Blog – Full Width

por

Autónomos mayo 2024 – Nuevos valores  

A través del Decreto 274/2024 se establece, de acuerdo con la pauta dispuesta por la Ley 24.241 modificada por la Ley 27.609 para la actualización de los haberes, la modificación del importe a abonar por los trabajadores autónomos, a partir de mayo 2024, incrementándose los mismos en un 11,01%.
Estos valores entrarán en vigor a partir del día 15/05/2024.   Categorías mínimas de revista:  
-Aportes mensuales de los trabajadores autónomos.  
-Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial.  
-Afiliaciones voluntarias.  
-Menores de 21 años.  
-Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.  
-Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828.
image_(13)
www.estudiopiacentini.com.ar
por

Cuando te piden certificación de origen de fondos al comprar un auto

La UIF adecúa los valores para automotores

El organismo actualiza los umbrales respecto de operaciones sobre automotores y elimina la obligación de presentar reportes sistemáticos sobre cédula azul

La Unidad de Información Financiera, a través de la resolución 71/2024 actualiza los umbrales respecto de operaciones sobre automotores, fijando la obligación de definir un perfil de cliente cuando la operación sea por un monto anual igual o superior a la suma de $60.000.000.
El perfil del cliente deberá estar basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria.
A tal fin se requerirán declaraciones juradas de impuestos, copia certificada de la escritura por la cual se justifiquen los fondos con los que se realizó la compra, certificación de contador público matriculado indicando el origen de los fondos y toda otra documentación que respalde la tenencia de fondos lícitos suficientes para realizar la operación.

Se prevé la posibilidad de que el monto establecido se actualice de manera automática en los meses de enero y julio de cada año en base al porcentaje de incremento de índice de precios del sector automotor acumulado en los últimos 6 meses, a partir del día hábil siguiente de la fecha de publicación en el sitio web de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA).
Por otro lado, se elimina la obligación de presentar reportes sistemáticos sobre la expedición de cédulas azules, toda vez que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios derogó la normativa sobre expedición de cédulas de identificación para autorizados a conducir.

www.estudiopiacentini.com.ar

por

Novedades en aplicativo ganancias sociedades

Permite detallar el ajuste por inflación

Las modificaciones introducidas en la nueva versión 24.0 del Aplicativo, permiten realizar la apertura del dato correspondiente al Ajuste por Inflación contable e impositivo. Respecto de este último, también se puede discriminar el ajuste por inflación de periodos anteriores. 

Tanto en la opción “Ajustes Rdo. Impositivo de F.A. – aumentan utilidad o disminuyen pérdida” como en “Ajustes Rdo. Impositivo de F.A. – disminuyen utilidad o aumentan pérdida”, se podrá realizar la carga de dichos datos, tal como se muestra en la siguiente pantalla:

www.estudiopiacentini.com.ar

por

Nuevos valores de regímenes de información, retención y percepción.

La AFIP informó los nuevos valores a partir de los cuales rige la obligación de informar o actuar como agente de retención/percepción en ciertos regímenes.
 
Los montos se actualizaron según el coeficiente que surge de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el INDEC, correspondiente a diciembre de 2023 respecto al mismo mes de 2022.
 
Los regímenes actualizados con vigencia desde el 01/05/2024, son los siguientes:
 
– Régimen de retención de IVA y Ganancias – Sistemas de tarjetas de crédito y tarjetas de compra: no deberá ser aplicado el régimen cuando el importe a retener sea igual o inferior a 6.000 pesos. El importe anterior estaba fijado en 2.000 pesos.
 
– Régimen de percepción de IVA: en cuanto a las operaciones que se cancelen mediante la entrega de granos no destinados a la siembra y legumbres secas será de aplicación el régimen cuando el pago se realice mediante la transferencia de granos y semillas en proceso de certificación –cereales y oleaginosas – excepto arroz, y legumbres secas y el importe sea superior a 11.500 pesos. Esta actualización modifica el importe que se había fijado en 2023, de 3.800 pesos.
 
– Régimen de información – Servicios públicos: en cuanto a los consumos relevantes, las empresas que presten el servicio de suministro de energía eléctrica, provisión de agua, gas, telefonía fija y telefonía móvil, deberán presentar el régimen de información sólo por las operaciones que, en cada mes calendario, sean iguales o superiores a la suma de 95.000 pesos (o su equivalente, cuando el período de facturación sea diferente al mensual). Esta modificación reemplaza el valor anterior, establecido en 31.000 pesos.
por

El Impuesto País se aplicara a compras de moneda extranjera para la distribución de utilidades y dividendos

Mediante el Decreto 385/2024 se extiende el alcance del impuesto PAÍS a la compra de billetes y divisas en moneda extranjera y a la suscripción en pesos de “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL) recibidos desde el 1° de septiembre de 2019, inclusive, así como también a las suscripciones de BOPREAL que sean efectuadas a tales fines, en los siguientes casos:
 
– Distribución de utilidades y dividendos.
 
– Repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de tales conceptos.
 
A su vez, la alícuota establecida en el artículo 39 de la Ley 27.541 se reducirá al 17,5 % y la percepción del impuesto la realizará la entidad autorizada para operar en cambios por el BCRA mediante la cual se realice la operatoria. Ésta deberá practicarse cuando se efectúe el débito de la integración de la suscripción.
 
Vigencia: a partir del 6 de mayo del corriente, día de su publicación en el Boletín Oficial.
www.estudiopiacentini.com.ar
por

Regimen simplificado de Ingresos brutos


Es un régimen opcional para contribuyentes encuadrados en el Régimen local de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que la actividad que ejerzan no se encuentre excluida.  
El encuadre en el Régimen se dará en categorías, conforme los parámetros y tipo de actividad que se lleve a cabo, siendo estos: ingresos brutos, superficie afectada y energía eléctrica consumida.  
Se destaca que, para ser considerado en el Régimen Simplificado, a partir del 1 de enero 2024 el importe de facturación anual durante el período 2023 no deberá superar, según lo previsto por el art. 29 de la Ley 6711) los $7.996.490,00.  
En tanto, el nuevo valor máximo unitario de venta -que sólo resulta aplicable para la venta de cosas muebles (según el art. 30 de la Ley 6711)-, asciende a $ 85.627,66.  
La recategorización se realiza en enero, mayo y septiembre, en forma cuatrimestral.
Es un régimen opcional para contribuyentes encuadrados en el Régimen local de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que la actividad que ejerzan no se encuentre excluida.  
El encuadre en el Régimen se dará en categorías, conforme los parámetros y tipo de actividad que se lleve a cabo, siendo estos: ingresos brutos, superficie afectada y energía eléctrica consumida.  
Se destaca que, para ser considerado en el Régimen Simplificado, a partir del 1 de enero 2024 el importe de facturación anual durante el período 2023 no deberá superar, según lo previsto por el art. 29 de la Ley 6711) los $7.996.490,00.  
En tanto, el nuevo valor máximo unitario de venta -que sólo resulta aplicable para la venta de cosas muebles (según el art. 30 de la Ley 6711)-, asciende a $ 85.627,66.  
La recategorización se realiza en enero, mayo y septiembre, en forma cuatrimestral.

www.estudiopiacentini.com.ar

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

    TELEFONOS

    4585-3779 / 4585-4841, líneas rotativas

    EMAIL

    info@estudiopiacentini.com.ar / atencionclientes@estudiopiacentini.com.ar