Blog – Full Width

por

Programa “Basta de Excusas”

Así estuvo el programa de “Basta de Excusas” por www.larz.com.ar junto a Susana Abelson, en donde estuvimos hablando sobre el emprendiemiento abarcando el Premio de Mujeres Empresarias de la Ciudad 2019 y tips para emprendedores.

Lissette Rencoret también estuvo junto a nosotros hablando sobre su experiencia multinacional sobre el ecosistema del emprendedor. 

¡Gracias a quienes nos escucharon! Porque la comunicación nos produce bienestar y nos enseña siempre. 

#ElisabetPiacentini#Emprendedores#FecobaMujeres#BastaDeExcusas

https://www.estudiopiacentini.com.ar/wp-content/uploads/2020/04/basta_de_excusas_piacentini.mp4#t=2

por

RECORDATORIO IMPORTANTE: SIN INTERESES !

Moratoria a 10 años para todos los impuestos DE LA CIUDAD – AGIP
SI DEBES PATENTES, ABL, INGRESOS BRUTOS, ETC NO TE LO PIERDAS.

Aspectos generales del Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias

Se podrán incluir obligaciones tributarias adeudadas de cualquier naturaleza vencidas al 31 de julio de 2019 inclusive, que se encuentren en instancia administrativa o judicial, por los gravámenes que recauda, determina y fiscaliza la AGIP.

Los pequeños y medianos contribuyentes podrán acceder a un plan especial, que se podrá hacer hasta en 120 cuotas y cuenta con la posibilidad de abonar la primera cuota recién a los 90 días desde su adhesión.

Los grandes contribuyentes podrán realizar un plan de pagos hasta en 60 cuotas. Otra opción permitirá pagar el 10% del total de la deuda como anticipo y el saldo restante en 90 cuotas.

Plazo de acogimiento

Puede ser efectuado desde el día 01 de octubre de 2019 hasta el día 31 de diciembre de 2019, ambas fechas inclusive.

Condonación de intereses

Se establece la condonación de los intereses resarcitorios y punitorios de las obligaciones tributarias regularizadas con excepción de los Agentes de Recaudación.

Condonación de sanciones formales

La condonación de oficio de las multas formales cometidas hasta el 31 de julio de 2019 que no se hubieren abonado y no se encuentren con sentencia firme, queda supeditada al cumplimiento del deber formal omitido hasta el día 31 de diciembre de 2019.

Acciones judiciales

La Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de sus funciones, solicitará el archivo, suspensión o prosecución de las acciones judiciales, según corresponda, respecto de los contribuyentes y/o responsables que se hubieran adherido al régimen.

Mas info: https://www.agip.gob.ar/…/moratoria-a-10-anos-para-todos-lo…

por

Nuevo programa de financiamiento para Mipymes: ¿en qué consiste?

Las empresas Mipymes tendrán acceso a una nueva línea de financiamiento a través del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep), de acuerdo con la resolución 485/2019 de la Secretaría de Emprendedores y Pymes .


Se trata del Programa Certificaciones-Asistencia para Mipymes Fondep, dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas, con el objetivo de brindar asistencia financiera para las certificaciones de calidad , el programa se realizará mediante convocatoria de ventanilla abierta, la cual estará vigente hasta agotar el cupo presupuestario asignado, o hasta el 31 de diciembre de 2019, lo que ocurra primero, pudiendo ser prorrogado.


El préstamo a otorgarse en ningún caso podrá superar el 85% del costo total de la certificación del producto o proceso con el impuesto al valor agregado (IVA) incluido, o la suma de $ 3 millones, lo que sea menor.


