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Controladores Fiscales: cuando hay que hacer el recambio obligatorio de “vieja tecnología” a “nueva tecnología

El  reemplazo obligatorio de los controladores fiscales de “vieja tecnología” a “nueva tecnología” para los pequeños comercios  , se acerca .

Los equipos de “vieja tecnología”  que tienen los comercios podrán utilizarse según el cronograma que conforme a la cantidad de equipos homologados se detalla a continuación, debiéndose usar sólo equipos de “nueva tecnología” a partir de las fechas indicadas para cada rango:

Cantidad de Equipos de “vieja tecnología” habilitadosRango de fechas para el recambio obligatorio de “vieja tecnología” a “nueva tecnología”
CINCUENTA (50) o más  Ya venció en 1/05/2021 al 30/06/2021
Entre ONCE (11) y CUARENTA Y NUEVE (49)Ya venció en 1/07/2021 al 31/08/2021
Entre CINCO (5) y DIEZ (10)1/09/2021 al 31/10/2021
TRES (3) o CUATRO (4)1/11/2021 al 31/12/2021
UNO (1) o DOS (2)1/01/2022 al 28/02/2022”

Resolución General 4955 .

Opción a esta alternativa:  pasar a factura electrónica , debes tener internet en el local, y podes usar también la aplicación del celular para facturar desde  la  Afip, y mandarle la factura al cliente por mail o watts app
Hay algunos equipos impresores térmicos en el mercado que son más económico que un controlador fiscal de nueva tecnología, y dan una factura electrónica pequeña al consumidor parta no tener que mandarla por mail .

CONSÚLTANOS AL ESTUDIO PIACENTINI , 15-5143-5065  o Info@estudiopaiectnini.com,.ar
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Regularización para entidades civiles.

La iniciativa alcanza a asociaciones civiles, cámaras, federaciones y confederaciones. 

Los trámites en IGJ son complejos para este tipo de personas jurídicas, que tiene fines de bien común y mayoritariamente son sin fines de lucro. 

Por eso, ahora es una buena noticia, que a través de la RG IGJ 4/2021, la Inspección General de Justicia aprobó un plan de regularización que alcanza a asociaciones civiles, como así también a cámaras, federaciones y confederaciones.

A través de la iniciativa se promueve la regularización en materia de presentación de estados contables y registración de autoridades (art. 60). Las entidades podrán ponerse al día e  inscribir las autoridades vigentes, la actualización de la sede social y la presentación de estados contables adeudados. Podrán realizarlo aquellas entidades uno o más estados contables y/o que deban inscribir autoridades y/o que deban actualizar su sede social.

Este beneficio vence en abril del 2022

Para mayor información, responder a el siguiente mail y le enviaremos los presupuestos en caso de que precise presentar Estados Contables o renovar autoridades.

Estudio Contable Piacentini

Info@estudiopiacentini.com.ar

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ART Y LOS EMPLEADORES

Recordamos a los empleadores, puntos a tener en cuenta para hacer eficiente el costo que tiene de pago de art mensual por los empleados.

1. Recuerde  reclamar a la ART los reintegros que tenga pendiente en concepto de pagos de jornales caídos (ILT). Recuerde que todo trabajador que sufre un accidente de trabajo, debe cobrar los jornales caídos mientras dure la atención médica brindada por la ART, hasta que se le dé el alta médica o se cumplan dos años desde la fecha del accidente. Esto lo paga la Empresa y luego se debe reclamar a la ART su reintegro, teniendo una franquicia a cargo del Empleador de los primeros 10 días de baja laboral.

2. Recuerde  ingresar asiduamente a consultar la Ventanilla Electrónica que es el instrumento fijado por la Superintendencia de Riesgos del trabajo para informar a los empleadores en forma fehaciente de todas las notificaciones. Se transcribe a continuación lo establecido en la normativa vigente. “El ingreso a la Ventanilla Electrónica por parte de los Empleadores se efectuará a través del sitio oficial de la S.R.T. (http://www. srt.gov.ar), según los plazos establecidos en la presente norma. El método de validación para el ingreso será el de Clave Fiscal instituida por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (A.F.I.P.), en los términos de la Resolución General Nº 2239, de fecha 9 de abril de 2007, con los alcances en cuanto a garantía de autenticidad de datos y valor probatorio que establece la norma citada, no resultando de aplicación lo normado en los Artículos 7, 8, 12, 13, 14, 15, 20 y 24 de la Resolución S.R.T. Nº 635/08.”

