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Como presentar plan de pagos para el saldo de impuestos a las ganancias

COMO PRESENTAR PLAN DE PAGOS PARA EL SALDO DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS A RAIZ DE LA NUEVA PRORROGA DE PRESENTACIÓN DE LA DJ

Conforme a la Resolución General 5876 de ARCA QUE PRORROGO LA PRESENTACIÓN DE LA DJ DE GANANCIAS PERO NO EL PAGO, EL CUAL  VENCE EL LUNES 27 JULIO, de manera excepcional se puede regularizar el saldo del Impuesto a las Ganancias antes de presentar la declaración jurada ingresando manualmente los datos de la obligación en la pantalla “Validación de deuda” del servicio Mis Facilidades.

Pasos en el sistema Mis Facilidades

  • Ingresar al servicio Mis Facilidades con clave fiscal.
  • Ir a la solapa o pantalla de Validación de deuda.
  • Ingresar manualmente los datos de la obligación del Impuesto a las Ganancias período 2025.
  • Seleccionar y confirmar la deuda cargada para generar el plan.
  • Elegir el plan de pagos correspondiente, informar el CBU para el débito de cuotas y abonar el pago a cuenta.

Detalle:

Al ingresar al servicio web ARCA “Mis Facilidades”, los contribuyentes encuentran el siguiente aviso relacionado con el plazo especial para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias Personas Humanas – Período fiscal 2025:

Con motivo de la prórroga de la Resolución General ARCA 5876/2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) había aclarado a través de su sitio web, que el nuevo esquema establece un desdoblamiento de presentación y pago para de ganancias.

Por lo tanto, para el pago de la obligación tributaria, en el caso de adherir la deuda a un plan de facilidades de pago, indicó que excepcionalmente se podrá regularizar el saldo del impuesto en forma previa a la presentación de la Declaración Jurada. Para ello, deberá ingresarse manualmente los datos de la obligación en la pantalla “Validación de Deuda”:

Allí entonces se deberá ingresar de forma manual la deuda:

Características del Plan DE PAGOS PARA GANANCIAS 2025 PERSONAS HUMANAS

  • Cuotas: De 2 a 6 cuotas  mensuales, con débito automático de la CBU.
  • Pago a cuenta: Varía aproximadamente entre el 17% y el 28% del total de la deuda según el perfil del contribuyente.
  • Interés: Tasa fija mensual del 2.75%

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Contadora Elisabet Piacentini
Julio 2026

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Mercado libre y plataformas digitales, te pueden retener has 8% por incumplidor con Arca

¿Vendés por Mercado Libre o plataformas digitales? Cuidado: ARCA puede aumentar la percepción de IVA hasta el 8% si detecta incumplimientos

Muchos vendedores que comercializan productos o prestan servicios a través de plataformas digitales como Mercado Libre desconocen que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aplica un régimen especial de percepción del IVA que puede incrementar significativamente el costo financiero de cada operación cuando detecta incumplimientos fiscales.

El régimen fue establecido por la Resolución General 5319/2023 y obliga a las plataformas digitales a actuar como agentes de percepción del IVA, reteniendo un porcentaje sobre cada venta realizada por sus usuarios.

¿Quiénes están alcanzados?

La norma comprende a quienes realizan en forma habitual operaciones a través de plataformas digitales:

  • Venta de bienes muebles nuevos o usados.
  • Prestación de servicios.
  • Locaciones de obras o servicios.

Alcanza tanto a responsables inscriptos, como a monotributistas en determinados supuestos y también a quienes realizan operaciones habituales sin encontrarse correctamente inscriptos ante ARCA.

¿Quién realiza la percepción?

No es ARCA quien descuenta el importe.

La percepción la practica directamente la plataforma digital que intermedia en la operación, como Mercado Libre y otras plataformas incluidas en el régimen, al momento de acreditar el pago de la venta.

¿Cuánto pueden percibir?

La alícuota depende de la situación fiscal del vendedor.

