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Plazos fijos que me den renta para vivir

Plazos fijos hoy: cuánto hay que depositar en un plazo fijo para ganar una Canasta Básica Total por mes

Un plazo fijo puede darte libertad financiera… si tenés el monto correcto.

6 recomendaciones sobre plazos fijos

1 | Guardar el dinero en el hogar no genera ningún rédito. El Plazo Fijo ofrece un retorno conocido (la tasa de interés), es simple, es seguro y contribuye a la financiación de los clientes bancarios.

2 | Antes de elegir un banco para constituir un plazo fijo chequear la tasa de plazo fijo por Home Banking o por la banca de inversión, los medios electrónicos suelen ofrecer mejores tasas de interés.

3 | Por lo general, a mayor plazo, mayor es la tasa que el banco está dispuesto a pagar. Si se sabe que no se necesitará el dinero por un tiempo superior a 30 días, consultar las tasas de interés por plazos superiores, 60, 90, 180 y 360 días.

4 | Las operaciones de plazo fijo pueden hacerse en pesos o en dólares, y la tasa de uno y otro son diferentes. Los plazos fijos en dólares están dando interés muy bueno hoy en día.

5 | Es recomendable invertir en un plazo fijo cuando se está seguro de que no se necesitará el dinero depositado durante un determinado tiempo, debido a que el mismo quedará inmovilizado sin poder ser retirado hasta su vencimiento.

6 | Antes de constituir un plazo fijo, chequear la tasa de interés en distintas entidades para optar por la mejor oferta de tasas de interés.

Si quieres mejor rentabilidad, otras inversiones en las cuentas comitentes, bonos, obligaciones negociables o acciones, son opciones quizás superadoras .

ME SIRVE UN PLAZO FIJO PARA TENER UN “SUELDO” MENSUAL?:

En un contexto de altas tasas de interés, muchos ahorristas se preguntan si es posible tener un ingreso asegurado pasivo,  utilizando el rendimiento de un plazo fijo. Para responder a esa pregunta, se puede calcular cuánto capital inicial se necesita para generar un ingreso mensual que cubra, al menos, la Canasta Básica Total (CBT), el indicador que mide el umbral de la pobreza.

Tomando el último dato oficial del INDEC, una familia tipo (dos adultos y dos menores) necesitó $1.128.398 en junio para VIVIR

Para obtener esa ganancia mensual a través de un plazo fijo, un ahorrista necesita depositar un capital inicial de $38.000.000 en la entidad que ofrece la tasa más alta del mercado.

¿Cómo se llega a ese número?

El cálculo se realiza utilizando la Tasa Nominal Anual (TNA) más competitiva disponible, que actualmente es del 36% y la ofrece el Banco Provincia de Tierra del Fuego.

  1. Tasa de interés mensual: La TNA del 36% anual equivale a un rendimiento del 3% mensual.
  2. Cálculo del capital: Para obtener el capital necesario, se divide el ingreso deseado por la tasa de interés mensual:$1.128.398 / 0,03 = $37.613.267

El ranking de las mejores tasas de plazo fijo (Julio 2025)

No todos los bancos ofrecen el mismo rendimiento. Las entidades provinciales y digitales suelen pagar más que los bancos grandes.

  • Banco Provincia de Tierra del Fuego: 36%
  • Banco Bica S.A.: 35%
  • Banco Voii S.A.: 35%
  • Reba Compañía Financiera S.A.: 35%
  • Banco Meridian S.A.: 34,5%
  • Banco de la Provincia de Córdoba S.A.: 34%
  • Banco Mariva S.A.: 34%

Es clave recordar que este cálculo no contempla el efecto de la inflación, que puede erosionar el poder de compra tanto del capital como de los intereses generados.

