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¿Cómo es la nueva moratoria previsional?

La nueva ley de moratoria previsional permite acceder a la jubilación regularizando la
deuda previsional con un plan de pagos de cuotas mensuales.
Todas las personas que estén en edad jubilatoria, es decir mujeres a partir de los 60
años y hombres a partir de los 65 años, y que no hayan logrado tener 30 años de
aportes podrán acceder a la nueva moratoria previsional.
Asimismo, hombres y mujeres que aún no estén tengan la edad requerida, que estén
a menos de 10 años de cumplirla, y que no tengan 30 años de aportes, también
podrán entrar en el nuevo plan de pagos.
El nuevo Plan de Pagos dispondrá de hasta 120 cuotas que serán descontadas de
manera directa del haber jubilatorio. En ningún caso las unidades de pago podrán
superar el 30% del haber mínimo, por lo tanto, el tope máximo es de $ 17.599,50.
Esta modalidad de acceder a la jubilación por moratoria, permite comenzar a cobrar la
jubilación y pagar los aportes adeudados en cuotas. La misma, equivale al haber
mínimo y los aportes faltantes se descuentan del haber mensual


Requisitos para acceder a la Moratoria ANSES
Al igual que la moratoria Ley 24.476 ofrecida por la ANSES, la persona que solicita la
moratoria previsional en hasta 120 cuotas, deberá tener cierto nivel socioeconómico y
patrimonial moderado.
Si la persona excede ciertos parámetros de inmuebles, autos, ganancias y consumos
con tarjetas, debe pagar la deuda al contado, en una cuota y se puede luego jubilar
inmediatamente con el haber completo.
Aconsejamos sacar turno en ANSES on line rápidamente, está algo atorado el
sistema. Cuanto antes se ingresa la carpeta, antes sale la jubilación.
En nuestro estudio podemos acompañar y ayudar a que usted conozca la deuda y el
haber que cobrara.

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Nuevo piso para no retener ganancias en los sueldos

A partir de este mes de mayo 2023 sólo pagarán impuesto a las Ganancias los trabajadores cuyas remuneraciones superen los $506.230 mil pesos.

Para el nuevo piso del impuesto a las Ganancias no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $506.230, inclusive. Asimismo, en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $506.230 y resulte inferior o igual a $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.

Además este cambio contempla la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) entre los meses de octubre de 2022 y febrero de 2023 (último dato publicado) que fue de 25,29%.

Estas disposiciones resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023, inclusive, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1°, que surtirá efectos conforme a lo allí previsto.

Desde enero de 2023, no pagaban el impuesto a las Ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superen los $404.062, inclusive.

Ganancias 2023: monto del aguinaldo exento En caso de que el promedio de la remuneración y/o del haber bruto mensual de 2023 superara los $506.230, se especula y confirma entonces que el aguinaldo estará íntegramente afectado por el impuesto a las Ganancias.

Si el promedio de los salarios no superase los $506.230, entonces el aguinaldo como tal quedará exento hasta la suma de $253.115 (que es la mitad de $506.230).

El nuevo piso del impuesto a las Ganancias entrará en vigencia desde mayo de 2023 y, de acuerdo a lo explicado desde el Ministerio de Economía, el pago del complemento está vinculado a la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) de 25,29%, entre octubre de 2022 y febrero de 2023.

En cuanto a las escalas, no se cambiarán ni actualizarán los montos de las deducciones del Impuesto a las Ganancias en mayo.

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Recategorización del Regimen Simplificado de ingresos brutos

Durante todo el mes de mayo está abierta la recategorización del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos.
El 31/05/2023 vence el plazo para que los contribuyentes que revistan su condición en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires realicen la Recategorización.

Básicos del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos CABA

  • Es un régimen opcional los contribuyentes encuadrados en el Régimen Local en la Ciudad Autónoma
  • Siempre que superen estos parámetros :
A partir del 1 de enero 2023 se pueden incluir operaciones por hasta $ 4.229.990,  de ingresos brutos totales y en el caso de venta de cosas muebles el precio máximo de venta es de $ 49.646,21.
  • El encuadre en el Régimen se dará en categorías conforme los parámetros y tipo de actividad que lleve a cabo, siendo estos ingresos brutos, superficie afectada y energía eléctrica consumida.
  • La recategorización se realiza enero, mayo y septiembre en forma cuatrimestral.

Debes consultar la tabla y ver donde quedas encuadrado.

Consúltala en la página de AGIP

Por otra parte, en 2015 la AGIP impulsó la exención de pago de Régimen Simplificado para aquellos contribuyentes de la Ciudad que se encuentren adheridos a Monotributo Social de AFIP (que alcanza a personas en situación de vulnerabilidad social, cooperativas de trabajo y emprendimientos productivos reconocidos por ANSES, inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social habilitado por dicho Ministerio, que no generen ingresos anuales superiores al límite previsto en la categoría “A” del Monotributo AFIP).

