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Exportación de servicios liberación del limite anual

Exportación de servicios

Nueva Resolución A 8330 del Banco Central

500.000 freelancer argentinos venden servicios al exterior: buenas noticias!

Levantaron el  límite para cobrar exportaciones de servicios: todas se podrán cobrar en dólar billete en tu cuenta en dólares del banco (antes había cupo de 36.000 dólares anuales)

Además, muy importante, los bancos tienen prohibido cobrar comisiones cuando entran divisas del exterior, ventas, ayudas familiares, etc. a cuentas de personas residentes en Argentina

Las ventas de servicios al exterior vienen subiendo cada año, Argentina es la que más exporta servicios en la región. Y esto le dará más impulso aun, porque anteriormente con los límites y las comisiones de los bancos, muchos contribuyentes  decidían dejar el dinero en el exterior, en cuentas o billeteras, criptos, etc.

Como es la operatoria?   El banco mandara mail cuando llegue la cobranza del exterior, y el contribuyente debe en ese momento emitir y presentar la factura E de exportación, y se procede a ingresar los dólares

Queda aclarado, que no está permitido que el dinero producido de las exportaciones quede en el exterior, debe liquidarse en el país.

La venta de servicios al exterior es  UNA EXPORTACIÓN, (los servicios deben ser usados  y explotados en el exterior por la empresa compradora)

En los últimos tiempos con la gestión de Milei se había  facilitado la cobranza de estas exportaciones a los FreeLancer argentinos, llevando el límite anual  hasta 36.000 dólares anuales, anteriormente era 12.000 dólares y luego 24.000,00 anual.

Actividades beneficiadas con la liberación del techo  anual en dólares sin liquidar en mercado de cambio.

•             Mantenimiento y reparaciones

•             Servicios de construcción

•             Servicios de telecomunicaciones

•             Servicios de informática

•             Servicios de información

•             Cargos por el uso de la propiedad intelectual

•             Servicios de investigación y desarrollo

•             Servicios jurídicos, contables y gerenciales

•             Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas

•             Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos

•             Servicios relacionados con el comercio

•             Otros servicios empresariales

•             Servicios audiovisuales y conexos

•             Otros servicios personales, culturales y recreativos (incluye Otros servicios de salud)

Que impuesto paga la exportación de servicios?

Está exento en IVA

Está exento en ingresos brutos por ser una exportación

Se puede ser monotributista y exportar servicios, mientras no se pase de la facturación  máxima del último tramo de monotributo.

En caso de responsable  Inscripto en IVA: paga impuestos a las Ganancias en la ddjj anual como cualquier venta, al tipo de cambio del día de la emisión de la factura E.

Como beneficio adicional en estos últimos meses, podemos decir que los bancos bajaron sustancialmente las comisiones, antes cobraban un cargo fijo cada vez que entraba dinero del exterior, ahora algunos ya no cobran comisión y otros lo han ajustado a un porcentaje del monto que entra.

La gran facilidad para exportar servicios, es que no hay que anotarse en Aduana como exportador, esa anotación es solo para exportar o importar bienes

Hay que tener despachante? NO

Como se cobra?  Deben girar por transferencia desde el exterior, avisar al banco para que te indiquen como tu cliente debe hacer la transferencia, cuando llegue el dinero, el Banco  te pedirá copia de la factura E, sino presentas la copia no permiten que entre el dinero al país. La entrada de divisas, debe ser dentro de los 20 días de la emisión de la Factura E, tener en cuenta  este dato.

Como se factura? Es muy simple su Facturacion se emite factura E, monto en dólares y el sistema agrega el tipo de cambio del día, se debe detallar a quien se vende, nombre, dirección, país.

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Obras sociales que aceptan monotributistas como cambiarse y adherir familiares

Obras sociales para monotributistas: listado completo vigente a septiembre 2025.

La Superintendencia de Servicios de Salud publicó el listado completo de obras sociales que aceptan monotributistas en septiembre 2025.

Conoce cómo afiliarte, cambiar de prestadora o sumar familiares a la cobertura.

Los monotributistas pueden elegir entre distintas obras sociales habilitadas por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) para septiembre 2025.

El monotributo contempla dentro de su cuota mensual un aporte destinado a la obra social, lo que permite acceder a la cobertura médico-asistencial.

