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Ya llego la declaración jurada simplificada de ganancias

Impuesto a las Ganancias. Se implementa la opción para utilizar la modalidad simplificada de declaración jurada

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, a través de la Resolución General 5704/2025 establece el procedimiento para adherirse al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias, conforme a lo dispuesto en el Decreto PEN 353/2025.

Esto busca reducir la carga administrativa para los contribuyentes, sin afectar la capacidad de control fiscal por parte de ARCA.

Sujetos que pueden adherirse

  • Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, que sean contribuyentes o responsables del gravamen.

Contenido de la Declaración Jurada

  • Se conformará a partir de la información disponible en este Organismo, junto con la proporcionada por los contribuyentes, responsables y/o terceros.
  • Quienes opten y presenten la declaración jurada por la modalidad simplificada quedarán exceptuados de cumplir con la obligación de informar su patrimonio.

Ejercicio de la opción

  • Es aplicable a los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025, inclusive.

Forma de solicitar la adhesión

  • Se deberá acceder al servicio “Sistema Registral/Ganancias PH Simplificada”, disponible en el sitio “web” de ARCA.
  • Los solicitantes serán caracterizados con el código “618-Ganancias PH Simplificada”.
  • Podrán adherirse a partir del día 1 de junio de 2025 y hasta el día anterior al primer vencimiento general de la presentación de la declaración jurada del correspondiente período fiscal.

Requisitos para la adhesión

a) Posean Clave Fiscal Nivel de Seguridad 3.

b) No posean la CUIT con estado administrativo limitado.

c) No se encuentren comprendidos en los segmentos 11 o 12, conforme a la clasificación que efectúa ARCA en función de la significación fiscal a nivel país y/o regional. Dicha segmentación podrá consultarse en el servicio “Sistema Registral”, menú “Consulta”, opción “Datos registrales”, ítem “Datos fiscales”:

¿Cuáles son los criterios utilizados para la segmentación y dónde se consulta la misma?

ARCA clasifica a los contribuyentes en función de la significación fiscal a nivel país y/o regional en segmentos. Los criterios surgen de definiciones internas que no están publicados. Los contribuyentes más relevantes son los que quedan clasificados como 11 o 12.

Desistimiento 

Quienes hubieran ejercido la opción para el ejercicio fiscal 2025 podrán desistir en cualquier momento, antes de la presentación de la declaración jurada, ingresando al servicio “Sistema Registral/Ganancias PH Simplificada”. 

Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes podrán optar, a partir del período fiscal 2025, por una modalidad simplificada para declarar el Impuesto a las Ganancias, que las exceptúa de informar el patrimonio. La adhesión podrá realizarse del 1 de junio hasta el día anterior al primer vencimiento general. Aplica a contribuyentes con CUIT activa, Clave Fiscal nivel 3 y que no integren los segmentos 11 o 12 definidos por ARCA. La opción puede desistirse antes de presentar la DDJJ. Los adherentes serán caracterizados con el código “618-Ganancias PH Simplificada”. 

Resolución General (ARCA) Nº 5704/2025 (BO 30/05/2025)


Resolución General (ARCA) Nº 5704/2025 (BO 30/05/2025)

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Los bancos no pueden pedir DDJJ de impuestos a los clientes

23 mayo, 2025 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) derogó la RG 5125/2022 y vuelve a prohibir que bancos y otros sujetos obligados exijan declaraciones juradas de impuestos a sus clientes. La medida busca proteger el derecho al secreto fiscal.

La Resolución General 5696/2025, publicada el 23 de mayo de 2025 por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), restablece la prohibición de exigir declaraciones juradas impositivas como requisito para brindar servicios.

Con esta norma se abroga la RG 5125, restableciendo los principios que amparan al secreto fiscal consagrado en el artículo 101 de la Ley 11.683 y en el Código Penal (arts. 156 y 157).

 ¿Qué cambia con esta resolución?

Hasta ahora, muchos sujetos obligados (bancos, aseguradoras, sociedades de bolsa, etc.) solicitaban declaraciones juradas de Ganancias o Bienes Personales como parte de los requisitos para acceder a productos o servicios. Desde hoy:

  • No pueden exigir DJI impositivas a los clientes.
  • Hacerlo se considerará una infracción y podrá ser sancionado.
  • La renuncia al secreto fiscal debe ser voluntaria y no condicionada.

¿A quiénes aplica?

La resolución aplica a todos los sujetos obligados enunciados en el artículo 20 de la Ley 25.246 de prevención del lavado de activos, entre ellos:

  • Entidades financieras
  • Agentes del mercado de capitales
  • Empresas aseguradoras
  • Escribanos, contadores, abogados, etc.

¿Qué busca proteger esta norma?

