Blog – Full Width

por

Casas particulares – aumento de aportes y contribuciones desde agosto 2026

Vence el 10 de septiembre de 2026

Atención: en caso de trabajadora ya jubilada, no se paga la parte de Aportes Agentes Seguro de Salud (aporte jubilatorio)

IMPORTANTE: SE ACONSEJA PONER EL PAGO MENSUAL DE APORTE EN DEBITO AUTOMÁTICO EN CUENTA BANCARIA

 Con un solo trámite, el pago se hará todos los meses de manera automática.

Evitas olvidos, cumplís en tiempo y forma, y garantizas la cobertura de seguridad social durante toda la relación laboral.

Te adherís desde el “Registro de Casas Particulares” PÁGINA ARCA, con tu CUIT/CUIL y clave fiscal,

Recordá que la cuenta bancaria que uses para el débito debe ser de titularidad del empleador.

También podes adherir al débito automático desde la app “ARCA Móvil”.

RESUMEN DE FORMAS DE PAGO.

📢 ¿Cómo se paga la obligación mensual del personal de casas particulares?

El pago incluye aportes, contribuciones y ART y puede realizarse mediante:

  • Débito automático en una cuenta bancaria del empleador.
  • Débito automático con tarjeta de crédito habilitada.
  • VEP generado desde ARCA, para abonar por homebanking, Pago Mis Cuentas o billeteras virtuales.
  • Código QR desde el Registro de Casas Particulares.
  • Tarjeta de crédito Visa —puede demorar hasta 10 días hábiles en acreditarse—.
  • Billeteras virtuales o cajeros automáticos, ingresando el CUIT/CUIL del empleador.
  • Pago manual con el formulario 102/RT en Pago Fácil o Rapipago.

⚠️ Importante: las billeteras virtuales y los cajeros automáticos permiten pagar únicamente la obligación del mes en curso. Para cancelar períodos anteriores, intereses o deuda acumulada, es necesario generar un VEP.

Más información en la guía oficial de ARCA

www.estudiopiacentini.com.ar
Contadora Elisabet Piacentini
Septiembre 2026

por

Micrositio de RIMI en pagina de ARCA

NUEVAS HERRAMIENTAS DEL RIMI DISPONIBLES EN ARCA

El organismo habilitó un micrositio con información del régimen y una nueva opción de consulta específica

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incorporó nuevas herramientas vinculadas con el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), con el objetivo de facilitar el acceso a la información y las gestiones relacionadas con este régimen de promoción.

Por un lado, se encuentra disponible un micrositio específico sobre el RIMI, que reúne información sobre el Régimen y permite acceder a una guía paso a paso con las indicaciones necesarias para acceder al Régimen y realizar las distintas gestiones vinculadas con sus beneficios.

Asimismo, ARCA incorporó una nueva opción dentro del servicio “Consultas Web”, denominada “Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)”.

La nueva alternativa se encuentra dentro de la categoría “Ley de Modernización Laboral”, junto con otras opciones de consulta relacionadas con los regímenes incorporados a partir de la normativa vigente.

www.estudiopiacentini.com.ar
Contadora Elisabet Piacentini
Septiembre 2026

por

Ganancias nueva prorroga a septiembre 2026

Ganancias: ARCA dio prórroga de la presentación nuevamente

La presentación de Ganancias 2025 se podrá realizar hasta el 22 de septiembre de 2026. El pago del saldo se mantiene al pasado  27 de julio.

ARCA oficializó la prórroga para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias período fiscal 2025 de personas humanas y sucesiones indivisas.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución General 5890/2026, publicada en el Boletín Oficial el 25 de agosto de 2026.

De esta manera, la presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025 podrá realizarse hasta el 22 de septiembre de 2026, mientras que el vencimiento del pago del saldo se mantiene el 27 de julio de 2026.

Además, ARCA también prorrogó el ingreso del primer anticipo de Ganancias período fiscal 2026, que deberá cumplirse hasta el 24 de septiembre de 2026, inclusive.

ARCA oficializó la prórroga de Ganancias 2025

La Resolución General 5890/2026 sustituye el artículo 1° de la Resolución General 5851 y fija un nuevo plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025.