Sin embargo, la afiliación no es automática: cada contribuyente debe realizar el trámite de alta de manera independiente en la prestadora elegida.

De acuerdo con la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), los monotributistas pueden consultar el listado oficial de obras sociales habilitadas y gestionar la inscripción presentando:

  • Original y fotocopia del último comprobante de pago.
  • Documento Nacional de Identidad (original y copia).
  • Formulario 184/F (descargable desde el portal de monotributo).
  • Formulario 152 (credencial de pago).

Cambio de obra social

El cambio de obra social puede gestionarse a través del servicio web “Mi SSSalud”, disponible con clave fiscal nivel 3.

La normativa establece que solo puede realizarse una vez por año calendario (de enero a diciembre) y que el afiliado debe permanecer al menos 12 meses en la misma obra social antes de volver a optar por otra.

Unificación de aportes y familiares a cargo

El sistema permite unificar aportes con el cónyuge, siempre que ambos estén inscriptos en la misma obra social.

Asimismo, es posible incorporar familiares a la cobertura abonando un adicional mensual por cada uno.

El trámite se inicia en el portal de Monotributo, donde el sistema permite cargar el CUIL del adherente, seleccionar el vínculo familiar y emitir un nuevo Formulario 184 junto con la credencial actualizada de pago.

Declaración jurada de salud

Luego del alta, el contribuyente debe presentar la declaración jurada 300/97 en ANSES, lo que garantiza la cobertura médica desde el inicio.

La “Declaración Jurada de Trabajadores Autónomos/Monotributistas que se incorporan al SIPA” se descarga desde www.arca.gob.ar/formularios y debe presentarse junto con el F.184 en las oficinas de ANSES.

Listado completo de obras sociales habilitadas (septiembre 2025)

Según el Sistema de Registro de Delegaciones para Opciones de Cambio, las siguientes obras sociales y entidades de medicina prepaga aceptan la afiliación de monotributistas al 15 de septiembre de 2025:

Administración Recursos para Salud S.A.

Obra Social de la Asociación Civil Prosindicato de Amas de Casa de la República Argentina (OSSACRA)

Obra Social Profesionales del Turf de la República Argentina (OSPROTURA)

Obra Social de Ministros, Secretarios y Subsecretarios (OSMISS)

Obra Social de los Trabajadores de la Carne y Afines de la República Argentina (O.S.T.C.A.R.A.)

Obra Social Asociación Mutual de los Obreros Católicos Padre Federico Grote (O.S.A.M.O.C)

Obra Social de Conductores Titulares de Taxis de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (O.S.TAX.B.A)

Obra Social Programas Médicos Sociedad Argentina de Consultoría Mutual

Obra Social del Personal de Barracas de Lanas, Cueros y Anexos

Obra Social de Operadores Cinematográficos (OSOC)

Obra Social de Colocadores de Azulejos, Mosaicos, Graniteros, Lustradores y Porcelaneros (OSCAMGLYP)

Obra Social del Personal de Distribuidoras Cinematográficas de la R.A. (OSPEDICI)

Obra Social para el Personal de la Industria Forestal de Santiago del Estero (OSPIFSE)

Obra Social de Maquinistas de Teatro y Televisión

Obra Social de Músicos (OSDEM)

Obra Social de Comisarios Navales

Obra Social de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (OSTPBA)

Obra Social del Personal de Prensa de Mar del Plata (OSPREN)

Obra Social de Empleados de Prensa de Córdoba (OSEPC)

Obra Social de Agentes de Propaganda Médica de la República Argentina (OSAPM)

Obra Social de Viajantes Vendedores de la República Argentina (ANDAR) (OSVVRA)

Obra Social del Personal de la Industria del Vidrio (OSPIV)

Obra Social de Trabajadores de Perkins Argentina S.A.I.C (OSTP)

Obra Social de Peones de Taxis de la Capital Federal (OSPETAX)

Obra Social de la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (OSFATUN)

Obra Social de Conductores de Remises y Autos al Instante y Afines (OSCRAIA)

Obra Social de Obreros y Empleados Tintoreros, Sombrereros y Lavaderos de la República Argentina (OSOETSYLARA)

Obra Social de Farmacéuticos y Bioquímicos (OSFYB)