3. Debe presentar todos los años el Mapa de Riesgo (RAR), que contempla el listado de personal expuesto a riesgo en la Empresa para la realización de los exámenes periódicos. De acuerdo al resultado del mismo se realizarán o no los exámenes periódicos al personal expuesto por parte de la ART. Si en su empresa no tiene personal expuesto, deberá presentarlo de todas formas, declarando SIN PERSONAL EXPUESTO.

4. No olvide declarar ante la ART todos sus Establecimientos, lugares de riesgo donde trabaje el personal. Y verificar la presentación del RGRL para los Establecimiento Propios. Y debe informar que trabajadores trabajan home office y donde lo hacen

5. Debe contar de acuerdo a la normativa vigente con un servicio de higiene y seguridad. Esto es para las Empresas que de acuerdo a la cantidad de trabajadores, al tipo de actividad y los riesgos presentes, estén incluidas dentro de lo establecido en el decreto 1338/96.

6. Debe solicitar a la ART la clave de acceso a la página WEB de la misma en caso de no tenerla. Esta clave le permitirá la autogestión y la consulta directa para temas como, seguimiento de casos, solicitud de certificados de cobertura, descarga de estados de cuenta, etc.

7. Consulte siempre con el productor de su art.

Estudio Contable Piacentini

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Informe Nro. 37 – 13 de septiembre de 2021 Lo más relevante de la semana en materia contable – impositiva

Sujetos que pasaron del Monotributo al Régimen General: condiciones para acceder al procedimiento transitorio
Desde FECOBA recordamos las siguientes normas y vencimientos a considerar:
a) Contribuyentes que se mantenían en Monotributo a diciembre 2020 y pasaron al Régimen General (Ley 27.618, art. 6 y Resolución General N° 5003/2021, art. 5 de AFIP): 
– El próximo 20/9/2021 vence el plazo para realizar la presentación de las DDJJ de IVA vencidas al 31/5/2021. 
b) Contribuyentes excluidos o que hubieran renunciado al Monotributo en el año 2021 (Resolución General N° 5003/2021, art. 7 de AFIP
– El próximo 20/9/2021 vence el plazo para efectuar la presentación de las DDJJ de IVA del período enero a julio 2021, inclusive. 
c) Contribuyentes que deben presentar DDJJ rectificativas de IVA con los beneficios previstos en la Ley 27.618 (Resolución General N° 5003/2021, art. 27 de AFIP). 
– Deberán efectuar la presentación hasta el 20/9/2021.
Registro de Empleadores Online CABA
Prórroga para cumplir con la carga de información – Ejercicio Fiscal 2020
Recordamos que la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Resolución N° 307/2021 prorrogó hasta el 30 de septiembre próximo, el plazo para que los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires den cumplimiento a la carga de información requerida por el Registro de Empleadores Online correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020.
Salarios Agosto 2021 Repro II – Cambios para las empresas
A partir de la Resolución 540/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, se adoptan las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa REPRO II en el Acta N° 10 aplicable a los salarios del mes de agosto de 2021, es decir, las variaciones porcentuales de la facturación nominal aplicables como criterio de preselección para el Programa correspondiente al mes de agosto pasado, partiendo como referencia de la variación en términos reales establecida por la Resolución N° 938/2020 y sus modificatorias:
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Además, el Comité sugiere que los parámetros definidos para los indicadores que integran en conjunto los criterios de selección al programa REPRO II correspondiente al mes de agosto de 2021, deberían alcanzar los valores planteados en el cuadro siguiente:
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En el caso del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos, correspondiente al mes de agosto de 2021, el Comité propone la siguiente variación de la facturación:
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Manual de AFIP para las Declaraciones Juradas Anuales, Informativas y Finales a partir de 2021
La AFIP publicó en su web la Versión 5.0 del Manual para la Generación de Declaraciones Juradas Anuales, Informativas y Finales desde el año 2021 en adelante. Esta nueva versión acoge las novedades incorporadas por la Ley 27.555, Ley 27.617, Decreto 27/2021, Decreto 336/2021 y Resolución General 5008/2021.
Se deberá utilizar para generar las Declaraciones Juradas anuales del año fiscal 2021 y siguientes, finales e informativas del año 2021 y siguientes, en aquellas presentaciones realizadas a partir del 7 de septiembre de 2021.
Libro de Sueldos Digital de AFIP – Guías Temáticas
AFIP publicó varias guías útiles para orientar a los contribuyentes, entre ellas una sobre el uso de las distintas clases de topes que pueden aplicar a las bases de aportes de los trabajadores, otra orientada a indicar las diferentes alternativas para informar los casos de licencias por maternidad y una guía más para poder realizar el ajuste o rectificativa por bajas retroactivas.
Para más información, clic AQUI
Simulador Monotributo
AFIP informó la implementación del Simulador de Monotributo actualizado según lo dispuesto por las Leyes N° 27.618 y N° 27.639.
Más información AQUÍ
Homologación Controlador Fiscal
A través de la Resolución General N° 5067/2021 la AFIP homologó el siguiente “Controlador Fiscal” de nueva tecnología:
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Recategorización Régimen Simplificado CABA
Recordamos que durante el corriente mes de septiembre deberá efectuarse, en caso de corresponder, la recategorización en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La misma deberá realizarse mediante declaración jurada remitida por transferencia electrónica de datos, a través de la web de AGIP.
Recordamos que la recategorización en el mencionado régimen deberá realizarse cuatrimestralmente en los meses de enero, mayo y septiembre (Ley Tarifaria N° 6383, art. 32, Anexo I)
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FECOBA agradece muy especialmente a la Cdora. Elisabet Piacentini por su aporte en la elaboración de este informe semanal que permite mantener actualizados a nuestros asociados en materia contable-impositiva.
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Billeteras digitales: El BCRA pide que se asocien al CBU y Alias