Responsable Inscripto sin observaciones

Si el contribuyente mantiene una correcta conducta fiscal, la percepción será del:

1%

Responsable Inscripto con inconsistencias

Cuando los controles sistémicos de ARCA detectan incumplimientos o irregularidades, la percepción puede incrementarse y ubicarse entre:

3% y 8%

La alícuota concreta surge de los controles automáticos que realiza el organismo sobre cada CUIT.

¿Qué situaciones pueden generar una percepción mayor?

Entre las inconsistencias más frecuentes que pueden provocar la aplicación de una alícuota superior se encuentran:

  • Falta de presentación de declaraciones juradas.
  • Incumplimientos impositivos registrados en los sistemas de ARCA.
  • Domicilio Fiscal Electrónico no constituido o sin mantenimiento.
  • Inconsistencias detectadas en el Sistema Registral.
  • CUIT con limitaciones o estado administrativo irregular.
  • Incumplimientos que surgen de los controles sistémicos del organismo.
  • Deuda que figura en tu cuenta tributaria de arca, quizás esta prescripta , no la debes pagar, pero debes pedir a arca que la borre, a través de un tramite digital

Además, la normativa prevé la aplicación de la alícuota máxima del 8% para determinados sujetos con antecedentes especialmente graves, como condenas por delitos tributarios o aduaneros, personas jurídicas cuyos directivos hayan sido condenados por esos delitos o contribuyentes declarados en quiebra sin continuidad de explotación.

¿Cómo saber qué alícuota tiene asignada un vendedor?

Las plataformas consultan automáticamente la situación fiscal del vendedor antes de efectuar la percepción.

Asimismo, ARCA suele comunicar mediante el Domicilio Fiscal Electrónico la alícuota asignada y la situación detectada por los controles sistémicos.

¿Cómo reducir la percepción?

La buena noticia es que la alícuota no es permanente.

Cuando el contribuyente regulariza su situación fiscal, las plataformas volverán a consultar la base de datos de ARCA y aplicarán la alícuota que corresponda según la nueva condición fiscal.

Por eso es recomendable revisar periódicamente:

  • Presentación de todas las declaraciones juradas.
  • Estado del CUIT.
  • Sistema Registral.
  • Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Notificaciones recibidas por ARCA.

¿Qué ocurre con los monotributistas?

Los monotributistas, en principio, no sufren estas percepciones mientras permanezcan correctamente dentro del Régimen Simplificado.

Sin embargo, la resolución prevé supuestos específicos en los cuales pueden quedar alcanzados cuando superan los parámetros que les permiten permanecer en el Monotributo, situación que puede derivar en su tratamiento como responsables inscriptos a los efectos del régimen de percepción.

Una revisión que puede ahorrar mucho dinero

Para quienes venden habitualmente por plataformas digitales, una simple revisión de la situación fiscal puede significar una reducción importante de las percepciones que les practican sobre cada operación.

Muchas veces el incremento de la alícuota no responde a una deuda importante, sino a incumplimientos formales o inconsistencias que pueden corregirse rápidamente. Mantener actualizada la situación registral y cumplir con las obligaciones fiscales permite evitar retenciones innecesarias y mejorar el flujo financiero de la empresa o del emprendimiento.

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Contadora Elisabet Piacentini
Julio 2026

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El Banco Central lanzó un nuevo portal con herramientas para usuarios y PyMes

Qué trámites y consultas se pueden realizar

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) puso en funcionamiento una nueva sección en su sitio web denominada “Herramientas y Conocimientos Financieros”, un espacio que reúne información práctica, canales de consulta y formularios digitales destinados a mejorar la protección de los usuarios del sistema financiero y promover una mayor educación financiera.

La iniciativa busca centralizar en un solo lugar los principales servicios que utilizan diariamente personas, emprendedores y pequeñas empresas, facilitando el acceso a información, la realización de reclamos y la resolución de inconvenientes con bancos, tarjetas, billeteras digitales y otros proveedores de servicios financieros regulados por el BCRA.

¿Qué herramientas incorpora el nuevo portal?

