Blog – Full Width

por

Cómo debe presentarse la solicitud de baja de impuestos y de autónomos? 

La baja en el Impuesto a las Ganancias, Régimen Simplificado para Pequeños contribuyentes (Monotributo), IVA, Fondo para la educación y promoción cooperativa, Impuesto sobre los Bienes Personales, Empleador o Impuesto Cedular se realiza por el “Sistema Registral”, pantalla de inicio, tarjeta  “Registro Único Tributario”. Los restantes, desde el “Sistema Registral” –opción menú “Registro Tributario” y puede realizarse hasta el último día hábil del mes siguiente al cese definitivo de la actividad.

Es importante destacar que antes de solicitar la baja se debe cumplir con todas las obligaciones adeudadas (por ejemplo: declaraciones juradas, pagos, multas, etc.).

Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior, el trámite se deberá realizar a través del servicio “Presentaciones Digitales”, trámite “Baja retroactiva de impuestos o regímenes”, adjuntando la documentación respaldatoria de los motivos que dan origen a la baja solicitada.

BAJA RETROACTIVA DE AUTÓNOMOS:  SE PUEDE HACER , pero Para solicitar la baja retroactiva de Autónomos, es necesario no poseer con posterioridad al período de baja: pagos, presentaciones de declaraciones juradas, emisión de facturación, o cualquier otro indicio de actividad económica.


Más información en el siguiente link: 
https://www.afip.gob.ar/presentaciones-digitales/documentos/baja-retroactiva-de-impuestos-o-regimenes.pdf


por

Servicios públicos – reducción de subsidios

La modificación del esquema de subsidios sobre la energía y el transporte público, es otra de las medidas que se incluyen en el paquete anunciado por el Ministerio de Economía en los últimos días.

Los subsidios para la luz, el gas y el agua se verán afectados al igual que se modificará el esquema que contempla a los pasajes de colectivos, trenes y subte.

Si bien aún no se definió la entrada en vigencia, de acuerdo a lo enunciado en las conferencias de prensa y entrevistas brindadas por distintos funcionarios del gobierno actual, los cambios se aplicarán a partir de enero o febrero de 2024.

Tampoco se han determinado los montos y el mecanismo de instrumentación. 

El esquema tarifario que rige actualmente fue dispuesto por el gobierno anterior en el 2022, quién estableció un Plan de Segmentación Tarifaria para ordenar los subsidios a la electricidad y el gas de acuerdo a los ingresos de los usuarios, con una diferenciación de a acuerdo a la región del país, y un tope de referencia para incentivar la eficiencia y el ahorro energético.

¿Cuánto pasaría a valer el boleto de colectivo?

A través de su red social X, la Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (AAETA) difundió el Índice Bondi proyectado a diciembre con los costos actualizados según las medidas económicas anunciadas por el Ministro de Economía.

El precio promedio del boleto proyectado según este índice es de $797 (IVA incluido), lo cual significa una diferencia de $744,04 en relación al costo del boleto mínimo de $52,96 que hoy se abona en el AMBA.

Imagen: X/@aaeta_arg

De acuerdo a esta información, el costo real proyectado según las nuevas medidas económicas requerirá de $187.978 millones mensuales de parte del Estado para funcionar correctamente, de los cuales solo $97.784 millones son reconocidos por el Ministerio de Transporte a diciembre 2023. Esto arroja una pérdida de $90.193 millones al mes.

Actualmente, las tarifas vigentes con subsidio en el AMBA son las siguientes:

TransporteTarifa
ColectivosMínima $52,96
TrenesEntre $25,72 y $33,28.
Subte$80
por

Afip lanzo un nuevo sistema para registrar trabajadores

A través de la Resolución General 5448/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos(AFIP) se habilitó una nueva funcionalidad en la aplicación móvil ” Mi AFIP”, la cual permite a los empleadores inscritos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) registrar las altas de sus trabajadores de manera definitiva o provisoria, simplificando así el proceso de incorporación de personal.

Esta nueva funcionalidad coexistirá con la modalidad de presentación de las comunicaciones de altas, bajas y/o modificaciones de datos.