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció, mediante la Comunicación “A” 7363, que las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago que brindan el servicio conocido como “billetera digital” o similar deberán:

  • Permitir que los titulares de las billeteras puedan asociar las cuentas a la vista y de pago de las que sean titulares o cotitulares a partir de su Clave Bancaria Uniforme (CBU) o ALIAS –indistintamente– o de su Clave Virtual Uniforme (CVU) o ALIAS.
  • Arbitrar los mecanismos necesarios que permitan a los titulares de las billeteras realizar pagos con transferencia a partir de las cuentas referidas en el inciso A.
  • Notificar a sus clientes a través de los canales de comunicación habituales lo dispuesto en este punto.

Esta medida deberá estar implementada desde el 1° de diciembre de este año.

Esto impulsa  a manipular menor cantidad de efectivo (papel moneda).

También los e-cheq están teniendo mucho éxito día a día y se acrecienta su uso

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Ronda de Negocios con Taiwán

CAME) invita a participar de la Ronda de Negocios Virtual entre Taiwán y Argentina organizada por la Oficina Comercial y Cultural de Taipei en Argentina y el Consejo para el Desarrollo del Comercio Exterior de Taiwán (TAITRA), con el objetivo de fortalecer las relaciones comerciales y económicas entre ambos países, el próximo 1 de octubre a las 8 am.

En el marco de la ronda comercial se coordinarán reuniones bilaterales con empresarios interesados en los diversos productos ofrecidos por las empresas taiwanesas que participarán del evento.

Entre los rubros que estarán presentes en la jornada se encuentran:

  • Repuestos y accesorios para automóviles, camiones y motocicletas.
  • Componentes eléctricos y electrónicos. 
  • Maquinarias.
  • Herramientas de mano.
  • Ferretería.
  • Seguridad.
  • Telemedicina. 
  • Dispositivos médicos, entre otros.

Para mayor información, comunicarse por correo electrónico a comercioexterior@came.org.ar.

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

    TELEFONOS

    4585-3779 / 4585-4841, líneas rotativas

    EMAIL

    info@estudiopiacentini.com.ar / atencionclientes@estudiopiacentini.com.ar