perfil exportador ante ARCA;
  • emisión de factura “E”;
  • posición arancelaria;
  • valor FOB en dólares;
  • documentación del envío;
  • posibles intervenciones de terceros organismos;
  • pago de tasa de servicio y tributos;
  • renuncia a beneficios de exportación;
  • seguimiento del cronograma de implementación.

Fuente: RES 5886/2026-Ignacio On line

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Contadora Elisabet Piacentini
Julio 2026

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El banco rechazo tu reclamo por una estafa – que hacer

El banco rechazó tu reclamo por una estafa? Todavía tenés una instancia gratuita para reclamar

Cada vez son más frecuentes las estafas bancarias y los fraudes digitales. Muchas personas descubren consumos que nunca realizaron, transferencias desconocidas o vaciamiento de sus cuentas, realizan el reclamo ante su banco y reciben una respuesta que consideran insuficiente o directamente negativa.

Lo que muchos usuarios desconocen es que el reclamo no termina en el banco.

Existe una segunda instancia administrativa, gratuita y completamente online, que puede ayudarte a obtener una revisión del caso.

¿Cuándo podés reclamar ante el Banco Central?

Si presentaste un reclamo formal ante tu banco o entidad financiera y:

  • no recibiste respuesta;
  • la respuesta fue parcial;
  • o rechazaron tu reclamo,

Podés derivar el caso al Banco Central de la República Argentina (BCRA) para que intervenga como organismo de supervisión.

¿Qué tipos de reclamos acepta el BCRA?

El procedimiento alcanza, entre otros, a conflictos relacionados con:

  • Tarjetas de crédito, débito y compra.
  • Transferencias bancarias.
  • Cajas de ahorro y cuentas corrientes.
  • Home Banking y aplicaciones móviles.
  • Cajeros automáticos.
  • Préstamos.
  • Seguros ofrecidos por entidades financieras.
  • Otros productos y servicios regulados por el Banco Central.

Esto incluye muchos casos de estafas informáticas, phishing, robo de credenciales, compras desconocidas y operaciones realizadas sin autorización del titular.

Requisitos para iniciar el trámite

Antes de acudir al Banco Central es necesario cumplir algunos requisitos:

  • Haber realizado previamente el reclamo ante el banco.
  • Conservar el número o código de gestión del reclamo.
  • Esperar al menos 10 días hábiles desde la presentación si no hubo respuesta o si la solución fue insatisfactoria.

Documentación que conviene tener preparada

Para agilizar el trámite, reuní:

  • DNI (frente y dorso).
  • Número del reclamo realizado al banco.
  • Copia del reclamo y de la respuesta recibida, si existiera.
  • Capturas de pantalla.
  • Comprobantes de las operaciones cuestionadas.
  • Una explicación clara de lo sucedido, indicando fechas, montos y horarios.

¿Cómo se realiza el reclamo?

El procedimiento es completamente digital:

  1. Ingresar al sitio del Banco Central, sección Usuarios Financieros.
  2. Seleccionar la opción para reclamos sobre productos o servicios financieros.
  3. Completar el formulario con los datos personales y de la entidad.
  4. Adjuntar la documentación respaldatoria.
  5. Enviar la presentación para que el BCRA intervenga ante la entidad financiera.

¿Y si tampoco se resuelve?

Si la intervención del Banco Central no logra solucionar el conflicto, el caso puede ser derivado a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo, permitiendo continuar la vía administrativa sin necesidad de iniciar inmediatamente una demanda judicial.

Recomendaciones prácticas

Cuando seas víctima de una estafa financiera:

  • Actuá inmediatamente.
  • Bloqueá tarjetas y accesos digitales.
  • Cambiá todas tus claves.
  • Realizá el reclamo formal al banco por escrito.
  • Guardá el número de gestión.
  • Conservá toda la documentación y las capturas de pantalla.
  • Si la respuesta no es satisfactoria, utilizá la instancia gratuita ante el Banco Central.

El tiempo es un factor clave: cuanto antes denuncies el hecho y dejes constancia, mayores serán las posibilidades de recuperar los fondos o lograr una solución favorable.

