Blog – Full Width

por

Hoy los contadores damos una asesoría estratégica.

Cada vez más rápido surgen tendencias  nuevas y comunes que atraviesan a la profesión contable de pymes emprendedores o grandes empresas

Un  tema prioritario en la agenda de los equipos de estudios contables es cómo reorientar nuestros servicios de tareas estacionales y rutinarias para brindar mayor asesoramiento estratégico

Sabemos  que la profesión está cambiando y, que para afrontar desafíos  y progresar, debemos hacer un cambio en nuestra  oferta de servicios de la gestión impositivo-contable a servicios de asesoramiento estratégico y financiero

Aparte de las  tareas de gestión impositivo-contable como preparación de presentaciones de impuestos y declaraciones, certificaciones, auditorías, balances, liquidación de sueldos , Iva , ingresos brutos, inspecciones ,  etc. LOS CONTADORES DEBEMOS ACOMPAÑAR EL CRECIMIENTO DE LOS CLIENTES EN TODOS LOS SENTIDOS :  que vendan mejor, que compren mejor y que tengan buen Marketing y excelentes finanzas.

Por eso analizamos  la  gestión de patrimonio de nuestros clientes , planeamiento financiero, ofrecernos  tercerización de servicios contables, liquidación  de sueldos ,  revisamos estrategia impositiva, valuación de negocios , etc.

En una segunda etapa  los contadores podremos ayudar en  ciberseguridad, gestión de tecnología, consultoría en recursos humanos, análisis de datos, gestión de riesgo, pero debemos capacitarnos y tener equipo para ello.

Asi , los colaboradores del estudio estarán más propensos a sentir que su trabajo es atractivo y gratificante, incrementando la  lealtad y disminuyendo la costosa rotación de personal.

Asi este año debimos automatizar las tareas repetitivas tales como liquidaciones, planificación de vencimientos y carga de tiempos.

De esta forma, pudimos enfocarnos en analizar la información, proyectar y asesorar en gestión . Liberar este tiempo y recursos no solamente nos permitió otorgar un valor diferencial a nuestros clientes, sino que, al reducir temas de registraciones repetitivas , se mejoró la calidad del vínculo con nuestros clientes, y  ahora pueden dedicarse a temas clave tales como conducción, organización y planificación con más tiempo . La actualización tecnológica es clave para ahorrar en tareas repetitivas y sin valor y brindar información en tiempo real, principalmente sobre el impacto de los cambios en los resultados de los negocios de nuestros clientes, los programas que trabajan en la nube son fundamentales, no podemos seguir trabajando con Excel.

Decididamente el rol de nuestra profesión como Contadores Públicos, tiene más que ver con el aporte estratégico y la interpretación de la información que las nuevas tecnologías producen en gran escala, poniendo el foco en la toma de decisiones y en el cumplimiento de las normativas que establecen las autoridades regulatorias, estando actualizados todo el tiempo.

La pandemia de COVID-19 fue un acelerador de la transformación digital. Nos empujó a un cambio, hacia una dinámica de trabajo orientada a la virtualidad. Permitió incrementar la productividad profesional, acortar tiempos de respuesta, ampliar la interacción cliente-profesional mediante herramientas digitales, migrar a una práctica profesional con herramientas de tecnología y aplicaciones colaborativas en la nube y, en consecuencia, reducir costos fijos y “despapelizar” la oficina y a la profesión en general”.

por

Se extendió el Repro II para los sueldos de octubre

El Ministerio de Trabajo oficializó la extensión del Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para que las empresas puedan pedir la asistencia para el pago de salarios. Según la actividad, la ayuda es de hasta $22.000 por trabajador.

A través de la Resolución 643/2021, se extendió el beneficio para cubrir los sueldos de octubre.

Repro de $22.000: quienes lo cobran

El Repro II otorga una asistencia de $ 22.000 para los trabajadores en empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud, y los monotributistas o autónomos, en tanto que el subsidio a los sectores no críticos afectados es de $9.000 por empleado.

Inscripción

Entre el desde el 25 de Octubre al 31 de Octubre inclusive.

Pautas REPRO II

- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: Septiembre de 2019 y Septiembre de 2021.

- Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

- Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Septiembre 2021.

- Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de Octubre inclusive.

- Corte de actualización CBU: 23 de Octubre inclusive.