Entre las principales funcionalidades se destacan:

  • Rectificación o eliminación de datos en la Central de Deudores, para solicitar la corrección de información crediticia incorrecta.
  • Denuncia de fraudes o estafas, permitiendo reclamar por operaciones no reconocidas en cuentas bancarias, tarjetas, homebanking o billeteras digitales.
  • Reclamos por productos y servicios financieros, cuando existan inconvenientes con cuentas, tarjetas, cajeros automáticos, préstamos u otros servicios bancarios.
  • Presentación de sugerencias y quejas, con el objetivo de mejorar la calidad de atención de las entidades financieras.
  • Consulta de los responsables de Atención al Usuario Financiero de cada banco o entidad regulada por el Banco Central.

Información útil para usuarios y PyMEs

El portal también reúne una amplia biblioteca de contenidos sobre productos y servicios financieros, incluyendo información sobre:

  • cajas de ahorro;
  • tarjetas de crédito;
  • préstamos personales;
  • plazos fijos;
  • cheques;
  • cajeros automáticos;
  • derechos de los usuarios financieros;
  • prevención de estafas virtuales;
  • funcionamiento de la Central de Deudores;
  • débitos no reconocidos;
  • límites para transferencias;
  • consumos en moneda extranjera;
  • cambio de billetes deteriorados y otras consultas frecuentes.

Un recurso especialmente útil para las PyMEs

Para los titulares de pequeñas y medianas empresas, este nuevo portal representa una herramienta adicional para administrar su relación con el sistema financiero.

Entre otros beneficios, permite:

  • verificar y gestionar la información registrada en la Central de Deudores;
  • conocer los canales oficiales para reclamar ante inconvenientes con bancos y proveedores de servicios de pago;
  • acceder a información clara sobre productos financieros;
  • consultar los derechos que asisten a los usuarios frente a las entidades reguladas;
  • encontrar respuestas a consultas frecuentes sin necesidad de realizar gestiones presenciales.

Educación financiera y mayor protección

Otro de los ejes del nuevo sitio es la educación financiera. El Banco Central incorporó materiales destinados a fomentar un uso más seguro y responsable de los productos financieros, brindando herramientas para comprender mejor el funcionamiento del sistema bancario y reducir el riesgo de fraudes y errores en las operaciones cotidianas.

Una iniciativa que simplifica gestiones

La centralización de consultas, formularios y material informativo en un único portal constituye un avance importante para usuarios particulares y empresas, ya que facilita el acceso a canales oficiales de atención, mejora la transparencia y promueve una mayor protección de quienes utilizan diariamente servicios financieros.

En un contexto de creciente digitalización de las operaciones bancarias, contar con un canal oficial para realizar consultas, denunciar fraudes, rectificar información crediticia y conocer los derechos de los usuarios representa una herramienta valiosa para operar con mayor seguridad y confianza.

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Contadora Elisabet Piacentini
Julio 2026

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Plan de pago para MiPyMes hasta 18 cuotas

Arca implemento  un régimen especial de facilidades de pago para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro

Se estaba esperando desde hace meses, pero el plan parece con pocas cuotas y con tasa de interés cara.

Es un régimen especial de facilidades de pago para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2), pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, destinado a regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30/06/2026, incluidas multas y accesorios. En el caso de micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, el régimen contempla hasta 18 cuotas para obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social y hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones, con un pago a cuenta del 5%. Para las medianas empresas (Tramos 1 y 2), prevé hasta 15 y 7 cuotas, respectivamente, con un pago a cuenta del 10%. En todos los casos, la tasa de financiación es del 2,75% mensual. La adhesión podrá efectuarse hasta el 30/10/2026 mediante el servicio Mis Facilidades. Vigencia: 15/07/2026.

Se pueden incluir planes caducos, pero no refinanciar planes de pago vigentes.

Resolución General (ARCA) Nº 5875/2026 (BO 14/07/2026)

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Contadora Elisabet Piacentini
Julio 2026

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Impulsan proyecto de ley para aliviar la carga fiscal y financiera de las pymes

Las pequeñas y medianas empresas atraviesan uno de los períodos más complejos de los últimos años. La caída de la actividad en numerosos sectores, las dificultades para sostener el empleo, la elevada presión impositiva y los problemas financieros derivados de la falta de liquidez llevaron a distintos sectores empresarios a impulsar una nueva propuesta legislativa que busca brindar herramientas concretas para fortalecer al sector.

