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OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA. Se incrementan las percepciones

La Resolución General AFIP 5450/2023 incrementa al 100% la percepción dispuesta en la Resolución General AFIP 4815/2020 para las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS. Las mismas revisten la condición de pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, excepto que se trate de Monotributistas no inscriptos en dicho gravamen que la computarán contra Bienes Personales.

Asimismo, se mantiene la percepción adicional del 25% de Bienes Personales para personas humanas. Los demás sujetos la imputarán como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

Cabe destacar que las percepciones practicadas entre el 23 de noviembre y el 31 de diciembre de 2023 serán computables en las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2024.
 
En resumen, las operaciones quedarán gravadas según el siguiente detalle:

-Adquisición de moneda extranjera, servicios turísticos, transportes y compra de bienes y servicios en el exterior o prestados por residentes en el exterior: 30% Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815

-Servicios personales, culturales y recreativos: 30% Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815

-Importación de combustibles, lubricantes, insumos vinculados a la generación de energía: 30% Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815

-Servicios profesionales, financieros, informáticos, empresariales: 25% Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815

-Fletes vinculados a la importación y exportación: 7,5 % Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815

-Importación de mercaderías del MERCOSUR:  7,5 % Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815

Las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 23/11/2023.

Cómo queda el precio del “dólar Tarjeta” y “dólar Ahorro”: los detalles punto por punto

De esta manera el blue, el dólar Bolsa, el Ahorro y el Tarjeta tienen un valor entorno a los $ 1.000,-

En lo que respecta al dólar oficial, la devaluación del día fue de 0,05% y lo llevó a $ 374,51 y en el caso del mayorista ajustó 0,14% para pasar a $ 356,95

De esta forma y debido al esquema de liquidación vigente (50% mercado oficial – 50% CCL) los exportadores puede acceder a un tipo de cambio del orden de los $ 640.

la resolución de la Afip que aumentó las percepciones trae aparejadas algunas decisiones que perjudican a los contribuyentes.

Si bien el cobro del impuesto se aplicará sólo sobre las compras realizadas a partir de hoy, la devolución de los gravámenes fue postergado hasta el ejercicio 2025 lo cual por efecto de la inflación licuará su valor.

Las percepciones del 45% y 25% que se practicaron hasta el 22 de noviembre podrán ser computadas en las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del Período Fiscal 2023 que vencen en junio 2024.

En cambio, las percepciones del 100% y del 25% que se practiquen desde el 23 de noviembre hasta el 31 de diciembre podrán ser computadas en las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del Período Fiscal 2024 que vencen en junio 2025.

Dado que el monto de las percepciones no se ajusta por la inflación ni genera intereses a favor del contribuyente, las mismas quedarán totalmente licuadas por la inflación, esto tiene un perverso efecto licuación. Me cobran hoy y lo computo dentro de 17 meses. Disparate.

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Próximos feriados noviembre y diciembre 2023: ¿Cómo se liquidan?

La ley 27399 es la encargada de fijar cuáles son los días feriados nacionales y días no laborables y si son fijos o trasladables.

20 de noviembre 2023 – Día de la Soberanía Nacional

El 20 de noviembre, se conmemora el Día de la Soberanía Nacional. Si bien es considerado feriado trasladable, este año 2023 coincide el día de su conmemoración con un día lunes.

8 y 25 de diciembre 2023

En diciembre se celebran las festividades religiosas del Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Navidad (25 de diciembre). Ambas fechas son feriados inamovibles, por lo que ninguno de ellos puede ser desplazado, ya sea que coincida con días semanales (de lunes a viernes) o fines de semanas (sábados o domingos).

¿Cómo se liquidan los días feriados?

El Art 166 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que a los días feriados se les aplica las normas legales sobre el descanso dominical. Por lo que queda prohibido el trabajo en dichos días. Aquellos trabajadores que presten servicios en dichos días, percibirán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual. En el supuesto de que también trabajen horas extras, las mismas se computarán al 100%.

Hay un criterio que dice que Para liquidar las remuneraciones se tomará como base de cálculo lo dispuesto para las vacaciones:

  • Trabajadores mensualizados: percibirán el salario del día feriado dividiendo por 25 el importe del sueldo que tenía asignado el trabajador en el mes correspondiente al día feriado.

Pero otra corriente  opina que al ser feriado que no se lo trabaja,  se paga como un día normal, si trabaja, se paga doble.

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Certificado MiPyME: hay prorroga para los requisitos de las cooperativas

Algo de alivio para un requisito de díficil solución:

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa mediantedisposición 499/2023, publicada en el boletín oficial en el día de hoy, prorroga la flexibilización de los requisitos para que las cooperativas obtengan el Certificado MiPyME, y a su vez impone las limitaciones aplicables a las empresas que controlen, estén controladas y/o se encuentren vinculadas a otra/s o grupo/s económicos nacionales o extranjeros, para ser micro, pequeñas o medianas empresas.

¿Qué establece la norma?