Exclusión de oficio por magnitudes superadas

Los contribuyentes que se encuentran en el Régimen Simplificado que hayan superado las magnitudes establecidas en la reglamentación, serán excluidos del régimen e incorporados en SIRCREB.

Cese de actividades

Si deja de facturar y realiza la baja en la AFIP, deberá realizar la denuncia de Cese total de actividades dentro los quince (15) días. De lo contrario, se presume que el responsable continúa en el ejercicio de su actividad

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6 Consejos productivos para la mejora continua

PARA EMPRENDER: 6  CONSEJOS DE COMO AUMENTAR LA PRODUCCIÓN EN SERIE Y GANAR MÁS.

Acá te daré algunos  tips para lograr el control y mejora continua de los procesos de tu pyme.

1-Asegurar que los niveles de inventario  de tus materiales y materias primas, sean los correctos, cualquier faltante al momento de producir te interrumpe la producción, y perderás valiosos minutos de tiempo en salir a comprar a las apuradas.

2-Ver el entorno del trabajo, que todo esté cerca, que sea todo ergonómico, cómodo, muy buena luz  y rotulado para que todos encuentren rápidamente lo que necesitan. Utiliza las metodologías y herramientas más adecuadas, innova y no uses maquinas desactualizadas, conoce las novedades de tu rubro.

3-Identifica adecuadamente los procesos a mejorar. …Escribí   todo tu proceso para analizar si hay pasos que se pueden evitar o si son repetitivo, se podrán delegar o tercerizar, esto es tanto para producir bienes como para vender tus  servicios. Reajustar la planificación de la producción conforme a los avances o retrasos, así como conocer sus causas.

 Monitorear que cada proceso cuente con los materiales que necesita.

4-Garantizar la entrega de los pedidos en los plazos y cantidades solicitadas. Esto te dará mejor productividad, analiza que empresa hace entregas que te convengan retirando incluso en tu mismo taller o depósito para distribuir.

5-Crear listas de tareas por hacer

Es difícil llevar todos los pendientes en la cabeza, así que crear listas te  ayuda a   organizar el trabajo y establecer prioridades. Hay varias formas en las que puedes organizar tus listas, las podes hacer en tu celu con google keep que es maravilloso, o Google task o Evernote, o en una libreta a mano o en el Excel.

6-También en la parte administrativa podes automatizar los procesos. Si deseas incrementar la eficiencia operacional y consecuentemente, agilizar el proceso productivo necesitas también probar sistemas de gestión para facturar, hacer presupuestos y enviar las facturas con un solo clik.

 En pocas palabras, estos recursos pueden llevar la productividad de tu  negocio al siguiente nivel bajo diferentes perspectivas como: Optimización del servicio al cliente para responder lo que pregunta más frecuente chatbots—;

 Rápido acceso a los datos para consultar cuentas corrientes, etc.,

 Generación de reportes más precisos para saber tu stock o ventas;

 Toma de decisiones más consistente.

¡Cuántos consejos efectivos!

Como ves, la reducción de tiempos de producción es un reto alcanzable, sin embargo,   para cumplirlo con éxito, es indispensable conocer muy bien los procesos y las actividades relacionadas con el proceso operacional, y además es necesario que adoptes una mentalidad innovadora y con actitud de análisis y cambio.

 Como les digo a mis clientes: no me digan que no antes de pensarlo!

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El BCRA sube otra vez la tasa del plazo fijo: ahora 91%TNA

Cuánto se gana a partir de ahora con $100.000.

El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) nuevamente dispuso elevar en 1000 puntos básicos la tasa de política monetaria. De esta forma, la tasa de interés nominal anual de las Letras de Liquidez (Leliq) a 28 días pasó a 91% (141% en términos efectivos anuales, TEA).

El BCRA elevó la tasa de interés mínima garantizada y triplicó el monto imponible sobre los plazos fijos de personas humanas, estableciendo el nuevo piso en 91% anual para las imposiciones a 30 días hasta 30 millones de pesos.

La semana pasada, luego de conocerse el IPC de marzo, el BCRA había subido la tasa del 78% al 81%, ahora pasa al 91% nominal anual.

Esto implica una Tasa Efectiva Anual de 140,5%, en consecuencia, un plazo fijo de $100.000 a 30 días pagará $7.479 mensuales e interés, en el caso de renovar el plazo fijo mensualmente, se logará un interés total anual de $140.506.

¿Y el plazo fijo Uva?

El plazo fijo UVA ofrece una ganancia que ajusta según el registro del índice de precios al consumidor (IPC) de los 45 días previos y los 45 días posteriores al momento de realizado el depósito.

