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Sueldos con menos retenciones desde mayo 2023

Tratan de que los empleados no se les retengan tanto impuesto  a las ganancias desde mayo 2023.

A partir de mayo, el piso salarial bruto que exime de que se les retenga el impuesto a las Ganancias a los empleados  será de $ 506.230. 

Ese piso salarial se ajustó en enero a $ 404.062, según la variación del índice RIPTE (índice de salarios formales) entre octubre de 2021 e igual mes de 2022 que fue del 78,83%, por debajo de la inflación.

Desde entonces, el RIPTE hasta febrero 2023 (último dato oficial) en 4 meses, aumentó el 25,24%.

En consecuencia, los $ 404.062 quedaron desactualizados, más aún respecto de la inflación, y más trabajadores quedaron alcanzados por Ganancias.

Por su parte los que ganan entre $ 506.230 y $ 583.851 brutos “computarán una deducción especial incrementada”, pagando también menos de Ganancias.

Como siempre, esperamos que a los autónomos, emprendedores y monotributistas también se ajusten sus deducciones y tablas para que los impuestos sean menos gravosos.

Consultas a   info@estudiopiacentini.com.ar  o  155143-5065

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Aumento para empleados de comercio desde abril 2023

Paritaria 2023: suba del 19.5% en tres tramos, más una suma no remunerativas de 25.000 pesos

El aumento 19.5%

Las partes pactaron un incremento salarial de 19,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de ABRIL de 2023, con todos los aumentos oportunamente acordados.

La mencionada suba de 19,5% se abonará en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos:

  • 6,5% desde abril,
  • 6,5% desde mayo y
  • 6,5% desde junio.

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de abril de 2023 y hasta el 31 de marzo de 2024, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de julio de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.

Suma no remunerativa $25.000

Asimismo, se acordó el otorgamiento de una suma fija no remunerativa, por única vez y de naturaleza excepcional, en dos cuotas de $12.500 cada una, a abonarse durante el transcurso del mes de:

  • abril de 2023 (la primera)
  • mayo de 2023 (la segunda)

Todo ello conforme las prescripciones que dispone el art. 6 de la ley 24.241.

Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Contribución a la obra social $1.200

Por último, se informa que las partes signatarias acordaron la actualización del aporte patronal solidario, excepcional y extraordinario, convenido en la cláusula décima del acuerdo del 21 de abril de 2022, elevando en $600 la suma originalmente pactada en $600, para llevarla a $1200 por el plazo de vigencia del presente acuerdo.

Consultas a   info@estudiopiacentini.com.ar  o  155143-5065

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Sorpresa para los que tienen planes Mipymes de pago con la Afip

A partir de este mes, se aplicará la tasa BADLAR al cálculo de las cuotas de los planes de financiación dispuestos en noviembre de 2021 para MiPyMEs y pequeños contribuyentes. Esto se verá reflejado directamente en el valor de las cuotas, siendo casi el triple que el mes anterior.

Recordemos que por el Covid-19, se aprobó la Ley 27.653 que amplió la moratoria establecida en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva (27.541). El objetivo fue aliviar el bolsillo de las Pymes, mediante una financiación de las deudas contraídas con la Administración Federal de Ingresos Públicos cuando no había ventas.

Por qué aumentan las cuotas?

Durante un año la tasa de financiación fue del 18% anual, muy buena frente a la inflación que tenemos . Pero ya sabíamos que en abril  se aplicaría la tasa Badlar para bancos privados, que se encuentra en el orden de un 70% anual. Es por esta razón que los planes de pago de este mes tienen aumentos de hasta un 285% para los planes de 120 cuotas.

Claro, era una letra chica y nadie imagino que subiría tanto la badlar

El incremento en el valor de las cuotas afectará a MiPyMEs, ONG , entidades sin fines de lucro, a personas físicas que se adhirieron  a ese plan en 2021 .

Por ejemplo, si te debitaban una cuota de $ 25.000 , en abril será de $ 71.400

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Moratoria para jubilarse

A través de la Ley Nº 27705 se crea el plan de pago de deuda previsional que tendrá como objeto el ingreso de aportes previsionales por parte de personas físicas para el acceso a las prestaciones previsionales.

El plan se conformará con: a) Unidad de pago de deuda previsional. b) Unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores en actividad. Los periodos a incluir en el presente Plan comprenderán lapsos que, en el caso del inciso a), sean anteriores a diciembre del año 2008 inclusive y, en el caso del inciso b), sean anteriores al 31 de marzo de 2012, siempre que la persona solicitante no haya prestado servicios bajo relación de dependencia registrada y/o en carácter de autónomo y/o monotributista.
La Unidad de pago de deuda previsional representa 1 mes de servicios y se pueden adquirir todas las necesarias para acceder a la jubilación /pensión y su valor es el 29% de la base imponible del art.9 de la ley 24241. Pueden cancelarse en cuotas mensuales.