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Bitcoin en el 2025

Novedades  que impuestos pagan  
¿Te acordás cómo arrancó el 2025? Con el Bitcoin rompiendo récords y superando los USD 100.000.  
Hoy, julio 2025, con el precio rozando los USD 118.000 la pregunta es:
¿llegué tarde al mundo cripto?  
La respuesta no es tan simple.
Porque invertir en cripto no es solo comprar Bitcoin.
Es entrar a un ecosistema que no para de transformarse con nuevos activos, plataformas, herramientas reguladas y estrategias de inversión que pueden incluir a las criptomonedas como parte de un portafolio diversificado.
¿Por qué este momento es clave?
Regulación en EE. UU.: Donald Trump impulsa una economía más amigable con las cripto y está a punto de firmar una ley que regula las stablecoins (una criptomoneda alternativa a Bitcoin), que deberán estar respaldadas en una proporción equivalente a dólares estadounidenses u otros activos de bajo riesgo.

  Impulso global: El mercado muestra un giro alcista respaldado por regulaciones favorables y gran interés profesional. Así, Bitcoin alcanzó un nuevo máximo histórico, superando los USD 123.120  a mediados de julio, con un alza de casi 65 % desde abril. Ethereum también subió, superando los USD 3 000 USD, y altcoins como Solana crecieron 7 % en apenas una semana.

  La situación en Argentina: En marzo, la CNV aprobó una resolución que regula a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), que son las exchanges, custodia y billeteras, estableciendo normas para sus servicios (no para las criptomonedas en sí). El objetivo es proteger inversores, atraer capital y facilitar la adopción, aunque sigue habiendo incertidumbre en el marco fiscal. Además, el escándalo de la memecoin $LIBRA evidenció los riesgos del ecosistema: subas y caídas extremas, denuncias y falta de transparencia en algunas operaciones.   Por eso, invertir en criptomonedas implica altísima volatilidad y riesgo. Pero también, como parte de una estrategia, puede ser una vía para capturar oportunidades que otras inversiones tradicionales no ofrecen.
 
El mundo cripto está en alza, regulado y lleno de oportunidades. Sabemos que la información es nuestra mejor herramienta para tomar decisiones de inversión con confianza y aprovechar las oportunidades que el mundo de las criptomonedas ofrece.   

Y que debo declarar a ARCA de mis Criptomonedas?

Te hago un breve detalle de  Impuestos aplicables por la tenencia

Arca  establece los siguientes impuestos relacionados con la tenencia de criptomonedas:

Impuesto a las Ganancias

Se grava el beneficio generado al momento de la venta y los rendimientos efectivos, en caso de que estos se produzcan.

La venta de criptomonedas queda gravada para Personas humanas residentes, tanto de fuente argentina o extranjera, a una tasa del 15%. La ganancia bruta se obtiene deduciendo el costo de compra contra el de venta.

Importante, mientras no vendas tus activos digitales, no debes pagar impuesto a las ganancias si sos persona humana, si la que tiene la tenencia es una sociedad, paga por el solo aumento del valor.

En el caso de Personas Jurídicas, estarán gravadas a la tasa progresiva del 25% al 35%, según las ganancias de la sociedad en el ejercicio.  O sea, la sociedad paga por la diferencia de valor desde que inicio el ejercicio al cierre, ese aumento es ganancia, también por la ganancia que obtuvo si los vendió.

Impuesto sobre los Bienes Personales

Según un dictamen de la ARCA, las criptomonedas son consideradas un activo financiero y, por lo tanto, están gravadas por el Impuesto sobre los Bienes Personales. Esto cambió el criterio previo, que las consideraba “bienes inmateriales” exentos del impuesto.

Al ser asimiladas a un título valor, la base imponible para este impuesto será el último valor de cotización al 31 de diciembre si se operan en bolsas o mercados. En caso contrario, el impuesto se calculará sobre su costo, incrementado por los intereses, actualizaciones y diferencias de cambio devengadas hasta esa fecha.

Tenes dudas? Pedinos una entrevista y lo resolvemos.

Consultas a   info@estudiopiacentini.com.ar  o  155143-5065

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Mas simple el pago- aporte servicio casas de familia

ARCA. Empleadores Casas Particulares. Podrán adherir al débito automático los aportes y contribuciones a la Seguridad Social.