De esta forma, el período mínimo de este tipo de plazo fijo UVA  es de 90 días. Por lo tanto, como hay incertidumbre en la tasa de los próximos meses y la inflación, hoy en día conviene poner a plazo fijo común por 30 días y renovar.

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Garantía para directores de las sociedades- es obligatorio o no.

La Inspección General de Justicia (IGJ) exige que todos los Directores Titulares y/o Representantes de Sociedades Extranjeras, posean una cobertura vigente mientras permanezcan en su mandato. Para el caso de los Directores Suplentes, la misma es opcional.

Hay diferentes garantías?

Si. Si bien son Garantías similares, responden a distintas resoluciones.
Esta  la Garantía exigida a los Directores y/o Administradores de Sociedades, de acuerdo a la Resolución 20/2004 y sus modificatorias, si sos Liquidador de una Sociedad, también te exigirán la Garantía y esta  la Garantía exigida a los Representantes de Sociedades Extranjeras, de acuerdo a la Res. IGJ 2/2020.

¿Qué Suma debo Garantizar?

La nueva resolución 15/2021 establece que el monto de la garantía no puede ser inferior al 60% del monto del capital social, distribuido entre todos directores titulares designados.

Sin embargo, actualiza los montos mínimos y máximos respecto a cada administrador obligado, disponiendo que:

“En ningún caso el monto de la garantía podrá ser inferior – en forma individual – a Pesos trescientos mil ($ 300.000.-) ni superior a pesos un millón ($ 1.000.000.-), por cada director o gerente”.

Para el caso de los Representantes de Sociedades Extranjeras, el monto es el equivalente al quíntuplo del capital mínimo establecido para las sociedades anónimas locales, por lo que en la actualidad el monto de la garantía ascenderá a ($ 500.000.-).

¿Cuánto dura la Garantía? 

El plazo mínimo recomendado, es de 1 año desde la fecha de contratación.

Al margen de esto, la Resolución 20/04 de IGJ exige que todo Director (SA), Socio Gerente (SRL) o Integrante del Organismo Administrativo (SCA), posea una garantía vigente mientras permanezca en su mandato, por lo que será necesario realizar renovaciones año tras año.

Asimismo, la Resolución 2/2020 suma el requerimiento a los Representantes de Empresas Extranjeras, quienes también deben presentar la cobertura y mantenerla vigente durante el transcurso del mandato.

¿Puedo contratar una Garantía con vigencia retroactiva?

Si! Te sirve para tener completos tus documentos ante una inspección o presentación ante IGJ.

Yo aconsejo sacarla solo si algún organismo te la pide.

El costo es aproximado desde $  5000 la más baja para capital de $ 300.000 y de allí va subiendo depende del capital ajustado, hasta $ 11990. (Fecha mayo 2023)

Conclusiones;

La Inspección General de Justicia (IGJ) actualizó, mediante la Resolución IGJ 15/2021, los montos de las garantías que deben prestar los Directores de S.A., Gerentes de S.R.L., Directores de Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S) y los Representantes de Sociedades Extranjeras.

En sus considerandos, la IGJ esgrime la “evidente desactualización del monto mínimo de la garantía” como uno de los argumentos para realizar esta actualización, teniendo en cuenta que “resulta necesario corregir en alguna medida la distorsión existente, de modo tal de procurar otorgar al régimen algún grado de mayor efectividad, en protección de la propia sociedad y de los terceros en general.”

Según la Resolución, que entro en vigencia el 2 de noviembre, el monto de la garantía será igual para todos los directivos o gerentes de una misma sociedad y deberá contemplar las siguientes pautas: 

  • No puede ser inferior al 60% del capital social contemplado de forma conjunta entre todos los titulares de la sociedad en cuestión. 
  • No puede ser inferior a $ 300.000 ni mayor a $ 1.000.000 en forma individual para cada directivo o gerente. 

Las garantías de IGJ se solicitan en forma anual y deben renovarse mientras los Directores, Gerentes o Representantes permanezcan en sus cargos. Cabe recordar que sólo los Directores y Gerentes titulares deben prestar la garantía, no así los suplentes, los cuales deberán brindarla sólo una vez que asuman el cargo. 

Una de las formas estipuladas para cumplir con esta garantía son los seguros de caución, que cumplen ampliamente con el objetivo de ser “formas expeditas de hacer efectiva aquella responsabilidad, lo cual justifica que se requiera de la eficacia económica y jurídica inmediatas para dicha garantía, en orden a su entidad y realización”.

En las empresas de Aseguradores de Cauciones, hay muchas en el mercado, el servicio de pólizas de caución para IGJ es 100% online, con solicitud donde se completan los datos de los Directores y de la sociedad, pago online y envío de la póliza por mail en tiempos ágiles para presentar ante IGJ. Se pueden cargar también tantos Directores como sean necesarios por cada sociedad, facilitando la operatoria.

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

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