La medida alcanza a:

  • personas humanas;
  • sucesiones indivisas;
  • responsables del régimen general;
  • contribuyentes adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

Nueva fecha de presentación Ganancias Personas Humanas 2025

La nueva fecha oficial para la presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025 es:

22 de septiembre de 2026

ConceptoNueva fecha
Presentación declaración jurada Ganancias 202522/09/2026
Pago del saldo Ganancias 202527/07/2026

Esto significa que ARCA extendió nuevamente el plazo de presentación, pero no modificó el vencimiento del pago del saldo, que se mantiene el 27 de julio de 2026.

Qué pasa con Bienes Personales 2025

La RG 5890/2026 también menciona las obligaciones de presentación y, en su caso, pago del saldo del Impuesto sobre los Bienes Personales período fiscal 2025.

Para Bienes Personales, la norma mantiene el plazo excepcional hasta el:

27 de julio de 2026, inclusive.

Por lo tanto, la nueva prórroga al 22 de septiembre de 2026 aplica específicamente a la presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025.

Primer anticipo de Ganancias 2026

La resolución también sustituye el artículo 2° de la Resolución General 5876 y establece un nuevo vencimiento para el ingreso del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias período fiscal 2026.

El primer anticipo, cuyo vencimiento original operaba en agosto, deberá ingresarse excepcionalmente hasta el:

24 de septiembre de 2026, inclusive.

Motivo de la prórroga

ARCA fundamenta la medida en razones de administración tributaria, a los fines de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La resolución recuerda que ya se habían otorgado prórrogas anteriores mediante las resoluciones generales 5851 y 5876, y ahora se dispone una nueva extensión de los plazos.

Normas modificadas

La RG 5890/2026 modifica dos normas anteriores:

Motivo de la prórroga

ARCA fundamenta la medida en razones de administración tributaria, a los fines de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La resolución recuerda que ya se habían otorgado prórrogas anteriores mediante las resoluciones generales 5851 y 5876, y ahora se dispone una nueva extensión de los plazos.

Normas modificadas

La RG 5890/2026 modifica dos normas anteriores:

Norma modificadaQué se modifica
RG 5851Plazo de presentación de Ganancias 2025
RG 5876Ingreso del primer anticipo Ganancias 2026

En concreto, la resolución establece un nuevo plazo para la presentación de Ganancias 2025 y para el ingreso del primer anticipo 2026.

Vigencia de la RG 5890

La Resolución General 5890/2026 entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

La publicación fue realizada el 25 de agosto de 2026.

www.estudiopiacentini.com.ar
Contadora Elisabet Piacentini
Septiembre 2026

por

Inocencia Fiscal II: qué cambia para las Estaciones de Servicio tras la aprobación en Diputados

Nota en Surtidores

La iniciativa contempla mecanismos que facilitarían la incorporación de ahorros al circuito formal para destinarlos a inversiones, bajo determinadas condiciones de documentación y bancarización.

La Cámara de Diputados aprobó durante la madrugada de este jueves el proyecto de Inocencia Fiscal II, que modifica el régimen establecido por la Ley 27.799 y ahora deberá ser analizado por el Senado. La iniciativa introduce modificaciones que pueden tener incidencia directa sobre las Estaciones de Servicio.

Todos podrán optar por los beneficios de la declaración jurada simplificada, sin importar sus ingresos ni su patrimonio”, explicó a Surtidores, Elisabeth Piacentini, coordinadora de la Comisión PyME del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y CEO de Estudio Piacentini. Pero aclaró que quedan excluidos los grandes contribuyentes nacionales categorizados por ARCA.

https://surtidores.com.ar/inocencia-fiscal-ii-que-cambia-para-las-estaciones-de-servicio-tras-la-aprobacion-en-diputados

www.estudiopiacentini.com.ar
Contadora Elisabet Piacentini
Septiembre 2026

por

ARCA incorpora modificaciones a la factura electrónica: liquidación Electrónica mensual para bancos, financieras, etc.