El beneficio permitirá que el empleador pueda realizar el pago de la obligación, con una única gestión de adhesión, al tiempo que facilita el pago oportuno para la cobertura de los trabajadores a lo largo de la relación laboral.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilita el débito automático para el pago de aportes y contribuciones a la seguridad social de empleadores de Casas Particulares. El beneficio permitirá que el empleador no gestione el pago mes a mes, sino que con una única gestión de adhesión, el pago se debite en forma automática.

La medida se estableció mediante la Resolución General N° 5723/2025.

La decisión alcanzará aproximadamente a 450.000 empleadores que registran sus pagos mensualmente ante el organismo. De esta manera, los contribuyentes contarán con más posibilidades para cumplir con las obligaciones previsionales de sus trabajadores de forma ágil. La opción estará disponible para el pago mensual de las contribuciones y aportes patronales, cuota correspondiente a la Obra Social y a la Aseguradora del Riesgo del Trabajo (ART).

Actualmente, los pagos se realizan de forma presencial mediante el formulario 102/RT o por vía electrónica a través de billeteras virtuales -pago de obligaciones con importes prestablecidos-, QR, Homebanking y tarjeta de crédito -previa generación del Volante Electrónico de Pago (VEP)-. Cualquiera de estas modalidades implica que el contribuyente deba ingresar cada mes para saldar las sumas previsionales de los trabajadores de Casas Particulares.

Ahora se suma esta opción que mediante una única acción asegura el cumplimiento puntual y constante de las obligaciones laborales durante toda la relación laboral. Este método evita omisiones y reduce retrasos involuntarios en los pagos a la seguridad social.

Esta nueva funcionalidad forma parte del objetivo de ARCA de impulsar la formalización del empleo y reducir la incidencia del trabajo no registrado en la economía.

Por otra parte, y en aquellos casos en que ARCA detecte por información propia o de terceros, datos desactualizados en el Registro, podrá modificarlo de oficio identificando los mismos con una marca en el mencionado Registro.

¿Cómo podrá realizarse la adhesión?

Para adherir el pago de los aportes y contribuciones al débito directo en cuenta bancaria, se deberán seguir los siguientes pasos:

1.    Acceder al portal de ARCA www.arca.gob.ar con CUIL/CUIT y  Clave Fiscal.

2.    Ingresar al Registro Especial del Personal de Casas Particulares.

3.   Verificar dentro del menú de “Trabajadores” la pantalla de “Trabajadores a cargo”.

4.    Hacer click en el botón “Adherir al débito automático”.

5. Seleccionar CBU: El sistema mostrará las Claves Bancarias Uniformes (CBU) previamente cargadas. Seleccionar la deseada, la que deberá ser de titularidad del empleador.

6.    Agregar Nueva CBU (Opcional): Si se requiere agregar una nueva CBU, el sistema lo redireccionará al servicio “Declaración de CBU”.

En tanto que, para realizar la adhesión por tarjeta de crédito, el trámite deberá ser realizado a través de la administradora. El contribuyente verá reflejada la operación en el siguiente resumen.

Dentro del Registro Especial del Personal de Casas Particulares, el contribuyente podrá visualizar si efectivamente se concretó el pago, como también si hubo algún tipo rechazo en el intento de débito, como por falta de fondos, cierre de la cuenta, etc.

Previo a acceder al nuevo mecanismo de débito automático, el empleador deberá asegurarse de tener la información actualizada en el registro, tales como la condición del empleado, la cantidad de horas semanales de la relación laboral y la CBU de donde se realizará el débito.

¿A partir de qué período comienza a debitarse?

Para las adhesiones realizadas hasta último día de cada mes: se debitará la obligación con vencimiento el día 10 del mes siguiente. Por ejemplo, si la adhesión al débito automático se realiza el día 15/7/2025 el primer débito corresponderá al período devengado julio con vencimiento el 11/08/2025.

Fuente: ARCA

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IVA Simple: respuestas a las principales dudas

ARCA respondió dudas clave sobre IVA Simple, incluyendo agro, reintegros, TurIVA, operaciones exentas y cómo registrar saldos y devoluciones.