Con esta actualización, los empleadores podrán acceder a dos módulos distintos a través de la aplicación:

Módulo Alta Definitiva: aquí, los empleadores que posean todos los datos requeridos pueden registrar de manera definitiva las altas de su personal. Deben acceder a la opción “ALTA YA” en la aplicación “Mi AFIP”, seleccionar el “Módulo Alta Definitiva” y utilizar su Clave Fiscal. Para poder hacer uso de este módulo, es crucial tener actualizados los datos en el sistema “Simplificación Registral”.

Módulo Alta Provisoria: Destinado a empleadores con particularidades en su actividad que requieran realizar altas de manera inmediata y no cuenten con todos los datos necesarios en el momento de inicio de la relación laboral. Aquí se ingresan datos esenciales como CUIT del empleador, CUIL del trabajador, domicilio de explotación, actividad económica y fecha de inicio de la relación laboral. La aplicación emitirá un “dígito verificador” que servirá como código único, debiendo conservarse hasta obtener el acuse de recibo, respaldando el alta definitiva en el sistema “Simplificación Registral”.

Alta ya: requisitos y plazos

Los empleadores tienen un plazo de cinco días corridos a partir del alta provisoria para completar el proceso y obtener el alta definitiva a través del “Módulo Alta Definitiva” o mediante el sitio “web” de la AFIP con Clave Fiscal. Es importante destacar que el incumplimiento dentro de este plazo resultará en la anulación automática del trámite de alta provisoria.

Además, se ha habilitado la posibilidad de consulta y perfeccionamiento de registros ingresados de manera provisoria para los usuarios. Esta nueva funcionalidad en “Mi AFIP” facilita el registro de altas laborales, apuntando a reducir la informalidad laboral y agilizar los procesos administrativos, fortaleciendo la formalización laboral en diversos sectores como la organización de eventos masivos, actividades rurales y de construcción.

El avance hacia la digitalización de estos procesos administrativos, sostiene el texto oficial, evidencia el compromiso de la AFIP en simplificar la registración de trabajadores, fomentando su inclusión en el mercado laboral formal y asegurando el cumplimiento de los beneficios establecidos en las leyes previsionales.

Además, esta herramienta marca un hito en la lucha contra la informalidad laboral en Argentina, demostrando el compromiso por parte de la AFIP en modernizar sus procedimientos y favorecer la formalidad en el ámbito laboral del país.

www.estudiopiacentini.com.ar

por

Beneficio pago diferido en monotributo

  • ¿Cómo abona la cuota del Monotributo, un contribuyente que posee el beneficio del pago diferido del componente impositivo (medidas de alivio categorías A, B, C y D) y quiere pagar la cuota completa?

    En el caso que, el contribuyente accedió al beneficio del pago diferido del componente impositivo, pero desea abonar de todas formas la cuota completa del Monotributo, podrá generar desde el servicio CCMA un VEP con todos los componentes.

    Para generar el VEP, al ingresar al servicio CCMA se deberá realizar el “Calculo de Deuda” a la fecha y el sistema mostrará los importes adeudados por período. 

    Luego, se debe hacer clic en la opción “Volante de Pago” que se encuentra al final de la pantalla, donde el sistema mostrará en la pestaña “Autónomos y Monotributistas” los importes adeudados con sus respectivos intereses –en caso de corresponder-. Se debe seleccionar el período a abonar y luego hacer clic en el botón “Generar VEP o QR” y en la siguiente pantalla seleccionar el sitio de pago donde será enviado para abonar. Para finalizar ingresar en la entidad de pago elegida y abonar el VEP.

www.estudiopiacentini.com.ar

por

Proyecto de reforma fiscal y blanqueo 2024

Estamos a mediados de diciembre 2023, y  comenzó a circular un borrador con el proyecto de  ley de reforma fiscal y el blanqueo de capitales que intentará aprobar el Gobierno en el Congreso.

Debajo, detallamos los principales puntos y estaremos atentos a cualquier nueva información que surja.