Pautas Asistencia a trabajadores independientes

Las pautas para considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto del “programa de asistencia de emergencia a trabajadores y trabajadoras independientes en sectores críticos” de acuerdo al siguiente detalle:

- Presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre Septiembre 2021 y Septiembre 2019.

- Periodo de referencia de pagos a acreditar:

- Autónomos: de 02/2021 hasta 08/2021

- Monotributo: de 3/2021 hasta 9/2021

- Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 23 de octubre inclusive.

En cuanto a los criterios de preselección que se utilizaron en septiembre, el Comité estableció que, para los sectores críticos y no críticos, se tomará la facturación registrada en agosto de 2019 y agosto de este año, y la diferencia debe dar como mínimo una caída de 20% en términos reales y un aumento como máximo del 70,4% en términos nominales.

Ese mismo período de comparación se utilizará en el sector de la salud, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales, y como máximo un aumento de 113% en términos nominales.

Respecto del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, la nueva disposición del Ministerio de Trabajo establece que se tomarán los mismos valores que los sectores críticos y afectados no críticos, en cuanto a la variación de la facturación, comparando la de julio de 2019 con agosto de este año.

Al respecto, la variación de la facturación compras deberá ser menor a 70,4% para los sectores afectados críticos y no críticos (era del 72,9% en agosto) y a 113% para los efectores de salud (era del 116,1%).

En tanto, se mantienen los montos en $ 22.000 la asistencia para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud y para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, y en $ 9.000 a los no críticos afectados.

Al igual que en abril, el parámetro referido al indicador de liquidez corriente debe ser menor a 2,5 en todos los sectores beneficiarios del Repro II.

Para acceder al beneficio, las empleadoras y los empleadores deben cumplir con las condiciones de acuerdo con el sector que estén encuadrados, y según los parámetros fijados para cada uno.

En el caso de los sectores afectados tanto críticos como no críticos, deben alcanzar el cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales serán de cumplimiento obligatorio las variaciones de la facturación, del IVA compras y de la relación entre el costo laboral y la facturación.

Para el sector salud, entre los cuatro parámetros que se deben cumplir deben estar incluidos las variaciones de la facturación, y la porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación.

Para el caso de las empresas inscriptas como prestadoras del programa Pre-viaje, quedan exceptuadas de cumplir con los indicadores de facturación y de la relación entre el costo laboral y la facturación, siempre y cuando estas empresas hayan sido beneficiarias del Repro II al menos en uno de los últimos tres meses anteriores a la solicitud del beneficio de septiembre.

Estas empresas deberán cumplir con un mínimo de dos indicadores para acceder al programa.

Las empresas con más de 15 trabajadoras y trabajadores dependientes, deberán presentar obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto.

por

REGISTRADAS – COMO ES LA AYUDA PARA CONTRATAR trabajadores de casas particulares, con subsidio

El programa de recuperación económica, generación de empleo e inclusión social para las trabajadoras y los trabajadores de casas particulares, tiene como objetivo generar nuevos puestos de trabajo en el sector de trabajadoras de casas particulares, AYUDANDO A PAGAR EL SUELDO A LOS EMPLEADORES  , es para empleadores que no ganen mas de $175.000 promedio por mes.

El programa consiste en la transferencia de una suma entre el 30% y 50% del salario durante 6 meses a las nuevas trabajadoras que sean registradas por sus empleadores. Una vez otorgado el beneficio, se procederá a la apertura de oficio de una cuenta sueldo en pesos en el Banco de la Nación Argentina, a nombre de la trabajadora, donde se depositará el beneficio.

La inscripción al programa debe ser solicitada por la parte empleadora a través del servicio con clave fiscal “Personal de Casas Particulares” hasta el 31 de diciembre.

Registradas es compatible con la Asignación Universal por Hijo, Asignación universal por embarazo, Tarjeta Alimentar, Progresar y Potenciar Trabajo. Para acceder al beneficio las trabajadoras deben dedicar un mínimo de 12 horas semanales declaradas por la parte empleadora. Asimismo deben desempeñar tareas enmarcadas dentro de las categorías de personal para tareas específicas, de caseros y caseras, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales.

Asi  Estado otorgará a trabajadoras de casas particulares un monto fijo por el lapso seis meses a cuenta del pago del empleador. 