ARCA respondió a una serie de inquietudes sobre el funcionamiento del nuevo sistema de IVA Simple, especialmente en relación con situaciones particulares de contribuyentes.

A continuación, los principales puntos aclarados:

1. Agropecuarios con IVA Anual (F. 810)

Se liquida como cualquier contribuyente no agropecuario. El sistema detecta automáticamente la caracterización 17 y genera el VEP con las ICS correspondientes.

2. Reintegro Agropecuario

En “Datos Iniciales” se debe seleccionar “Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias” para habilitar la pestaña correspondiente en “Exportaciones, operaciones exentas y regímenes especiales”.

3. Régimen TurIVA (hoteles a turistas extranjeros)

Debe tildarse en “Datos Iniciales” la opción “Incluido en el Régimen TurIVA”. Luego se habilita una pestaña en Libro IVA Ventas o Compras, según corresponda. Se debe informar el “Importe Reintegro Decreto 1043/2016”.

4. Operaciones Exentas

Se informan en el Módulo “Registración Electrónica de Operaciones”, no directamente en la DDJJ.

5. Comprobantes no visibles en el IVA Exento

Se solicita enviar los datos del contribuyente afectado y capturas de pantalla para su análisis.

6. ITC sólo visible para transporte internacional

Para cargarlo correctamente, en “Datos Iniciales” seleccionar “Otros pagos a cuenta” y luego la opción “Pago a cuenta Restringido – Art. 15, Ley 23.966”.

7. Saldo de libre disponibilidad negativo

El error fue solucionado. Se solicita volver a intentar.

8. Devoluciones mensuales no visibles

Deben ingresarse manualmente en la sección “Administración de Saldos”, campo “Devoluciones y transferencias”.

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Devolución Impuesto PAIS

¿Quiénes y cómo pueden acceder al beneficio? cronograma

Procedimiento especial de devolución del Impuesto PAIS para importadores. La medida se instrumentó a través de la Resolución General Nº 5720/2025, publicada en el Boletín Oficial.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo procedimiento especial de devolución de pagos a cuenta no computados del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) destinado a importadores, que podrán aplicar estos saldos a favor para la cancelación de derechos de importación.

La medida se instrumentó a través de la Resolución General Nº 5720/2025, publicada en el Boletín Oficial.

Antecedentes normativos del impuesto PAIS

La Ley 27.541  de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia, y el Decreto 99/2019 establecieron el  Impuesto PAIS, aplicable a operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones incluyendo, entre otras, a las importaciones de mercaderías efectuadas por residentes en el país. Se fijó un pago a cuenta del referido impuesto de hasta el 95%, respecto de las operaciones de importación de determinadas mercaderías.

El Impuesto resultó de aplicación desde el 23 de diciembre de 2019 hasta el 22 de diciembre de 2024, inclusive.

Motivos por los cuales los pagos a cuenta no fueron computados en su totalidad

El Decreto 433/2023 estableció que los sujetos que suscribieran acuerdos de precios para el mercado local con la entonces Secretaría de Comercio, gozarían de la suspensión del pago de cargas que pudieran recaer sobre la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la importación de determinadas mercaderías, entre otros beneficios.

Por su parte, el Decreto 14/2024, excluyó del impuesto PAIS a la introducción a las Zonas Francas de mercaderías ingresadas al amparo de un Certificado de Tipificación de Zonas Francas (C.T.Z.F.).

El Decreto 777/2024 determinó la reducción de alícuota del impuesto para las importaciones en 7,50%.

En consecuencia, podrán solicitar la devolución del pago a cuenta:

  • Las importaciones beneficiadas por la reducción de alícuota del Decreto 777/2025.
  • Las importaciones temporarias o ubicados en Zona Franca.
  • Las importaciones con acuerdo de precios.

Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS

Este Registro, de carácter optativo, en lugar de una devolución directa en efectivo otorgará un crédito fiscal que podrá ser utilizado exclusivamente para cancelar derechos de importación, a través del Sistema Informático MALVINA (SIM).