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Certificado MIPyME

▪¿Qué es?
Es un documento que acredita tu condición como PyME ante la AFIP, el Ministerio de Desarrollo Productivo y terceros organismos e instituciones.

▪Vigencia del certificado:
Desde su emisión y hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre de ejercicio.
Para las personas físicas vence el 30/04 y se renueva automáticamente si no tuviste faltas de presentaciones de impuestos. Te llega un aviso a tu e-ventanilla de Afip

▪¿Quiénes pueden registrarse en MiPyME?
Los monotributistas, profesionales, emprendedores, y todas las personas humanas o jurídicas que no facturen anualmente  más de:

  • Construcción: tope de $230.400.000
  • Servicios: tope de $121.730.000
  • Comercio: tope de $809.300.000

Hay una tabla  con otros topes  para empresas medianas .

¿Porque hacerlo? Porque es on line, gratis, fácil y Te permite acceder a financiamiento, beneficios impositivos y programas de asistencia para tu empresa o negocio.
Aconsejamos  recategorizarse en el Registro Pyme. No desaprovechemos los beneficios:

  • Recuperamos todo el   impuesto al débito y crédito: descontándolo de ganancias
  • Pago del IVA luego de 90 días, sin pagar ningún recargo de interés
  • Los créditos en los bancos tienen tasas menores.
  • No se pagan Derechos de exportación  cuando vendas  servicios al exterior, ahorras 12 % ¡
  • Certificado de no retención de IVA emitido de forma simplificada
  • No te retienen SIRCREB en el banco  por ser pymes.
  • La AFIP te da tasas de interés en los planes de pago  preferenciales por estar anotado como pyme
  • El banco no te cobrara comisión por depositar en efectivo
  • Reducción de retenciones para micro empresas de comercio
  • En el caso de un comercio con ventas a jubilados y pensionados alcanzados por el beneficio de devolución de IVA, la empresa pyme queda  excluida de los regímenes de retención del impuesto a las Ganancias sobre las operaciones que realice con tarjeta de crédito o débito. Para solicitar este beneficio, se tiene que exhibir el certificado MiPyME ante el respectivo agente de retención
  • Posibilidad de computar amortización acelerada
  •  Cargas Sociales menores : la  alícuota de contribuciones patronales se establece en un 18%. Para pymes en lugar del 21% que es la general.
  • Otras herramientas con las que cuentan las pyme es la , donde al ser proveedoras de grandes empresas pueden cobrar un crédito de manera anticipada. Representa un impulso al financiamiento del capital de trabajo y eficiencia en la etapa del cobro dado que puede convertirse en un título ejecutivo negociable en el Mercado de Capitales o dentro del sistema bancario.
  • Factura de Crédito Electrónica (FCE) mejora las condiciones de financiamiento a través del sistema de socios protectores-socios partícipes,
  • Créditos para microempresas para adquisición de controladores fiscales a cargo del Banco Nación y el programa Nación Emprende. –
  •  Beneficio fiscal para las instituciones e inversores del capital emprendedor. –
  •  Baja de impuestos internos para expendio de cerveza artesanal.

Así vemos que este registro permite a las micro, pequeñas y medianas empresas acreditar su condición ante distintas entidades a fin de solicitar beneficios o adherir a programas que permitan aumentar su productividad y mejorar su competitividad

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Arba regularización de deudas de ingresos brutos

ARBA permite regularizar deudas provenientes del impuesto sobre los Ingresos Brutos junto con sus intereses, accesorios y multas por infracciones relacionadas con este concepto, en instancia prejudicial, por medio de un plan de pagos, estableciendo un compromiso formal de pago y el reconocimiento de la deuda.
El beneficio incluye aquellas deudas en instancia prejudicial vencidas entre el 01/01/2023 hasta el 31/12/2023, ambas fechas inclusive y excluye:
Las deudas de los agentes de recaudación, por gravámenes que hayan omitido retener y/o percibir, y por retenciones y/o percepciones efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término, incluso las provenientes de la aplicación de multa.
Las deudas reclamadas mediante juicio de apremio y las provenientes de regímenes de regularización caducos entre el 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Las deudas provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sometidas a proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas.
Las deudas de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos provenientes del Régimen Simplificado de dicho tributo establecido en el Capítulo VII del Título II del Libro Segundo del Código Fiscal, incorporado por el Capítulo I de la Ley Nº 15278.
Las multas dispuestas de conformidad con lo establecido por los artículos 60, párrafo segundo, 62, inciso a), 72, 82 y 91 del Código Fiscal -Ley Nº 10397 (T.O. 2011) y modificatorias-.
Vigencia: Desde el 1 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023.

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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