Blog – Full Width

por

Se fijo el salario vital mínimo para los próximos diez meses

Influye en cambios en la prestación por desempleo.

Se oficializó un nuevo esquema de actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que regirá desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026. La medida quedó plasmada en la Resolución 9/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y fue aplicada de manera unilateral debido a que el Consejo del Salario no logró consensuar un monto entre los representantes sindicales y empresariales. La disposición también modifica el cálculo de la prestación por desempleo, que pasará a depender de los valores vigentes del salario mínimo.

Según informó la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el organismo tomó la definición luego de que la reunión del Consejo convocada para el 26 de noviembre fracasara por falta de acuerdo. Durante ese encuentro, realizado por videoconferencia, sindicatos y empleadores presentaron propuestas alternativas, pero ninguna obtuvo apoyo mayoritario. Con ese escenario, la Secretaría resolvió fijar los aumentos para asegurar la actualización del ingreso básico en el mercado laboral.

Salario mínimo: cómo queda el ingreso de los trabajadores hasta agosto de 2026 El esquema establece diez incrementos mensuales consecutivos del SMVM. El primer tramo, correspondiente a noviembre de 2025, fija un piso salarial de $328.400 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa. Para quienes cobran por hora, el valor inicial es de $1642. Estos montos alcanzan a empleados regidos por la Ley de Contrato de Trabajo, al personal agrario, a la administración pública nacional y a organismos estatales empleadores. En los casos de jornadas reducidas o modalidades especiales, los valores se aplican de manera proporcional.

A partir de diciembre de 2025, el salario mínimo pasa a $334.800. En enero de 2026 se eleva a $341.000 y en febrero alcanza los $346.800. Luego avanza a $352.400 en marzo y a $357.800 en abril. Desde mayo será de $363.000, en junio aumentará a $367.800 y en julio a $372.400. El tramo final, correspondiente al 1 de agosto de 2026, fija el SMVM en $376.600.

Los valores horarios acompañan la misma trayectoria ascendente. Desde diciembre ascienden a $1674; en enero suben a $1705; en febrero llegan a $1734; en marzo alcanzan los $1762; en abril avanzan a $1789; en mayo se ubican en $1815; en junio trepan a $1839; en julio llegan a $1862; y a partir de agosto, a $1883.

Cómo impactan los cambios en el salario mínimo en las prestaciones por desempleo La resolución también redefine el mecanismo de la prestación por desempleo. El beneficio se calculará como el 75% del salario mensual neto más alto que el trabajador haya percibido durante los últimos seis meses de la relación laboral. A su vez, se establecen límites vinculados directamente al salario mínimo: el monto no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente ni superior al 100%.

Con la resolución ya emitida, la Secretaría de Trabajo debe proceder a su registro y publicación para garantizar su entrada en vigencia. Cada tramo se aplicará automáticamente en las fechas fijadas, y los empleadores alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo y los regímenes especiales deberán adecuarse a los nuevos valores conforme avance el cronograma.

El SMVM influye de manera directa en los programas sociales y prestaciones que otorga la ANSeS, ya que muchos montos se fijan como un porcentaje de ese valor o usan su actualización para definir los topes de ingresos requeridos para acceder a los beneficios.

Estudio Piacentini

Diciembre 2025

por

Eliminación de aranceles a la importación de celulares y otros

Eliminación de aranceles a la importación de celulares y de impuestos internos, cómo impacta la medida 

El gobierno de Javier Milei  oficializó la eliminación gradual de los aranceles a la importación de teléfonos celulares y una reducción de impuestos internos a celulares, televisores y aires acondicionados importados, además de la eliminación para los producidos en Tierra del Fuego.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto Nº 333/25, y dispone la reducción del 16% al 8% de los aranceles para la importación de celulares (que se eliminarán en enero de 2026); una baja del 19% al 9,5% en impuestos internos a celulares, televisores y aires acondicionados importados; y la eliminación de ese mismo tributo para los producidos en Tierra del Fuego.  

NORMATIVA:

El Decreto 333/2025 implementa rebajas en impuestos y aranceles para varios productos electrónicos, como celulares, televisores y aires acondicionados. La medida busca bajar los precios y facilitar el acceso, eliminando progresivamente los aranceles de importación para celulares en dos etapas (reducción a 8% en mayo de 2025 y eliminación total en enero de 2026), además de reducir el impuesto interno a una tasa del 9,5% para estos productos y otros electrodomésticos. 

Resumen de las rebajas por producto

Celulares y consolas

  • Aranceles de importación:
    • Celulares: Baja del 16% al 8% desde mayo de 2025, y se elimina completamente a partir del 15 de enero de 2026.
    • Consolas de videojuegos: Pasan de pagar 35% a aplicar el Arancel Externo Común (actualmente 20%).
  • Impuesto interno:
    • Se reduce transitoriamente al 9,5% hasta diciembre de 2038 para celulares importados. 

Televisores y aires acondicionados

  • Impuesto interno:
    • Se reduce al 9,5% para los productos importados.
  • Excepción:
    • Los productos fabricados en Tierra del Fuego, bajo el régimen de la Ley 19.640, están exentos del impuesto interno (0%). 

Objetivo de la medida

  • Reducir el precio final de los productos para los consumidores.
  • Facilitar el acceso a bienes tecnológicos.
  • Promover la inclusión digital y el desarrollo tecnológico.
  • Reducir el contrabando.