Para acceder a la devolución, los importadores deberán ingresar al servicio “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria – PAIS”, y completar la Declaración Jurada de Devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS por Importaciones de Bienes (DJIP).  

El plazo para la presentación de la Declaración Jurada se extenderá desde el 8 de julio de 2025 hasta el 22 de agosto de 2025. 

La información declarada será cotejada con la existente en las bases de ARCA. En caso de que no se detecten inconsistencias, se generará en forma automática un crédito -que solo podrá ser utilizado para la cancelación de derechos de importación- en el Sistema Informático MALVINA (SIM) y un identificador como Medio de Pago IV (Ingreso en Valores), en función del monto a devolver, de acuerdo al siguiente esquema:

Quienes deseen acceder al beneficio deberán presentar una Declaración Jurada de Devolución (DJIP) a través del servicio:

“Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS”, disponible en www.arca.gob.ar desde el 8 de julio hasta el 22 de agosto de 2025, inclusive.

En una primera etapa, el beneficio alcanza a quienes realizaron pagos a cuenta del Impuesto PAIS pero no lo han podido computar, en el marco de la reducción de alícuota o bien por regímenes especiales como acuerdos de precios y zonas francas.

Al finalizar los 45 días de vigencia del Registro para los tres orígenes de saldos a favor de la Etapa I, se habilitará una nueva ventana para ingresar las solicitudes de devolución de los restantes orígenes de los pagos a cuenta realizados en exceso y se dictará una norma específica que reglamente el procedimiento de devolución de los mencionados orígenes en una segunda etapa.

¿Cómo operará la devolución?

En caso de validación automática de la información, se generará un crédito en el Sistema Informático MALVINA (SIM), utilizable exclusivamente para la cancelación de derechos de importación, con un esquema de devolución en cuotas según el monto total del saldo a favor, que operará de la siguiente manera:

Monto de saldo a favor ($)Cantidad de cuotas
Hasta 4 millones1 cuota
Más de 4 millones hasta 10 millones6 cuotas
Más de 10 millones hasta 100 millones12 cuotas
Más de 100 millones24 cuotas

Cronograma de acreditación del saldo a favor

La primera cuota se encontrará disponible el 8 de septiembre de 2025.

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Se abrió el programa Crédito Fiscal 2025

Con el objetivo de impulsar la formación profesional y mejorar la empleabilidad, el Ministerio de Capital Humano aprobó el Programa Crédito Fiscal 2025 mediante la Resolución 437/2025.

Para acceder al programa, las empresas o instituciones deberán presentar una propuesta de capacitación. En caso de ser aprobada, se inicia un proceso que finaliza con la emisión de un Bono Fiscal, el cual podrá ser utilizado para cancelar obligaciones impositivas nacionales.

La página de argentina.gob.ar  dice:

Convocatoria 2025

Prepará tu propuesta de capacitación laboral para tus trabajadores, trabajadores de tu cadena de valor y personas desocupadas, y cancelá impuestos nacionales. Próximamente, podrás presentarla y luego de aprobada y ejecutada, acceder a un Bono Fiscal Electrónico.

¿Cuál es el monto que se financia?

  • MiPyMEs: hasta el treinta por ciento (30%) de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones y sus respectivas contribuciones patronales, abonados en los doce (12) meses previos a la solicitud, siempre y cuando no superen los pesos seis millones ($6.000.000).
  • Cooperativas de trabajo: hasta el treinta por ciento (30%) de la suma total de los retornos en concepto de retribución del trabajo realizado por los trabajadores asociados abonados en los doce (12) meses previos a la solicitud, siempre y cuando no superen los pesos seis millones ($6.000.000).
  • Grandes empresas: hasta el ocho por mil (8‰) de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones y sus respectivas contribuciones patronales, abonados en los doce (12) meses previos a la presentación de la propuesta, siempre y cuando no superen los pesos seis millones ($6.000.000).