La factura electrónica tendrá nuevas condiciones a partir de una actualización de ARCA sobre el régimen de comprobantes para entidades que antes no debían emitir facturas electrónicas.

La medida incorpora una modalidad de Liquidación Electrónica Mensual, modifica algunos procedimientos y establece requisitos específicos para determinadas operaciones con consumidores finales.

Los cambios no comenzarán a regir para todos al mismo tiempo. El organismo estableció un cronograma gradual que contempla diferentes sectores y se extenderá hasta marzo de 2027.

Uno de los principales cambios es la creación de la Liquidación Electrónica Mensual, un mecanismo que permitirá consolidar operaciones realizadas con un mismo cliente.

La herramienta tendrá una implementación progresiva y alcanzará a distintos sectores, entre ellos compañías de seguros, entidades financieras, tarjetas y sistemas de pago, además de otros sujetos contemplados por el régimen.

Quienes utilicen esta modalidad deberán contar con la documentación necesaria para respaldar las operaciones que formen parte de cada liquidación.

De esta manera, aunque varias operaciones puedan concentrarse en un mismo comprobante, deberá existir información que permita identificar y verificar los movimientos incluidos.

Qué datos habrá que informar en operaciones de $10 millones o más:

 Uno de los puntos que deberán tener en cuenta quienes emiten comprobantes está relacionado con las operaciones realizadas con consumidores finales.

Cuando el importe sea de $10 millones o más, será obligatorio informar los datos de identificación del comprador. Para ello se podrá utilizar DNI, CUIL o CDI.

En el caso de compradores extranjeros, podrán consignarse el documento o cédula de identidad del país de origen o el pasaporte.

El comprobante deberá identificar además la condición de la operación como “A CONSUMIDOR FINAL”.

La normativa contempla determinadas condiciones para la incorporación de otros datos del comprador, como nombre, apellido y domicilio, de acuerdo con el sistema de facturación utilizado.

A quiénes alcanzará el nuevo esquema:

La modificación tendrá una aplicación especialmente relevante para determinados sectores que deberán adaptar sus sistemas al nuevo mecanismo.

El cronograma contempla la incorporación progresiva de diferentes actividades y entidades:

- Septiembre de 2026: comienza la implementación para las empresas de seguros.

- Octubre de 2026: se incorporan las entidades financieras.

- Diciembre de 2026: llega el turno de las tarjetas y los sistemas de pago.

- Marzo de 2027: comienza la última etapa del cronograma.

Por lo tanto, las empresas y entidades alcanzadas tendrán diferentes fechas para adecuar sus procesos y sistemas de facturación.

Cómo funcionará la Liquidación Electrónica Mensual

La nueva modalidad deberá emitirse hasta el último día de cada mes, según las condiciones previstas para este régimen.

Una vez generado el comprobante, deberá ponerse a disposición del cliente dentro de los 10 días corridos posteriores.

El mecanismo permitirá reunir en una liquidación las operaciones que cumplan con los requisitos establecidos, pero las entidades que lo utilicen deberán conservar los registros correspondientes.

Esto significa que la documentación respaldatoria seguirá siendo fundamental para identificar las operaciones incluidas dentro de cada liquidación.

Qué ocurre con los honorarios de autoridades societarias:

 La actualización de ARCA también establece una modificación relacionada con los honorarios de las autoridades societarias: Gerentes, directores, que antes no debían emitir facturas por sus honorarios asignados

La factura correspondiente deberá emitirse cuando se determine formalmente la asignación individual de esos honorarios.

www.estudiopiacentini.com.ar
Contadora Elisabet Piacentini
Septiembre 2026

por

Servicio doméstico – nuevos importes en agosto 2026

Servicio Doméstico: escala agosto 2026 con aumento del 1,9%

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordó una nueva actualización salarial para el personal de casas particulares, con incrementos entre agosto y diciembre de 2026 y el pago de una suma no remunerativa por única vez.

Para agosto 2026, el Ministerio de Capital Humano informó un aumento del 1,9% sobre los salarios mínimos conformados de julio 2026.