ARCA considera que condicionar un servicio al aporte de declaraciones juradas desnaturaliza el derecho al secreto fiscal, especialmente en contextos donde existe una fuerte asimetría entre el proveedor y el consumidor.

Además, se argumenta que con el Sistema de Finanzas Abiertas que impulsa el BCRA, ya no es necesario exigir este tipo de documentos para conocer el perfil económico de una persona.

Además esta vigente el LUFE, legajo único y financiero,  donde esta cargado el certificado pyme y datos económicos de las pymes , donde los bancos y SGR pueden consultar toda la información para dar créditos y actualizar carpetas

 Vigencia

La resolución rige desde el 23 de mayo de 2025, fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

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Facturas a Consumidor final sin pedir DNI

ARCA: los comercios ya no deberán pedir el DNI a los clientes en compras menores a $10 millones

 27 de mayo de 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanza un paso más en la oficialización de las medidas tomadas el pasado jueves. Dentro de los anuncios clave del organismo a cargo de Juan Pazo, se destacó la eliminación de algunos régimenes informativos y la elevación de umbrales para el inicio de investigaciones fiscales.

Se publicó la Resolución General 5700/2025 en el Boletín Oficial, que elevó a $10.000.000 el monto a partir del cual corresponde identificar al adquirente, locatario, o prestatario cuando actúe como consumidor final. Una vez superado ese umbral, deberá consignarse su CUIT, CUIL, CDI o DNI (en caso de extranjeros, documento del país de origen o pasaporte).

En paralelo, también se amplía a $500.000 el monto de operaciones que pueden documentarse mediante el sistema simplificado del “Facturador”.

ARCA elevó los umbrales para iniciar investigaciones Además, la Agencia de Recaudación de Control Avanzado (ARCA), ex AFIP, estableció nuevos límites mínimos que disparan la obligación de informar o la posibilidad de ser fiscalizado:

Transferencias/acreditaciones: $50 millones (personas físicas) y $30 millones (jurídicas)

Extracciones en efectivo: $10 millones para ambos

Saldos bancarios: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)

Plazos fijos: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)

Billeteras virtuales: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)

Sociedades de bolsa: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)

Compras como consumidor final: hasta $10 millones sin identificación ni reporte

A su vez, las Resoluciones 5697 y 5698/2025 también eliminan varios regímenes de información obligatorios, entre ellos:

Reportes de consumos con tarjetas y billeteras virtuales

El sistema CITI Escribanos, que obligaba a informar operaciones notariales desde $10 millones

Informes de compra-venta de vehículos usados

Reporte de expensas desde $32.000

Declaración del COTI al publicar inmuebles en venta

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Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos

Se trata de un paquete de medidas tendientes a flexibilizar los regímenes de información y control aplicables a las operaciones efectuadas por personas humanas y jurídicas. 

Su implementación se dará en dos etapas:

  • Primer Etapa: mediante un Decreto del Poder Ejecutivo y adecuaciones reglamentarias por parte de los Organismos de contralor (ARCA, UIF, BCRA)
  • Segunda Etapa:  elaboración de un proyecto de ley que será remitido al Congreso Nacional donde se modificará el Régimen Penal Cambiario, Penal Tributario y la Ley de Procedimiento Fiscal para otorgar seguridad jurídica. 

¡IMPORTANTE! 

Ninguna de las normas que se dicten en el marco de este régimen liberarán de las obligaciones impuestas por la legislación vigente orientada a prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

Implementación de la Primer Etapa

Mediante el Decreto PEN 353/2025 publicado en el Boletín Oficial el 23/05/2025 se dispone la simplificación y desregulación de todos los trámites involucrados en la inversión y en la adquisición de bienes, en el marco de los estándares, buenas prácticas, guías y pautas actualmente vigentes conforme a los compromisos internacionales asumidos por la Argentina

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­En que cambiaron los anticipos de impuestos a las ganancias

  RG 5685/2025 – ARCA
ANTICIPOS IMPUESTO A LAS GANANCIAS
MODIFICACIÓN ­
ARCA, a través de la RG 5685/2025, adecuó el Régimen de Anticipos del Impuesto a las Ganancias para Sociedades y Personas Humanas
Sociedades:
Reducción de la cantidad de anticipos a NUEVE (9) pagos anuales, calculados sobre la base de un porcentaje fijo del impuesto determinado, equivalente a 11,11% cada uno.
Vigencia:
Anticipos correspondientes a ejercicios comerciales cuyos cierres se produzcan a partir del mes de diciembre 2025, inclusive.
Personas humanas y sucesiones indivisas:
Para calcular los anticipos, se actualizarán tanto los resultados netos, como deducciones personales, tramos de la escala del impuesto y computables, por el IPC entre julio y diciembre del año previo.
Vigencia:
Resultará de aplicación para la determinación de los anticipos correspondientes al período fiscal 2026
Excepcionalmente para el periodo fiscal 2025 la actualización por IPC será entre los meses de septiembre y diciembre del año 2024.  
Click aquí para visualizar Resolución General 5685/2025   Ante cualquier consulta, pueden comunicarse con nuestros asesores a través del correo electrónico INFO@ESTUDIOPIACENTINI.COM.AR ­
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Anuncios – menos controles de Arca y Banco Central