La devolución del préstamo se realizará en 18 cuotas mensuales y consecutivas .
Los proyectos deberán presentarse a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), o de manera presencial en la Dirección de Gestión Documental del Ministerio de Producción y Trabajo, Av.Presidente J. A. Roca 651, Planta Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

por

Premio Mujeres Empresarias Ciudad 2019

El área de Mujeres FECOBA, conducida por Elisabet Piacentini, invita a participar de la ceremonia del Premio Mujeres Empresarias Ciudad 2019, que se llevará a cabo el próximo martes 26 de noviembre, a las 18.00 horas, en el Salón Dorado de la Legislatura porteña (sita en Perú 160, CABA). Para confirmar la participación en el evento, clic aquí http://bit.ly/2PVloYY

El jurado estará integrado por Beatriz Tourn, presidenta de (CAME); Verónica Baracat, ONU Mujeres; Jéssica Ferradas, directora de Periodismo de la (UAI); Vanesa Kliksberg, especialista en Desarrollo Económico Regional Emprendedor, embajadora de la Organización Internacional WED en Buenos Aires y fundadora de “Emprender Mujer”; Silvana Mondino, referente de ONU Mujeres y Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, entre otras profesionales y empresarias.

Se elegirá una ganadora por categoría. Este galardón busca fomentar la diversidad e igualdad de género en el universo empresarial de la Ciudad y brindar a las participantes la posibilidad de ampliar la visión de la pequeña y mediana empresa, conformando una red de mujeres empresarias con extraordinario valor. 
#FecobaMujer #MujeresEmpresarias #PremioMujeresEmpresarias2019

por

Como se debe pagar el bono de personal de casas particulares

¿Cuánto tengo que pagar de bono?

Lo primero que debe hacer el empleador es chequear la cantidad de horas que componen la jornada de trabajo del empleado o la empleada en cuestión. Si trabaja más de 16 horas semanales, le corresponde un bono de $3000, a pagarse en dos cuotas de $1500. Si cumple una jornada de menos de 16 horas y más de 12, le corresponde $1500, en dos cuotas de $750. Si cumple una jornada semanal inferior a las 12 horas semanales, $1000 en dos cuotas de $500.

¿Cuándo tengo que pagar el bono a la empleada doméstico?

La primera cuota del bono debe pagarse entre hoy -que fue oficializada la medida en el Boletín Oficial- y el 30 de octubre. Puede incluirse dentro del pago del salario de septiembre solo en el caso de que no haya sido abonado todavía y se prevea cancelarlo en ese plazo. Es decir, si septiembre ya fue pagado, no se puede esperar hasta el pago del salario de octubre para incluirlo y hay que cancelarlo antes en efectivo o depositarlo en la cuenta correspondiente.

Lo mismo para la segunda cuota, en diciembre: puede incluirse en el pago del salario de noviembre solo si se hace entre el 1 y el 31 de diciembre.

¿Cómo dejo constancia del pago del bono?

Hay dos formas de registrar los pagos al personal de casas particulares. Por un lado, se puede hacer descargando y completando manualmente el formulario 102/RT de Afip. Por otro, se puede emitir un recibo online en la página web de Afip, a la que se ingresa con clave fiscal.

Quienes utilicen habitualmente el formulario físico pueden agregar el detalle de la primera cuota del bono en el apartado de “otros conceptos”. Incluso en el caso de que ya se hubiera completado el formulario con el pago de septiembre se podría sumar esa línea y volver a firmarlo por las partes.

Quienes elijan el formulario online también pueden sumarlo en “otros conceptos”, pero no pueden modificar un recibo ya emitido ni tampoco generar uno nuevo para el mismo período. Entonces, en el caso de haber realizado ya el recibo del pago de septiembre, deberían imprimir el formulario 102 y hacer manualmente el recibo de la primera cuota del bono, consignando solo ese concepto.

¿Si no tengo el dinero ahora, puedo retrasar el pago?

El bono es el resultado de una negociación entre trabajadores, empleadores y el Ministerio de Producción y Trabajo y las fechas para su cancelación son explícitas: octubre y diciembre. De todos modos, frente al caso excepcional de no contar con el dinero para abonar la primera cuota este mes, la alternativa sería postergarlo al mes siguiente, pero incluyendo un interés resarcitorio.

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

    TELEFONOS

    4585-3779 / 4585-4841, líneas rotativas

    EMAIL

    info@estudiopiacentini.com.ar / atencionclientes@estudiopiacentini.com.ar