  • Creación del “Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social”, mediante el cual se podrán regularizar las obligaciones tributarias y aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley
  • Régimen de Regularización de Activos para las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias que, según las normas de esa ley, sean considerados residentes fiscales Argentinos al 31 de diciembre de 2023, estén o no inscriptas como contribuyentes ante la AFIP
  • Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales “REIBP” por todos los períodos fiscales hasta la fecha de su caducidad, el 31 de diciembre de 2027
  • Baja de alícuotas del impuesto sobre los bienes personales hasta arribar al período fiscal 2027 y eliminan las alícuotas diferenciales para bienes del exterior
  • Derogación del impuesto cedular a las altas rentas -Ley 27725
  • Se aprueban las modificaciones que se habían efectuado para empleados en relación de dependencia para el período fiscal 2023 (escalas)
  • Derogación a partir del 1° de enero de 2024 del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas
  • Se fija en 15% la alícuota del derecho de exportación previsto en el artículo 724 del Código Aduanero para todas aquellas mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR que actualmente no estuvieran gravadas con derechos de exportación.
  • Se eleva al 15% la alícuota del derecho de exportación previsto en el artículo 724 del Código Aduanero para todas aquellas mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR que actualmente estuvieran gravadas con un derecho de exportación a una alícuota inferior a dicha alícuota
  • Se dispone que cuando un responsable inscripto realice ventas, locaciones o prestaciones de servicios gravadas a consumidores finales, deberá discriminar en la factura o documento equivalente el gravamen que recae sobre la operación. El mismo criterio se aplicará con sujetos cuyas operaciones se encuentran exentas, excepto que revistan la condición de inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
  • Asimismo, también se dispone que las facturas, tiques y documentos equivalentes emitidos a consumidores finales por bienes y servicios en todo el territorio nacional, deberán contener información del valor aproximado correspondiente a los tributos federales, provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales que tengan incidencia en la formación de los respectivos precios de venta.
  • Se dispensa a la AFIP de efectuar reclamos con relación a los incumplimientos o caducidades de los beneficios en el marco del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción establecido por el Decreto N° 332/2020 y sus modificaciones.
  • También hay previstas modificaciones en impuestos internos Se prevé la aplicación del impuestos internos a los cigarrillos electrónicos.

Fuente: Errepar.

www.estudiopiacentini.com.ar

por

Reunión Ministerio de Economía por deuda comercial de ADIMRA

El día 14-12-23  ADIMRA participó en una reunión en el Ministerio de Economía para abordar la problemática de deuda comercial con proveedores del exterior por importaciones de bienes y servicios.  

En reiteradas oportunidades la entidad ha manifestado su preocupación por esta situación, señalando que se están dañando relaciones comerciales construidas durante años, que han cortado los suministros del exterior.  

Se volvió a plantear el tema, destacando que la capacidad financiera de las empresas del sector está totalmente estresada, por lo que la cuotificación de la deuda comercial debe tener una mirada especial.   

Nos han indicado que la semana próxima (en principio el martes) se lanzará un padrón para que las empresas con deuda comercial puedan inscribirse para determinar el monto exacto de la deuda global. Se van a otorgar, aproximadamente, 7 días hábiles de plazo para hacerlo. 

En este registro las empresas que ya realizaron el pago, pero por algún tema administrativo figura deuda en AFIP, podrían indicarlo para liberar esa situación. 

Para todo el stock habrá una serie de instrumentos financieros para cumplir con la deuda comercial emitidos en dólares, pero suscripto en pesos. Se trata de un conjunto de bonos de corto, mediano y largo plazo hasta 2027 con una tasa máxima de 5%. Comenzarían lanzando el bono de más largo plazo para luego ir a los de menor duración. 

Han indicado que las cuentas de cobertura cambiaria se van a respetar, pero no han dado precisiones sobre las fechas de pago.  

Se continuará gestionando el tema y los mantendremos informados al respecto.

www.estudiopiacentini.com.ar

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

    TELEFONOS

    4585-3779 / 4585-4841, líneas rotativas

    EMAIL

    info@estudiopiacentini.com.ar / atencionclientes@estudiopiacentini.com.ar