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Boletín Impositivo FECOBA 88

  • La Inspección General de Justicia reanuda la atención al público con limitaciones
  • Régimen de factura de crédito electrónica MiPyMES – Extensión de plazos
  • Solicitud de reversión de débitos automáticos y directos.
  • Los bancos podrán recibir legalizaciones digitales de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.

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Boletín Impositivo Fecoba 87

  • Se podrán financiar las tarjetas con tres meses de gracia y en hasta nueve cuotas.
  • AGIP prorrogó la presentación y el pago de Ingresos Brutos para Contribuyentes Locales.
  • Aclaraciones sobre la atención presencial al público de entidades financieras.
  • Acceso al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).
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Deuda con tarjetas

Se podrán financiar las tarjetas con tres meses de gracia y 9 cuotas.
Ya podes refinanciar los saldos impagos de tarjetas de crédito a un año de plazo con tres meses de gracia, en 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, y una tasa de 43% anual. (Comunicación “A” 6964).

Quienes opten por no pagar el total al vencimiento de su tarjeta, no deberán realizar trámite alguno para acceder a este beneficio. Es automático. Si tenes la tarjeta con débito en cuenta, pedi stop debit . 

Ya se había dispuesto el traslado del vencimiento de las tarjetas de crédito bril al 13 de abril, sin generar intereses resarcitorios.

Es para saldos impagos de los vencimientos desde el 13 de abril y hasta el 30 de abril.
Asi , las cuotas comenzarán a pagarse en agosto .
Esos saldos refinanciados podrán ser precancelados total o parcialmente en cualquier momento y sin costo -excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación- cuando el cliente lo requiera.

Recordemos que tanto el débito directo como el débito automático en la propia entidad financiera pueden ser cancelados a solicitud de los clientes .

Además se bajó a 43% (hoy establecido en 49%), la tasa nominal anual por interés compensatorio máxima que las entidades financieras pueden percibir por los saldos financiados en tarjetas de crédito, con vigencia a partir del 13 de abril.

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Boletín Impositivo FECOBA 86

  • Vence el pago de autónomos con nuevos valores.
  • mpuesto a las Ganancias – Precios de Transferencia.
  • Notas de crédito y débito – Prórroga.
  • Contribuyentes en general – Plan de Facilidades de Pago Permanente.
  • Tasas de Intereses resarcitorios y punitorios. Valores aplicables a partir del 1 de abril.
  • Ampliación de trámites por vía electrónica ante AFIP.
  • Impuesto a las Ganancias
  • Se extiende el plazo para efectuar la repatriación de activos financieros
  • Se prorroga el plazo del pago a cuenta para bienes en el exterior
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    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

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