La inscripción al programa deberá ser solicitada por el empleador y estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2021. El empleador  inscribirá a la trabajadora en la AFIP y le  pagará los aportes y contribuciones. Luego, se realizará la apertura automática de una cuenta sueldo gratuita en el Banco Nación y el Estado le transferirá entre el 30% y el 50% del salario.

Para los empleadores cuyos ingresos brutos sean menores a $122.500, el porcentaje del sueldo que pagará el Estado será del 50% de la remuneración neta mensual, según el convenio colectivo del sector. Cuando el ingreso sea de entre $122.500 y $175.000 será del 30%. En todos los casos, el beneficio no podrá superar los $15.000 mensuales.

por

Monotributistas: AFIP comienza devolución del 35% de dólar ahorro

Novedades. Dólar ahorro: AFIP comienza la devolución del 35% a monotributistas

AFIP comenzará con la devolución de más de $ 1900 millones por las percepciones del 35% que cobro  por las compras de moneda extranjera y pagos al exterior en tarjetas de crédito.

Las devoluciones se realizarán a través de transferencias a las cuentas bancarias de contribuyentes que no están inscriptos en Ganancias ni Bienes Personales y “se inician tras la realización de chequeos y verificaciones tendientes a detectar inconsistencias y desarticular maniobras irregulares”, le comentaron fuentes con conocimiento de la decisión a este medio.

Para definir a qué contribuyentes les corresponde la devolución, las áreas de fiscalización y recaudación de la AFIP realizaron chequeos y verificaciones sistémicas para detectar distintas inconsistencias e irregularidades, debimos ir mirando cada trámite y subsanar lo que pedía la afip y así avanzar.

Entre quienes todavía no superaron los controles para recibir el reintegro de las percepciones, existen dos grupos cuya devolución quedará sujeta al análisis y las rectificaciones de las y los contribuyentes. El primero está compuesto por contribuyentes que arrastran deudas con el organismo y/o no presentaron una declaración jurada”. Para solicitar la devolución, la normativa indica que no deben registrar obligaciones impagas ni tener pendiente la presentación de documentación, por lo que quienes se encuentran en esa situación pueden subsanarla a través de la página web del organismo. Una vez realizadas dichas correcciones, la solicitud avanza .

El turno de los monotributistas de percibir la devolución de las percepciones del 35% llega después de  que los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia, ya los recuperaron en sus retenciones de sueldos.

La percepción del 35% que se devuelve es la que cobraron desde que se creó el régimen  el 15 de septiembre de 2020 al 31 de diciembre 2020

Para el 2021, se debe esperar al 2022 para hacer el trámite.

por

Informe Nro. 41 – 12 de octubre de 2021 Lo más relevante de la semana en materia contable – impositiva

ACCESO A CRÉDITOS TASA CERO PARA MONOTRIBUTISTAS 

Recordamos que el Gobierno flexibilizó los requisitos para que los monotributistas puedan  acceder a los créditos a tasa cero 2021: 

Se dejaron sin efecto las condiciones de elegibilidad referidas al monto máximo de facturación a  considerar y al mismo tiempo se eliminó el requisito para los sujetos que presten servicios al sector público nacional, provincial o municipal.  

A su vez, se dispuso que no serán elegibles quienes hubieran aumentado la categoría en la que  se encuentren inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes al momento  de la solicitud, respecto de la categoría del solicitante vigente al día 30 de junio de 2021. 

AFIP – MORATORIA PARA MONOTRIBUTISTAS:  

REGULARIZACIÓN DE DEUDAS EN HASTA 60 CUOTAS 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de noviembre el  plazo para que los monotributistas accedan a la moratoria que les permite regularizar deudas  en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%.  

Los contribuyentes pueden regularizar a través de los planes de pago obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021. La moratoria también permite reformular planes de pago vigentes para acceder a las condiciones de plazos y tasas previstas en la nueva herramienta. 

Para poder adherir a la moratoria los pequeños contribuyentes deberán tener declarados ante la  AFIP el Domicilio Fiscal Electrónico y la CBU de la cuenta bancaria de la que se debitará cada  una de las cuotas. 

AFIP HABILITA NUEVA LÍNEA TELEFÓNICA PARA DENUNCIAS  

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó la línea 0800 999 3368 para  denuncias por casos de trabajo ilegal, explotación infantil y servidumbre que se encuentra  activa las 24 horas del día.  