Se trata de un proyecto de ley que ya fue presentado en el Congreso de la Nación y que propone la creación de un régimen integral de promoción para las pymes. La iniciativa contempla medidas destinadas a aliviar la carga tributaria, facilitar la regularización de deudas, incentivar la contratación de personal y fomentar la reinversión de utilidades como mecanismo para impulsar el crecimiento.

La tributarista Elisabet Piacentini, coordinadora de la Comisión PyME del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires e integrante del equipo que trabajó en la propuesta, explicó a Diario San Rafael y FM Vos 94.5 que el proyecto busca cubrir una deuda pendiente con el sector.

https://diariosanrafael.com.ar/impulsan-un-proyecto-de-ley-para-aliviar-la-carga-fiscal-y-financiera-de-las-pymes

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Ganancias el pago no se prorroga – vence el 27 de julio y la presentación se traslada a agosto

Ganancias: prorrogan la presentación, pero no el pago. El primer anticipo pasa a septiembre y Bienes Personales mantiene su vencimiento

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una prórroga para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025, podrá efectuarse hasta el 27 de agosto de 2026.

Sin embargo, el vencimiento para el pago del saldo del impuesto no fue modificado y continúa operando el 27 de julio de 2026. Esto implica que los contribuyentes deberán ingresar el saldo del impuesto antes de presentar formalmente la declaración jurada.

Como medida complementaria, ARCA también postergó el vencimiento del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026, que originalmente vencía en agosto y pasará a abonarse en septiembre de 2026.

En cambio, el Impuesto sobre los Bienes Personales y el Impuesto Cedular no fueron alcanzados por la prórroga. Tanto la presentación de las declaraciones juradas como el pago del saldo continúan venciendo el 27 de julio de 2026, sin modificaciones.

¿Por qué se prorrogó la presentación pero no el pago?

La decisión busca otorgar más tiempo para confeccionar las declaraciones juradas, especialmente ante la implementación del Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias y la expectativa de modificaciones legislativas. No obstante, el Gobierno optó por mantener la fecha de pago para no diferir la recaudación tributaria.

La reforma de la Ley de Inocencia Fiscal

En paralelo, el Poder Ejecutivo ultima los detalles del proyecto de reforma de la Ley de Inocencia Fiscal, que será enviado al Congreso y que incorpora importantes cambios para quienes opten por el Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias.

Entre las principales novedades se destacan:

  • Eliminación de los topes patrimoniales y de ingresos para acceder al régimen simplificado.
  • Incorporación de una nueva definición de “discrepancia significativa”, estableciendo un monto mínimo para evitar que diferencias de escasa entidad provoquen la pérdida de los beneficios del régimen.
  • Posibilidad de presentar declaraciones juradas rectificativas dentro de los 15 días hábiles desde la notificación de ARCA, manteniendo los beneficios cuando el contribuyente regularice la situación.
  • La carga de la prueba recaerá sobre ARCA, que deberá acreditar objetivamente la existencia de una discrepancia significativa.
  • Limitación al uso de presunciones fiscales para fortalecer la seguridad jurídica del contribuyente.
  • Restitución de los beneficios cuando una determinación de oficio sea posteriormente revocada administrativa o judicialmente.
  • Exención de multas para quienes regularicen ajustes e intereses antes de adherir al régimen.
  • Mayor protección para determinadas operaciones financieras e inmobiliarias y coordinación con los controles de prevención del lavado de activos.

Un cambio de paradigma

La reforma busca consolidar un sistema tributario basado en la buena fe del contribuyente, otorgando mayor previsibilidad y reduciendo la litigiosidad.

No obstante, el proyecto también aclara que la adhesión al régimen simplificado no interrumpirá las fiscalizaciones, determinaciones de oficio, recursos administrativos o procesos judiciales que ya se encuentren iniciados al momento de la adhesión.

De aprobarse, esta iniciativa representará uno de los cambios más importantes de los últimos años en materia de fiscalización tributaria, redefiniendo la relación entre los contribuyentes y ARCA, fortaleciendo el nuevo Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias.

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Contadora Elisabet Piacentini
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