Obra Social del Personal de Dirección de la Industria Cervecera y Maltera (SERVESALUD)

Obra Social del Personal Directivo de la Industria de la Construcción (OSDIC)

Obra Social del Personal de Dirección de la Industria Metalúrgica y demás Actividades Empresarias (OSIM)

Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas (OSDEPYM)

Obra Social Mutualidad Industrial Textil Argentina (OSMITA)

Obra Social Asociación de Servicios Sociales para Empresarios y Personal de Dirección de Empresas del Comercio, Servicios, Producción, Industria y Civil (ASSPE)

Obra Social de Dirección OSDO

Obra Social de Dirección de la Actividad Aerocomercial Privada

Mutual Médica Concordia

Asociación Mutual de Participantes de Economía Solidaria (AMPES)

Met-Córdoba SA

Asociación Mutual del Control Integral (AMCI)

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Nueva estafa que vincula a la ex AFIP: cómo reconocerla y evitar que roben tus datos

  • Qué recomienda ARCA a los contribuyentes para que no sean engañados.
  • Tips claves para protegerse de posibles futuros ataques.

Un nuevo fraude digital circula por los correos electrónicos de los argentinos. Se trata de una campaña de phishing que utiliza el nombre de la AFIP, actual ARCA, para engañar a los contribuyentes con una supuesta multa pendiente y, en realidad, infectar sus computadoras.

El protagonista de esta campaña es Grandoreiro, un virus muy activo que que roba datos bancarios en Latinoamérica. Empezó a funcionar en 2017, atacando principalmente a Brasil y México. A partir de 2019, amplió su objetivo a España, y más tarde, también a Argentina.

La advertencia llega de la mano de ESET, compañía líder en detección proactiva de amenazas, que alerta sobre los detalles de este engaño y explica cómo identificar las señales que confirman que no se trata de un comunicado oficial, sino de un intento de robo de datos.

Un nuevo fraude digital usa el nombre de la ex AFIP para engañar a contribuyentes.

Cómo funciona la estafa que vincula a la ex AFIP

El nuevo ataque de phishing que está circulando en el país es un correo electrónico que aparenta ser enviado por la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), hoy llamada ARCA, con el asunto de una supuesta multa pendiente.

El mensaje incluye un enlace para “Ver Documento Fiscal”. Si la persona hace clic, en lugar de abrir un PDF, se descarga un archivo que, al ejecutarse, instala el troyano bancario Grandoreiro.

¿Cómo identificar un mail falso?

ESET señala varias señales que alertan sobre el fraude:

  • Remitente sospechoso: el correo proviene de serviciosarca@sfip.com, que mezcla el viejo nombre “AFIP” con el nuevo “ARCA”.
  • Enlaces peligrosos: el archivo descargado no es un documento oficial, sino un programa malicioso.
  • Formato poco profesional: errores en el diseño o en la redacción del correo.

¿Qué dice ARCA sobre esta estafa?

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió un comunicado oficial confirmando que estos correos son totalmente falsos. En tanto pidió a los contribuyentes.

  • No hacer clic en los enlaces.
  • No descargar archivos.
  • Denunciar reenviando el mensaje a phishing@arca.gob.ar.

Además, aclararon que ninguna comunicación que mencione a la AFIP es oficial, ya que la denominación del organismo cambió.

¿Qué es el troyano bancario Grandoreiro?

Grandoreiro es un malware activo desde 2017 que se usa para robar información de usuarios, principalmente en Brasil, México, España y, desde 2023, también en Argentina.

Según Camilo Gutiérrez Amaya, Jefe de Investigación de ESET Latinoamérica, este virus puede:

  • Robar contraseñas guardadas en Google Chrome y Microsoft Outlook.
  • Manipular la computadora a distancia.
  • Bloquear el acceso a sitios web de bancos.
  • Registrar pulsaciones de teclado y obtener direcciones web visitadas.

¿Cómo protegerse de este tipo de ataques?

  • Revisar siempre el remitente del correo.
  • No descargar archivos ZIP ni ejecutar programas recibidos por email.
  • Mantener actualizado el antivirus y el sistema operativo.
  • Activar la autenticación en dos pasos para las cuentas bancarias y de correo.
  • Ante cualquier duda, contactar al organismo por sus canales oficiales.