Los celulares de Tierra del Fuego podrían tener margen para competir porque siguen teniendo 2 enormes beneficios fiscales: el 21% de IVA que no pagan,  y el impuesto interno de 9,5%, que ellos no pagan y que el importado tendrá que pagar

ESTUDIO PIACENTINI

Contadora Elisabet Piacentini

por

Ingresos Brutos – Saldos a favor- Imputación de forma recíproca entre la jurisdicción de CABA y Santa Fe.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Resolución (AGIP) 535/2025 – B.O. (02/12/2025).

Se establece, en el marco de un Acta Acuerdo suscripta entre los fiscos provinciales de las jurisdicciones de CABA y Santa Fe, un procedimiento para que los contribuyentes comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, que desarrollen actividades conjuntamente en dichas jurisdicciones, puedan solicitar la imputación reciproca de los saldos a favor del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos reconocidos por AGIP.

Los requisitos que establece el mencionado procedimiento son:
 

  • Haber presentado todas las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Operar efectivamente en ambas jurisdicciones.
  • No registrar deudas judiciales ni como agente de recaudación (incluyendo multas)No tener planes de facilidades vigentes.
  • No tener planes de facilidades vigentes.
  • No revestir el carácter de concursado o fallido.
  • No registrar un cargo de fiscalización abierto.
  • No registrar acogimientos a planes de facilidades de pago cuyo estado sea vigente.
  • No hallarse inscripto en los diversos Distritos Económicos y/o Regímenes de Promoción Económica vigentes

El trámite de solicitud de imputación del saldo a favor del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos se realizará mediante la funcionalidad “Imputación Provincia de Santa Fe” implementada en el Sistema de Nueva Cuenta Corriente Tributaria, a la que se accederá con Clave miBA Nivel 3.

Los contribuyentes que realicen este trámite deberán manifestar, con carácter de declaración jurada, siempre que la solicitud haya sido aprobada, que renuncian a solicitar la repetición del importe a imputar a obligaciones tributarias futuras de la provincia de Santa Fe. Asimismo, en caso de haber interpuesto con anterioridad un reclamo de repetición, deberán desistirlo de manera previa a la utilización del procedimiento de imputación recíproca.

La aprobación de la solicitud del contribuyente será comunicada al Domicilio Fiscal Electrónico de este. El importe del saldo a favor autorizado para su imputación en la jurisdicción de la provincia de Santa Fe no podrá superar la suma de $10.000.000,00 por contribuyente del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos ni superar el monto mensual de $100.000.000,00 entre la totalidad de contribuyentes autorizados.

Cabe mencionar que los procedimientos de imputación del saldo a favor podrán ser efectuados recién a partir del 01/01/2026.



por

Ya tenemos los mínimos para estimar y liquidar Bienes personales 2025

Actualización de valores a tener en cuenta para el período 2025

Con la publicación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que suministró el Instituto de Estadística y Censos (INDEC) para el mes de octubre, se produce la actualización anual en el Impuesto sobre los Bienes Personales para el período 2025, de los siguientes conceptos:

  • El mínimo no imponible sería de $ 384.728.044,57; 
  • Los inmuebles destinados a casa-habitación no estarán alcanzados por el gravamen cuando su valuación resulte igual o inferior a $ 1.346.548.155,99.
  • El mínimo para la Declaración Jurada Informativa sería a partir de $ 196.963.134,52
  • Escalas Bienes personales período 2025.

A continuación, realizamos un repaso de dónde surgen y como se calculan estas actualizaciones, los cuales aún no han sido publicados en forma oficial por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

El artículo agregado a continuación del artículo 24 de la Ley 23.966 establece lo siguiente:  

“Los montos previstos en el artículo 24 y en el artículo 25, se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que suministre el Instituto de Estadística y Censos, correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior…”

El cálculo del coeficiente sería el siguiente:

FechaValor del Índice
1/10/20247.313.954.200
1/10/20259.603.862.300
Coeficiente1,313087563

Los importes que se actualizan para el período fiscal 2025, serían los siguientes: 

ConceptoValor del período fiscal 2024Coeficiente de Actualización 2025Valor del período fiscal 2025
– Mínimo no imponible$ 292.994.964,891,313087563$ 384.728.044,57
– Inmuebles exentos destinados a casa-habitación$ 1.025.482.377,13$ 1.346.548.155,99
– DDJJ Informativa$ 150.000.000,00$ 196.963.134,52

Escala del impuesto

Partiendo de la tabla correspondiente al período fiscal 2024:

Valor Total de los Bienes que exceda el MNIPagaran $Más el %Sobre el excedente de $
Más dea Pesos
040.107.213,860,50%
40.107.213,8686.898.963,43200.536,070,75%40.107.213,86
86.898.963,43240.643.283,28551.474,191,00%86.898.963,43
240.643.283,28en adelante2.088.917,391,25%240.643.283,28

Y aplicando el coeficiente de actualización 1,313087563, llegamos a las siguientes escalas que serían aplicables al período fiscal 2025:

Valor Total de los Bienes que exceda el MNIPagaran $Más el %Sobre el excedente de $
Más dea Pesos
052.664.283,7300,50%0
52.664.283,73114.105.948,16263.321,420,75%52.664.283,73
114.105.948,16en adelante724.133,891,00%114.105.948,16

Fuente Trivia

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

    TELEFONOS

    4585-3779 / 4585-4841, líneas rotativas

    EMAIL

    info@estudiopiacentini.com.ar / atencionclientes@estudiopiacentini.com.ar