El nuevo canal de contacto es anónimo y gratuito y la información que se brinde será  completamente confidencial. Esta línea se suma al correo electrónico para denuncias:  tratalaboral@afip.gob.ar 

AGIP: MEDIDAS DE ALIVIO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS 

Recordamos que el Gobierno porteño impulsó, a través de la Administración Gubernamental de  Ingresos Públicos (AGIP), una serie de beneficios fiscales temporales para determinadas  actividades económicas, con el objetivo de generar alivio fiscal a los sectores más afectados por las consecuencias económicas y financieras derivadas de la Pandemia COVID-19hotelería, gastronomía, servicios de internación, actividades culturales, gimnasios y  guías de turismo y salones de fiestas y convenciones. 

Serán requisito para la solicitud del reconocimiento de la mayoría de los beneficios fiscales  previstos, la inscripción del domicilio de explotación en el Registro de Domicilios de  Explotación (RDE) y tener habilitado el Domicilio Fiscal Electrónico.

AGIP: REGISTRO DOMICILIO DE EXPLOTACIÓN (RDE) 

Se encuentra disponible el aplicativo que le permitirá cumplir con el registro de su domicilio  de explotación. El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente del  Impuesto sobre los Ingresos Brutos ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad  económica. 

El registro es de carácter obligatorio para las siguientes personas: 

a) Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Categoría  Locales. 

b) Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributen  bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local,  sucursal u oficina situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

c) Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos  Brutos, excepto aquellos comprendidos en los términos del artículo 272 del Código Fiscal  (t.o.2020). 

d) Contribuyentes exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de  Buenos Aires. 

Más información, clic aquí 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de octubre de 2021

por

PUNTOS IMPORTANTES EN LA COBERTURA ART RIESGOS DEL TRABAJO

Algunos temas que son de importancia en la cobertura de riesgos del trabajo.

1. Recuerde   reclamar a la ART los reintegros que tenga pendiente en concepto de pagos de jornales caídos (ILT). Recuerde que todo trabajador que sufre un accidente de trabajo, debe cobrar los jornales caídos mientras dure la atención médica brindada por la ART, hasta que se le dé el alta médica o se cumplan dos años desde la fecha del accidente. Esto lo paga la Empresa y luego se debe reclamar a la ART su reintegro, teniendo una franquicia a cargo del Empleador de los primeros 10 días de baja laboral.

2. Debe ingresar asiduamente a consultar la Ventanilla Electrónica que es el instrumento fijado por la Superintendencia de Riesgos del trabajo para informar a los empleadores en forma fehaciente de todas las notificaciones.

3. Debe presentar todos los años el Mapa de Riesgo (RAR), que contempla el listado de personal expuesto a riesgo en la Empresa para la realización de los exámenes periódicos. De acuerdo al resultado del mismo se realizarán o no los exámenes periódicos al personal expuesto por parte de la ART. Si en su empresa no tiene personal expuesto, deberá presentarlo de todas formas, declarando SIN PERSONAL EXPUESTO.

4. No olvide declarar ante la ART todos sus Establecimientos, lugares de riesgo donde trabaje el personal. Y verificar la presentación del RGRL para los Establecimiento Propios. También debe informar que empleados trabajan home office  el domicilio

5. Verifique si debe contar de acuerdo a la normativa vigente con un servicio de higiene y seguridad. Esto es para las Empresas que de acuerdo a la cantidad de trabajadores, al tipo de actividad y los riesgos presentes, estén incluidas dentro de lo establecido en el decreto 1338/96.

6. Ud., debe solicitar a la ART la clave de acceso a la página WEB de la misma en caso de no tenerla. Esta clave le permitirá la autogestión y la consulta directa para temas como, seguimiento de casos, solicitud de certificados de cobertura, descarga de estados de cuenta, etc.

QUEDAMOS A DISPOSICIÓN POR CUALQUIER CONSULTA EN NUESTRO CELULAR 15 5143-5065 

ESTUDIO PIACENTINI

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

    TELEFONOS

    4585-3779 / 4585-4841, líneas rotativas

    EMAIL

    info@estudiopiacentini.com.ar / atencionclientes@estudiopiacentini.com.ar