Reparación Histórica: qué deja de controlar el Estado y cómo impacta en tus finanzas personales

El nuevo plan para este 2025 elimina controles sobre consumos personales y simplifica el sistema fiscal. Promete más privacidad financiera y menos intervención estatal en tu vida.

¿Qué es el Plan de Reparación Histórica?

Una reforma que busca simplificar el sistema tributario, reducir la intervención del Estado en tu vida financiera y proteger tu privacidad.

¿Qué busca cambiar?

Se dejará de exigir a las personas que justifiquen constantemente el origen de sus fondos, eliminando múltiples regímenes de información y elevando los umbrales de reportes bancarios. 

¿Qué regímenes de información eliminará el Gobierno con este plan?

Se derogarán los regímenes que obligaban a reportar a ARCA las compras con tarjetas para consumos personales, operaciones notariales (CITI Escribanos), compra-venta de vehículos usados, pago de expensas, pago de colegios , ofertas inmobiliarias (COTI) y consumos relevantes de servicios públicos y telefonía.

¿Qué implica la eliminación del régimen informativo para consumos con tarjetas y billeteras virtuales?

Las administradoras dejarán de informar a ARCA las compras personales realizadas con tarjetas y billeteras, protegiendo así la privacidad de los usuarios.

¿Me van a seguir controlando mis gastos con tarjeta?

No. Se eliminan los regímenes de información sobre consumos con tarjeta, billeteras virtuales y pagos electrónicos.

¿A partir de cuánto dinero se informarán ahora las transferencias bancarias?

Antes se reportaban desde $1.000.000, ahora sólo se informarán transferencias desde 50 millones para personas físicas y 30 millones para empresas.

¿Y qué pasa con las extracciones de efectivo? ¿Se siguen informando desde cualquier monto?

No, ahora sólo se reportarán extracciones mayores a $10 millones, tanto para personas físicas como jurídicas.

¿Se siguen reportando los saldos en las cuentas bancarias? ¿Cuál es el nuevo límite?

Antes se informaban saldos superiores a entre $700.000 ahora sólo se reportarán saldos que superen los $50 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas.

¿Y para los plazos fijos? ¿Hay cambios?

Sí, antes se reportaban plazos fijos desde $1.000.000, ahora el límite sube a $100 millones para personas físicas y $30 millones para empresas.

¿Los bancos me pueden seguir pidiendo declaraciones juradas?

No. Si lo hacen, podes negarte y denunciarlo.

¿Qué sucede con las transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales?

El nuevo límite para informar será de $50 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas, mucho más alto que el límite anterior de $2.

¿No aumenta la evasión si se eliminan tantos regímenes de información?

No necesariamente. Aunque no se reporten automáticamente las operaciones por debajo de los umbrales, ARCA cuenta con otros mecanismos de control, como cruces de datos y fiscalizaciones, que permiten detectar ingresos no registrados, adquisición de bienes o gastos incompatibles con la información fiscal.

¿Esto afecta a los controles contra el lavado de dinero?

No. Los controles para prevenir delitos financieros siguen vigentes.

¿Qué pasa con el impuesto a las Ganancias?

Habrá  un nuevo régimen simplificado. ARCA (ex AFIP) te propondrá un monto estimado. Podes aceptarlo o modificarlo.

Las Declaraciones Juradas de Ganancias 2024 que vencen en Junio 2025, ¿Ya van a poder realizarse bajo este nuevo régimen?

No, el sistema aplica para Declaraciones juradas 2025 (que se presenta en 2026).

¿Qué es el Sistema de Finanzas Abiertas (SFA) impulsado por el BCRA?

Es una plataforma que permite consolidar toda la información financiera del usuario en un solo lugar, facilitando el acceso a créditos, productos personalizados y servicios más eficientes. Los usuarios podrán decidir qué datos compartir y con qué instituciones.

¿Qué sucede con la UIF y el GAFI respecto al nuevo esquema?

La Unidad de Información Financiera (UIF) adoptará normativas acordes a este nuevo esquema. El GAFI remarcó que Argentina tenía un exceso de controles formales sobre operaciones menores, pero no enfocaba sus recursos en amenazas reales como narcotráfico o terrorismo.

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