Prórroga del plazo

Se deja sin efecto hasta el 15 de mayo de 2024 inclusive la obligación que tienen las cooperativas de verificar que todos los miembros o integrantes de las mismas se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMEs para acceder a los beneficios vigentes para las micro, pequeñas y medianas empresas.

Historia  de una exigencia difícil de cumplir para las cooperativas para obtener el certificado MIPYME para Cooperativas.

La Disposición 88/23  estableció que para hacer efectiva la extensión del Certificado PYME, se deberá verificar que todos los miembros o integrantes de las  cooperativas deben estar   inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMEs.

Este requisito generó que el Certificado MIPYME para Cooperativas sea de muy difícil obtención ya que la exigencia resulta excesivamente dificultosa debido al gran número de asociados que presentan la mayor parte del universo cooperativo y por eso ese requisito se ha ido prorrogando.

A partir de esa fecha las cooperativas deberán informar mediante declaración jurada los datos relativos a sus miembros o integrantes, a través de la plataforma que a esos fines se fijará en la página web del Registro de empresas MiPyMEs o a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

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Jubilación anticipada- Que es y quien puede obtenerla

Se ha Prorrogado  por 2 años, la posibilidad de   solicitar la “Prestación Anticipada”. Este beneficio se aplica para desempleados, varones que hayan cumplido los 60 años y mujeres mayores de 55 años, que cuenten con al menos 30 años de servicios con aportes computables y estén en situación de desempleo al 30/06/2023.

¿Qué es la prestación anticipada?

En qué consiste la medida

La Jubilación Anticipada se creó en 2021 mediante el Decreto 674 con el objetivo de aliviar una problemática que afecta a personas que, encontrándose cerca de la edad jubilatoria (varones de entre 60 y 64 y mujeres de entre 55 y 59 años), registran una trayectoria contributiva completa, pero se encuentran desocupadas y sin ingresos.

Estas personas, a veces  son consideradas “demasiado grandes” por el mercado de trabajo para reinsertarse laboralmente, pero que resultan “demasiado jóvenes” para jubilarse.

La Jubilación Anticipada garantiza el 80% del haber jubilatorio que correspondería percibir cuando se alcance la edad para jubilarte (mujeres 60 años y hombres 65 años). Al llegar a esa edad, se pasara  a cobrar el 100% del haber jubilatorio de manera automática.

Tener en cuenta:

La jubilación anticipada es incompatible con el trabajo en relación de dependencia o autónomo y con otros planes sociales o beneficios previsionales.

¿A quién está dirigido?

A personas que cuenten con 30 años de aportes, les falte hasta 5 años para jubilarse y estuvieran desempleadas al 30 de junio de 2023.

¿Qué necesito?

Tener hasta 5 años menos de la edad requerida para jubilarte:

  • Hombres: entre 60 y 64 años.
  • Mujeres: entre 55 y 59 años.

Contar con 30 años de aportes registrados.

Encontrarse desocupada/o

Importante

Si te faltan algunos años de aportes para acceder a la Jubilación Anticipada, se te reconocen los meses de Licencia por Maternidad y  la prestación por Desempleo.

Son 30 años de aportes efectivos no se computa moratoria ni hijos.

Legislación  DNU Nº 674/2021

Decreto (DNU – PE) Nº 558/2023 (BO 02/11/2023)

CONSULTA EN NUESTRO ESTUDIO, SECTOR PREVISIONAL SOBRE ESTE TRÁMITE.

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Monotributo Social: habilitan la inscripción mediante el sistema TAD

Mediante la Resolución 410/2023 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación se dispone que los trámites del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social  ingresarán al mismo mediante el Modelo de Atención de Gestión Unificada
– Ventanilla única Social, conforme lo establece el Decreto 339/2018, y/o por la Plataforma Virtual de Trámites a Distancia (TAD) con el trámite identificado como “Solicitud de alta en el Monotributo Social”.
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A que tipo de dólar podes acceder

Cuáles son los diferentes tipos de dólar que se pueden encontrar en la Argentina, a cual podes acceder depende de tu actividad.

Esto debes saberlo: Conocer los distintos tipos de dólar y los impuestos asociados es esencial. Los tipos de cambio en el país pueden variar significativamente debido a diversas restricciones y regulaciones gubernamentales. Estas diferencias en los valores del dólar son cruciales para la planificación financiera y la asesoría a la pymes.

Además, entender cómo recuperar las percepciones es clave, la información te da poder de planificación.

El primer concepto clave que hay que comprender para entender todo el microuniverso del dólar en el país es el MULC (Mercado Único y Libre de Cambios).

¿Qué es el MULC?

El Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) es el centro neurálgico de las operaciones cambiarias en Argentina.

Aquí es donde se determinan los valores de referencia del dólar y se realizan transacciones financieras importantes. El conocimiento del MULC es fundamental para comprender cómo se fijan los valores de diferentes tipos de dólar en el país.

Limitaciones para acceder al MULC

En el complejo panorama financiero argentino, las restricciones y regulaciones son una constante, y esto se refleja en las limitaciones para acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC).