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Adicional por antigüedad en personal de casa de familia

Servicio Doméstico: Cómo calcular el Adicional por Antigüedad 2025

Conoce cómo aplicar correctamente el adicional por antigüedad en el sueldo del servicio doméstico, con ejemplos claros y fórmulas fáciles de entender.

Estamos en septiembre, y como cada año desde que se implementó el adicional por antigüedad en el régimen del servicio doméstico, este mes es clave para revisar y actualizar las liquidaciones.

Si tu empleada doméstica comenzó a trabajar en septiembre de 2021 o antes, corresponde sumar un nuevo porcentaje al sueldo en concepto de antigüedad.

Este ajuste anual puede parecer menor, pero es obligatorio y tiene impacto directo en el salario mensual. Como especialista en la redacción de artículos sobre liquidación de sueldos, en esta guía te explico exactamente cómo calcular este adicional, cuándo corresponde aplicarlo y qué errores evitar.

¿Qué es el Adicional por Antigüedad en el Servicio Doméstico?

Desde septiembre de 2021, el régimen de empleadas del servicio doméstico en Argentina incluye un adicional por antigüedad del 1% por cada año trabajado, calculado sobre el salario mensual según la categoría correspondiente.

Marco legal

El artículo 3 de la resolución 2/2021 de CNTCP, estableció el adicional salarial por “Antigüedad” para el Servicio Doméstico, equivalente a un 1% por cada año de antigüedad de la trabajadora en su relación laboral, sobre los salarios mensuales.

Este adicional no es retroactivo y se paga solo por los años cumplidos a partir de septiembre de 2021. Es decir, si una empleada comenzó a trabajar en julio de 2020, el primer adicional se aplicará en septiembre de 2022, cumpliendo un año desde la fecha de inicio del cómputo.

Esto no implica, que los empleadores no puedan pagar un adicional por antigüedad por periodos anteriores a septiembre 2021. Solo no están obligados a hacerlo.

¿Desde cuándo se aplica?

El adicional se aplica una vez que se cumple el primer año a partir de septiembre de 2021, no desde la fecha de ingreso si fue anterior. Esto lo aclaro porque: muchos empleadores confunden el momento de inicio del cómputo.

¿Cómo se Calcula?

Fórmula básica

 Adicional Antigüedad = 1% x (Años trabajados desde septiembre 2021) x (sueldo  mensual)

Ejemplos prácticos

Mensualizados

  • Categoría: Tareas Generales con retiro
  • Fecha de ingreso: 2/05/2015
  • Liquidación: Mensual
  • Período: Septiembre 2025

El monto de la categoría Tareas Generales con retiro para septiembre 2025 es de $374.541,36 (ver escala completa).

Ahora, a ese monto debemos aplicarle el 5% de antigüedad, entonces el adicional quedaría en:

374.541,36 x 1% x 5 = $18.727,068

Si bien la antigüedad es de más de 10 años, a septiembre 2025 sólo contamos esta desde el 1 de septiembre 2020.

Por lo tanto, el monto total a pagar será la suma de 374.541.36 + 18.727,07= $393.268,43

Pago por hora

  • Categoría: Tareas Generales con retiro
  • Fecha de ingreso: 15/03/2015
  • Liquidación: por hora
  • Período: Septiembre 2025

En el caso de pago por hora, el procedimiento es el mismo, deberemos tomar el valor hora y aplicarle el 1% de antigüedad por año, en este caso dos.

El valor hora para la categoría de tareas generales con retiro desde septiembre 2025 es de $3.052,99, si en septiembre trabajó 64 horas, el pago sería:

3.052,99 x 64 = $195.391,36

Y el adicional por antigüedad sería el 1% sobre esa suma:

195.391,36 x 1% x 5 = $9.769,57

En tanto, el total a pagar sería de 195.391,36 + 9.769,57 = $205.160,93

¿Qué debo tener en cuenta al Liquidar el Sueldo?

  1. Base de cálculo: El adicional se calcula sobre la remuneración del mes, incluye el monto mensual y otros adicionales, como zona.
  2. Jornada laboral: si la empleada trabaja media jornada, se aplica sobre su salario proporcional.
  3. Adicional Zona: también incluye el adicional zona como base de cálculo.
  4. Recibos de sueldo: es fundamental que el adicional esté detallado claramente en el recibo, como por ejemplo: “Adicional por Antigüedad”.