Servicio Doméstico agosto 2026: aumento informado

Según el comunicado oficial, para agosto 2026 corresponde aplicar:

  • aumento del 1,9% sobre los salarios mínimos conformados de julio 2026;
  • suma no remunerativa por única vez, a pagar con los salarios de agosto;
  • incorporación progresiva de esa suma al básico entre septiembre y noviembre.

Escala estimada Servicio Doméstico agosto 2026

A continuación, la escala estimada para agosto 2026, calculada sobre los valores de julio 2026 con un incremento del 1,9%.

CategoríaHora con retiroHora sin retiroMensual con retiroMensual sin retiro
Supervisores/as$4.523,11$4.920,88$564.246,70$624.313,90
Personal para tareas específicas$4.303,49$4.684,53$526.829,55$582.283,27
Caseros$4.072,38$514.903,51
Asistencia y cuidado de personas$4.072,38$4.520,14$514.903,51$569.593,41
Personal para tareas generales$3.804,66$4.072,38$466.756,23$514.903,51

Estos importes son estimativos y deberán ser confirmados con la publicación del acta o resolución oficial correspondiente.

Suma no remunerativa agosto 2026

Además del aumento del 1,9%, se acordó el pago de una suma no remunerativa por única vez, que será abonada con los salarios de agosto 2026.

Horas semanales trabajadasSuma no remunerativa agosto 2026
16 horas semanales o más$20.000
De 12 a menos de 16 horas semanales$11.500
Menos de 12 horas semanales$8.000

Esta suma se paga por única vez junto con los haberes de agosto.

Ejemplo para tareas generales con retiro

Una trabajadora de casas particulares de quinta categoría, con retiro y jornada mensual completa, tendría en agosto 2026 un salario mínimo estimado de:

$466.756,23 + $20.000

A ese importe deberá adicionarse, si corresponde:

  • antigüedad; 1 % anual  contando solo desde 1-9-2020 ( antes no existía este adicional)
  • zona desfavorable; 31 % para determinadas zonas patagónicas
  • suma no remunerativa por única vez; solo agosto 2026 el total y luego se va incorporando al sueldo en partes

Incorporación progresiva de la suma no remunerativa

El comunicado oficial también informó que la suma no remunerativa de agosto se incorporará progresivamente al salario básico en los meses siguientes.

El esquema será:

MesIncorporación al básico
Septiembre 202625% de la suma no remunerativa
Octubre 202650% de la suma no remunerativa
Noviembre 202625% restante
Total100%

De esta manera, la suma no remunerativa quedará totalmente incorporada al salario básico en noviembre 2026.

Cuánto se incorpora según la carga horaria

La incorporación dependerá de la suma que haya correspondido en agosto según la carga horaria semanal.

Horas semanalesSuma agostoSeptiembre 25%Octubre 50%Noviembre 25%
16 horas o más$20.000$5.000$10.000$5.000
De 12 a menos de 16 horas$11.500$2.875$5.750$2.875
Menos de 12 horas$8.000$2.000$4.000$2.000

Categorías del personal de casas particulares

La escala comprende las categorías previstas para el régimen de casas particulares:

  • Supervisores/as;
  • Personal para tareas específicas;
  • Caseros;
  • Asistencia y cuidado de personas;
  • Personal para tareas generales.

La categoría aplicable depende de las tareas efectivamente realizadas por la trabajadora o el trabajador.

Zona desfavorable

El adicional por zona desfavorable debe aplicarse, cuando corresponda, sobre los salarios mínimos de cada categoría.

Este adicional alcanza al personal que presta tareas en las zonas comprendidas por la normativa vigente, entre ellas las provincias patagónicas y el Partido de Patagones.

Antigüedad

También corresponde liquidar el adicional por antigüedad cuando resulte aplicable.

En el régimen de casas particulares, la antigüedad es del 1% por cada año trabajado, calculada sobre los salarios mensuales.

www.estudiopiacentini.com.ar
Contadora Elisabet Piacentini
Agosto 2026

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

    TELEFONOS

    4585-3779 / líneas rotativas
    Cel: 15-51435065

    EMAIL

    info@estudiopiacentini.com.ar / atencionclientes@estudiopiacentini.com.ar