Conclusión

Muchos usuarios creen que cuando el banco rechaza un reclamo ya no queda nada por hacer. Sin embargo, la normativa prevé una instancia adicional ante el Banco Central que es gratuita, online y puede resultar determinante para la resolución del conflicto.

Conocer este procedimiento permite ejercer mejor los derechos como usuario financiero y no abandonar el reclamo ante una primera respuesta negativa.

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Contadora Elisabet Piacentini
Julio 2026

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El Banco Central reglamento las cuentas sueldo en dólares

El Banco Central reglamentó las cuentas sueldo en dólares: un paso clave para implementar la Ley de Modernización Laboral

La posibilidad de pagar salarios en dólares, incorporada por la Ley de Modernización Laboral, acaba de dar un paso importante con la publicación de la Comunicación “A” 8460 del Banco Central de la República Argentina, que habilita formalmente las cuentas sueldo en dólares estadounidenses.

Hasta ahora, si bien la legislación laboral ya permitía pactar el pago de remuneraciones en moneda extranjera, faltaba la adecuación del sistema financiero para que los bancos pudieran ofrecer una cuenta sueldo específica en dólares.

Con esta medida, el Banco Central elimina ese obstáculo operativo.

¿Qué establece la Comunicación “A” 8460?

La norma incorpora al dólar estadounidense como moneda admitida para la apertura y funcionamiento de las cuentas sueldo, permitiendo que las acreditaciones derivadas de la relación laboral puedan realizarse directamente en esa moneda.

De esta manera, los empleadores que acuerden con sus trabajadores el pago de remuneraciones en dólares contarán con un instrumento bancario específico para efectuar dichas acreditaciones.

Extracciones de efectivo

La comunicación también aclara cómo deberán operar las entidades financieras respecto del retiro de los fondos.

Los bancos estarán obligados a permitir depósitos y extracciones de dólares en efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta sueldo.

Además, cuando cuenten con disponibilidad de billetes, también podrán brindar ese servicio en otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio.

La cuenta seguirá siendo gratuita

Otro aspecto importante es que el Banco Central confirmó que la gratuidad de la cuenta sueldo también alcanzará a las cuentas abiertas en dólares.

La exención de costos se aplicará hasta el monto de las acreditaciones provenientes de la relación laboral, acumulándose los importes no retirados sin límite de tiempo.

¿Significa que todas las empresas deberán pagar sueldos en dólares?

No.

La normativa no impone una obligación para los empleadores.

Lo que hace es brindar el marco operativo para que, cuando exista un acuerdo entre empleador y trabajador y la remuneración se pacte en dólares conforme a la legislación vigente, los bancos puedan administrar esas acreditaciones mediante cuentas sueldo en moneda extranjera.

Un paso más hacia la flexibilización del sistema laboral

La Comunicación “A” 8460 constituye la reglamentación bancaria que faltaba para acompañar los cambios introducidos por la Ley de Modernización Laboral.

Con esta medida, el sistema financiero adapta sus productos a una modalidad de pago que hasta ahora carecía de una operatoria específica, facilitando a empresas y trabajadores la utilización de cuentas sueldo en dólares bajo las mismas condiciones generales de protección y gratuidad que rigen para las cuentas sueldo en pesos.

En definitiva, se trata de una medida que moderniza la operatoria bancaria y amplía las alternativas para la instrumentación del pago de remuneraciones en un contexto de mayor libertad para pactar la moneda de pago entre las partes.

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Contadora Elisabet Piacentini
Julio 2026

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Habilitan a las empresas a abrir cuentas en dólares para pagarle a sus empleados


El Banco Central (BCRA) habilitó este viernes las cuentas sueldo en dólares, el paso reglamentario que faltaba para que las empresas puedan pagarles las remuneraciones en esa moneda a sus empleados.

La medida fue dispuesta mediante la Comunicación “A” 8460, que incorporó al dólar estadounidense entre las monedas admitidas para recibir depósitos en las cuentas sueldo previstas por la normativa financiera.

https://www.lanacion.com.ar/economia/habilitan-a-las-empresas-a-abrir-cuentas-en-dolares-para-pagarle-a-sus-empleados-nid24072026

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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