Estudio Contable Piacentini-Informe Nro. 20 – 17 de mayo de 2021 Novedades Contables e Impositivas – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Prórroga – Impuesto a las Ganancias
A través de la Resolución General N° 4988 la AFIP determinó que los contribuyentes y/o responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General N° 4.626 y sus complementarias, cuyos cierres de ejercicio operaron en el mes de diciembre de 2020, podrán efectuar la presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias y el pago del saldo resultante, correspondientes al período fiscal 2020, hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del
contribuyente, se indican a continuación:
Homologación Controlador Fiscal de nueva tecnología
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) homologó, a través de la Resolución General N° 4986 y de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución General N° 3.561, sus modificatorias y complementarias, el equipo denominado “Controlador Fiscal” de nueva tecnología, cuyos datos identificatorios y empresa proveedora se detallan a continuación:
Modificación al Régimen de Información a cargo de entidades financieras
Mediante la Resolución General N.° 4989 fue modificado el régimen de información a cargo de las entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526, a fin de receptar lo concerniente a las “Cuentas especiales de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar) Ley 27.613”.
Novedades sobre clasificación arancelaria de mercadería
La Dirección General de Aduanas dictaminó nuevas consultas sobre clasificación arancelaria de determinadas mercaderías, en el marco de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 de 1997, sus modificatorios y complementarios.
La medida fue emitida mediante la Resolución General N.° 4987 de la AFIP, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Disposición N° 446 del año 2009. En el anexo de la normativa en cuestión se detallan las mercaderías y clasificaciones arancelarias respectivas.
Sociedades, asociaciones y otras personas jurídicas y sujetos – Solicitud de Clave Única de Identificación Tributaria y modificación de datos
Alta en impuestos y/o regímenes – Norma complementaria de la Ley 11.683 (t.o. 1998) – Derogación de las Resoluciones Generales 2337/2007 y 4810/2020 de AFIP.
La AFIP, a través de la Resolución General 4991/2021, establece las disposiciones que deberán observar las sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas y sujetos indicados en los incs. b) y c) del art. 5 de la Ley 11.683 (t.o. 1998), a los fines de solicitar la inscripción y/o modificación de datos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, siempre que no se encuentren alcanzados por las previsiones de otras normas de inscripción específicas.
Plan de pago de AFIP para sectores críticos: los nuevos requisitos
A través de la Resolución General 4992/2021, la AFIP amplió las condiciones para planes de pagos permanentes para los empleadores que desarrollan actividades en sectores críticos. La medida contempla hasta el 31 de agosto inclusive, la suspensión del “requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes no pueden superar el 25% del ingreso mensual de cada contribuyente”.
AGIP: Contribuyentes del ISIB con saldos a favor y deuda como Agentes de Recaudación – Procedimiento excepcional para atenuar alícuotas
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) estableció con carácter excepcional, a través de la Resolución Nº 111/2021, que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que declaren saldos a favor en el tributo y registren la existencia de deuda respecto de sus obligaciones como Agente de Recaudación entre abril/20 y abril/21, podrán solicitar, hasta el 30/06/2021, la evaluación de las alícuotas de recaudación establecidas con el objeto de una eventual morigeración, bajo los términos y condiciones de la citada normativa.
AGIP implementó beneficios para el sector hotelero y amplió condonaciones en facilidades de pago
La AGIP, a través de la Resolución 110/2021, reglamentó las medidas de alivio fiscal para el sector hotelero ante la pandemia de COVID-19. Al respecto, se deja sin efecto la obligación de pago de las cuotas mensuales por los períodos de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre del año 2021 del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, respecto de los titulares de dominio, los usufructuarios, los titulares de derechos de superficie y los poseedores a título de dueño de los inmuebles donde se desarrollen las actividades de hotelería, alojamiento, pensiones, albergues transitorios y/o moteles.
Por otra parte, se eleva de $ 1.500.000 a $ 18.000.000 el monto nominal de las deudas de los impuestos empadronados por los cuales la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos otorgará facilidades de pago con condonación de intereses.
Recordamos que la AGIP, se encuentra facultada a acordar planes de facilidades de carácter general para el pago de deudas correspondientes a tributos empadronados, cuyos vencimientos hubieran operado desde el día 1° de enero de 2019 y hasta el día 30 de octubre de 2020, condonando los intereses resarcitorios y financieros por el pago hasta en 6 cuotas mensuales y disponiendo una reducción de hasta un 75% de los mismos cuando el pago se opere entre 7 y 12 cuotas.
Se incorpora en este caso que cuando se regularicen deudas mayores a $1.500.000, la condonación de intereses resarcitorios deberá ser reducida al menos en un 25% de los mencionados y de los otorgados por la AGIP.
Escalas salariales – Empleados de Comercio 2021
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) publicó en su página web las escalas salariales para el período Mayo 2021 a Abril 2022 para el CCT 130/75
IGJ: Sociedades constituidas en el extranjero – Régimen de inscripción como sociedades vehículo
La Inspección General de Justicia (IGJ), a través de la Resolución General 8/2021, modifica la Resolución General 7/2015 y establece el régimen que deberán observar las sociedades constituidas en el extranjero que soliciten su inscripción como sociedades vehículo, y las que ya se encuentren inscriptas en el Registro Público en tal condición.
IGJ: está disponible la opción para efectuar la presentación de balances de las SAS
La Inspección General de Justicia (IGJ) informó que ya se encuentra disponible en la plataforma Trámites a distancia (TAD), la opción “Presentación Digital de Balances IGJ”.
A tal fin, la entidad puso a disposición de los usuarios un instructivo para la elaboración de la certificación contable prevista en el Anexo I de la Resolución General 2/2021.
Alivio fiscal para gastronómicos y sanatorios
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó dos leyes de paliativos fiscales para los sanatorios de gestión privada y los comercios de gastronomía afectados por las últimas restricciones dispuestas por la emergencia sanitaria. Por un lado, se exime del pago de los impuestos sobre Ingresos Brutos (IIBB) por servicios de internación a los efectores de salud del sector privado (clínicas, sanatorios y similares), correspondiente a los anticipos de mayo y junio de 2021. No están comprendidos en este beneficio los institutos de salud mental.
Por otra parte, se exime del pago del gravamen de IIBB durante mayo, junio y julio 2021 a los comercios de venta o servicios de alimentos y bebidas, ya fuere con atención en mesas, en el mostrador, al paso, “fast-food” o expendio de helados. Incluye los rubros catalogados en el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES) con los siguientes códigos: 561011, 561012, 561013, 561014, 561019 y 561030. No abarca la exención a los servicios o ventas de esos sectores con los estados nacional, provincial o municipal o con empresas u organismos oficiales.
Tanto para el caso de las internaciones en sanatorios cuanto en lo referido a gastronomía, se mantiene la obligatoriedad de presentar las declaraciones juradas como se debe hacer regularmente. A su vez, las leyes aclaran que la AGIP podrá solicitar información a los contribuyentes a fin de efectivizar el paliativo fiscal.
FECOBA agradece especialmente a la Cdora. Elisabet Piacentini por su aporte en la elaboración de este informe semanal que permite mantener actualizados a nuestros asociados en materia contable-impositiva.