Muchos empleadores no incluyen este detalle en el recibo, lo cual puede generar conflictos legales en el futuro. Por eso, tengan en cuenta incluir de manera detallada el adicional.

¿Cómo verificar el Cálculo?

Una excelente herramienta que recomiendo es lacalculadora de sueldos de servicio doméstico .Permite ingresar los datos de antigüedad, jornada, categoría y calcular el sueldo final.

¿Qué pasa si no se paga el adicional?

No pagar el adicional es no cumplir con la normativa laboral del régimen de Casas Particulares, implicará reclamos legales, sobre todo si la relación se termina y la trabajadora exige diferencias salariales. La antigüedad debe formar parte integral del sueldo.

Impacto en aguinaldo y vacaciones

El adicional por antigüedad integra la base de cálculo del SAC (aguinaldo), las vacaciones y las licencias pagas. Es decir, forma parte de la remuneración habitual y debe considerarse en todos esos conceptos.

Por último, calcular el adicional por antigüedad del servicio doméstico es más simple de lo que parece. Solo hay que tener claros los años trabajados desde septiembre 2021, la categoría y el sueldo mensual. Pero siempre consulten con un Contador Público matriculada para un correcto asesoramiento en este y otros temas relacionado con la liquidación.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se cuenta la antigüedad?
Desde el 1/9/2020, aunque el trabajador haya ingresado antes.

¿Qué pasa si ingresó después de 2020?
Se cuenta desde la fecha real de ingreso.

¿Se aplica sobre el sueldo básico o con adicionales?
Sobre el básico de convenio de la categoría.

¿Cómo lo informo en el recibo?
Debe figurar como concepto separado: “Adicional por Antigüedad – X años”.

¿Se toma el adicional zona?
Si, se toma el adicional zona y cualquier otro adicional que pague el empleador.

Fuente: Ignacio On line

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Como sufrir menos retenciones y percepciones de ingresos brutos en Arba

Exclusión de regímenes de recaudación en ARBA

Cómo solicitar la exclusión de regímenes de recaudación o la atenuación de alícuotas

la normativa de ARBA para que una PyME con saldo a favor de Ingresos Brutos (convenio multilateral) por más de seis meses pueda solicitar la exclusión de retenciones/percepciones o la atenuación de alícuotas.

el procedimiento para solicitar la exclusión y/o reducción de las alícuotas de retención y/o percepción en el impuesto sobre los ingresos brutos se encuentra regulado por la RN(ARBA Bs As) 64/2010, recientemente modificada por la RN (ARBA Bs As) 26/2025.

El trámite debe realizarse de manera digital a través de la aplicación informática disponible en el sitio web de ARBA (www.arba.gob.ar), accediendo con la CUIT y CIT. Una vez validado el acceso y completada la información requerida por la aplicación, se habilitarán las opciones correspondientes para solicitar la reducción o atenuación de las alícuotas de recaudación.

Requisitos para acceder al beneficio:

  • Estar inscripto en el impuesto.
  • Haber presentado las declaraciones juradas correspondientes a los últimos 12 meses.
  • Contar con saldos a favor en al menos 3 de los meses anteriores a la solicitud.
  • No registrar deudas en ejecución judicial.

ARBA podrá requerir información o documentación adicional a través del Sistema Integral de Reclamos y Consultas (SIRyC). En caso de no presentar la documentación solicitada dentro del plazo de 10 días hábiles, el trámite perderá validez, sin perjuicio de poder iniciar una nueva solicitud.

La reducción o atenuación de alícuotas tendrá una vigencia máxima de 6 meses y se verá reflejada en los padrones utilizados por los agentes de recaudación para aplicar los regímenes de retención y percepción.

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Profesionales en CABA están exentos de ingresos brutos

Pero, si tu profesión está sujeta a estar matriculados porque tenes Colegio o Consejo profesional de tu profesión, debes tener matricula para estar exento en CABA, ejemplo: abogado, contador, licenciado administracion, económica, odontólogos, médicos,  etc.