Las propuestas podrán ampliarse hasta un total de pesos diez millones ($10.000.000) cuando: a) incluyan acciones dirigidas a trabajadores desocupados y/o; b) realicen acciones sobre organismos de la cadena de valor.

¿Qué es el Programa Crédito Fiscal?

Se trata de un régimen que permite a empresas y cooperativas acceder a un beneficio impositivo a cambio de invertir en capacitación de trabajadores ocupados en cada pyme  o desocupados.

El crédito logrado  se aplica para pagar  tributos cuya percepción está a cargo de ARCA.

Este programa se encuadra en la Ley N° 22.317 y sus modificatorias.

Quiénes pueden participar

Como Organismos Responsables:

  • Micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).
  • Grandes empresas.
  • Cooperativas de trabajo (Ley N° 20.337).

Como Organismos Adherentes:

  • Empresas de la cadena de valor.
  • Instituciones de Formación Profesional registradas.
  • Entes de agrupamientos industriales (RENPI).
  • Cámaras empresarias, sindicatos u ONG del sector.

Quiénes no pueden participar

  • Empresas incluidas en el REPSAL.
  • Empresas cuya actividad principal sea la intermediación financiera y seguros (con excepciones).

Cupo total disponible

$400.000.000, distribuido regionalmente. Ejemplos:

 Requisitos para presentar propuestas

  • Estar inscripto en REGICE. Registro de Instituciones de Capacitación y/o Empleo (REGICE)
  • Cargar propuesta en la Plataforma Crédito Fiscal. https://www.argentina.gob.ar/trabajo/creditofiscal
  • Luego, formalizar por TAD con la documentación obligatoria.

 Montos máximos financiables

  • MiPyMEs y cooperativas: hasta el 30% de su masa salarial, con tope de $6.000.000.
  • Grandes empresas: hasta el 8‰ de su masa salarial, también con tope de $6.000.000.
  • Propuestas que incluyan desocupados: pueden ampliarse hasta $10.000.000.

Formación Profesional

  • Modalidades: presencial, semipresencial, virtual sincrónica, virtual autoasistida.
  • Duración de cursos: entre 8 y 120 horas reloj.
  • Tipos de formación: abierta (instituciones externas) y cerrada (propia de la empresa o cooperativa).
  • Se pueden incluir equipamientos, hasta un 50% del valor total de la acción formativa.

Rubros financiables

  • Honorarios docentes: hasta $15.000 por hora.
  • Insumos: hasta $25.000 por persona.
  • EPP y ropa de trabajo para desocupados: hasta $30.000 por persona.
  • Aranceles de cursos abiertos: hasta $5.000 por hora por trabajador (o $3.500 si supera las 50 horas).
  • Honorarios para contador: hasta $35.000 por certificación (máximo dos).
  • Honorarios de formulación y seguimiento: hasta 10% del total, con tope de $400.000.

Incentivos por incorporar desocupados

Incrementos del monto aprobado si se incorporan trabajadores desocupados a la nómina, con porcentajes que van del 10% al 50% según el tamaño y cantidad incorporada.
Además, se suma un 5% adicional por incorporar personas con discapacidad o beneficiarios de programas laborales.

Ejecución

  • La duración máxima de las propuestas es de 6 meses desde su aprobación.
  • La capacitación debe registrarse en la Plataforma Gestión Empleo, pagina argentina.gob.ar
  • Los participantes deben cumplir al menos 75% de asistencia.

Rendición de cuentas

  • Se presenta hasta 30 días después de finalizadas las actividades.
  • Se debe incluir documentación respaldatoria, firmada por Contador Público.
  • Se otorga el Bono Fiscal solo si la rendición es aprobada.

Penalidades

  • Incumplimientos pueden llevar a la pérdida total o parcial del beneficio y aplicación de sanciones.
  • La falta de rendición puede derivar en el desistimiento de la propuesta.

Mas datos y consultas :  cfp@trabajo.gob.ar

https://www.argentina.gob.ar/trabajo/creditofiscal

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    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

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