Los profesionales independientes continuarán exentos de ingresos brutos, se confirmó el año pasado, en CABA

Recordamos que mediante el inciso 8 del artículo 296 del Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires establece que estarán exentos del pago de ingresos brutos “los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales universitarias de grado oficialmente reconocidas, cuya carrera tenga una duración no inferior a cuatro (4) años y no se encuentre organizada en forma de empresa.”.

Destacamos que esta exención aplica de pleno derecho y no requiere de empadronamiento ni de inscripción en el impuesto para gozar de la misma, pero aconsejamos anotarse en el Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos”  para mostrar a los terceros y que no te retengan iibb

Se entiende por profesión liberal universitaria al ejercicio profesional habilitado en virtud de los títulos obtenidos en carreras de grado con duración mayor a cuatro (4) años dictadas por universidades oficialmente reconocidas por la autoridad competente, excluyendo las carreras y títulos intermedios.

No son consideradas profesiones liberales universitarias aquellas carreras que tienen carácter terciario, aunque las mismas fueran dictadas por universidades oficialmente reconocidas.

El reconocimiento de la exención está subordinado a la acreditación de la inscripción en la matrícula respectiva, cuando el ejercicio profesional así lo requiera.

La exención no comprende a los ingresos provenientes del ejercicio de profesiones por las cuales no se hubiera extendido título habilitante, resultando insuficiente a los efectos de la franquicia tributaria la extensión de certificados, aun cuando fueran expedidos por una universidad oficialmente reconocida.

¿Es necesaria la inscripción en el “Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos”?

La inscripción en el registro es optativa y voluntaria, y tiene por finalidad exteriorizar la situación de exento frente a terceros, a los fines de evitar ser pasibles de retenciones y/o percepciones en el impuesto sobre los Ingresos Brutos de Ciudad de Buenos Aires por parte de los Agentes de Recaudación e Información.

Asimismo, también se puede acreditar la exención ante terceros mediante la entrega de una nota con carácter de declaración jurada donde se haga mención de la normativa aplicable.

Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos

Este trámite permite la inscripción voluntaria de sujetos que ejercen su profesión liberal universitaria no organizada en forma de empresa en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentran exentos de pleno derecho al pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme al artículo 303 inciso 8 del Código Fiscal

Realizando el registro, dichos sujetos dejaran de estar alcanzados por las retenciones y/o percepciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por parte de los Agentes de Recaudación e Información.

Importante: Para que los ingresos derivados de la actividad profesional resulten exentos, es necesario que la carrera de grado universitaria posea una duración no inferior a 4 años, por lo cual en el transcurso del trámite se te solicitarán una serie de datos complementarios.

Tener presente que para poder realizar el registro, previamente deberás contar con Clave Ciudad y tener adherido el servicio “Registro de Profesionales autodeclarados exentos”.

SOLICITUD WEB

  • Logueate en la página web de la AGIP con tu CUIT y Clave Ciudad. Ingresá al servicio “Registro de Profesionales autodeclarados exentos”:
  • Completa los campos vacíos con la siguiente información y al finalizar hace clic en “Enviar Solicitud”:
  • Datos Personales: Apellido y Nombre, N° de CUIT, E-mail.
  • Datos título: Título Obtenido, Fecha de expedición del título, Duración de la carrera, Universidad.
  • Datos matrícula: en caso de corresponder; Tomo y Folio, Fecha de inscripción en matricula.
  • Datos empleados: en caso de corresponder; cantidad de empleados.
  • Adjuntar documentación digitalizada del Título y matrícula en formato “pdf”:

Vas a recibir un e-mail con las instrucciones para confirmar el registro y habilitar tu usuario en la aplicación. En caso que desees realizar alguna modificación hace clic en la opción “Modificar Datos”:

En el correo electrónico que declaraste vas a recibir un mail con las siguientes características:

Una vez que hayas ingresado al link de confirmación, vas a poder visualizar la siguiente pantalla:

Si el proceso se realizó con éxito, vas a visualizar el siguiente mensaje:

  • El Organismo comunicará vía mail si fuiste incluido o rechazado del Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos.

En caso de haber sido rechazado, la comunicación será la siguiente:

En caso de haber sido incluido en el Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos deberás ingresar nuevamente al aplicativo e imprimir la constancia:

IMPORTANTE: La permanencia en el presente Registro dependerá de que el contribuyente no modifique la situación frente al impuesto.

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    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
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