Estas restricciones tienen implicaciones significativas para quienes operan en el mercado de divisas y afectan su capacidad para acceder a otros mercados legales, como el Contado con Liquidación (CCL) y el Mercado Electrónico de Pagos (MEP).

Las principales restricciones y limitaciones son:

  • Restricciones a la compra de títulos valores: Quienes hayan adquirido moneda extranjera a través del MULC, no podrán comprar títulos valores con liquidación en moneda extranjera durante un período determinado, entre 90 días para los títulos que se rigen por la ley local y se extiende a 180 días para los títulos regidos por la ley extranjera.
  • Limitaciones para operaciones con títulos valores en moneda extranjera: En este caso, también enfrentan una restricción que impide su acceso al MULC. Esta limitación tiene una duración de 90 días y se extiende a 180 días para las operaciones con títulos valores de ley extranjera.
  • Impacto en los importadores: Las restricciones a la compra de moneda extranjera en el MULC afectan especialmente a los importadores, quienes enfrentan obstáculos adicionales para acceder a otros mercados financieros más flexibles.

Conocidas las limitaciones impuestas por el MULC, hablemos en profundidad del dólar y los impuestos al dólar en Argentina.

Tipos de dólar en Argentina

En Argentina, los diferentes tipos de dólar incluyen:

  • Dólar Ahorro.
  • Dólar Lujo.
  • Dólar Turista.
  • Dólar Qatar.
  • Dólar Tarjeta.
  • Dólar Coldplay.
  • Dólar Tarjeta para No Residentes y Operadores Turísticos.
  • Dólar CCL (Contado con Liquidación).
  • Dólar MEP (Mercado Electrónico de Pagos).
  • Dólar Senebi.
  • Dólar exportador

Cada uno de estos tipos de cambio tiene características únicas y se utiliza en situaciones específicas,

Dólar ahorro

El denominado “dólar ahorro” en Argentina se compone de varios elementos que influyen en su precio final. En primer lugar, parte del valor del dólar oficial del Banco de la Nación Argentina (BNA) al momento de la compra. Luego, se le agregan dos cargos adicionales: un 30% en concepto de impuesto País y una percepción del 45%, según lo establecido en la RG AFIP 5393. Y a partir de RG 5430, se agrega un 25% a cuenta de Bienes Personales.

Estas percepciones pueden ser recuperadas por los contribuyentes en general como un pago a cuenta de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales. Sin embargo, para aquellos alcanzados por otras regulaciones, como la RG 4815, que no pueden utilizar estas percepciones como pago a cuenta de sus impuestos, existe la posibilidad de solicitar su devolución, un proceso que suele ser lento y engorroso.

Dólar lujo

El dólar lujo se aplica a la compra de bienes suntuarios o de lujo, como vehículos de alta gama y embarcaciones recreativas. Su cálculo parte del dólar minorista vendedor del Banco de la Nación Argentina, al que se le suma un 30% de impuesto País, un 45% de percepción y un 25% de percepción BP, duplicando así el precio minorista.

Dólar turista, Dólar Qatar, Dólar tarjeta

Estos tipos de cambio aplican a todas las compras mensuales a partir de la RG 5430 y comparten características con el dólar ahorro, incorporando una percepción adicional del 25% sobre los bienes personales, acumulando un 100% en impuestos.

Dólar Coldplay

Este tipo de dólar es uno para los productores de espectáculos específicamente, con el objetivo de facilitar la producción de eventos. El dólar Coldplay se calcula a partir del precio mayorista y se le suma un impuesto PAIS del 30%.

Dólar tarjeta para no residentes y operadores turísticos

Según la Comunicación “A” 7630 del BCRA, ciertos cobros están exceptuados de liquidar por el MULC, incluyendo consumos efectuados por no residentes mediante tarjetas de débito, crédito o prepagadas emitidas en el exterior.

También se incluyen los cobros por servicios turísticos y de transporte de pasajeros no residentes con destino en el país. Estas excepciones permiten que los servicios turísticos se liquiden a un valor cercano al dólar MEP.

Dólar CCL y Dólar MEP

El Contado con Liquidación (CCL) y el Mercado Electrónico de Pagos (MEP) son mercados que permiten convertir pesos argentinos en dólares y viceversa.

El dólar CCL lo rigen las mismas restricciones del dólar ahorro de no haber adquirido divisas en el MULC, sin embargo, para la compra de pesos de bonos bajo ley local, se requiere de una espera entre 1 y 3 días.

El dólar MEP, por su parte, no requiere espera para pasar de dólares a pesos pero, de pesos a dólar es necesario 1 día de espera.

Dólar Senebi

El Dólar Senebi es un segmento de negociación bilateral regulado por la CNV RG 959. Aunque es similar al CCL o al MEP, se negocia de manera directa y no cuenta con el respaldo del fondo de garantía BYMA. Este mercado se utiliza para operaciones de mayor envergadura.

Dólar exportador

Según el Decreto 549/2023, desde el 24 de octubre al 17 de noviembre, regirá un nuevo tipo de cambio para todos los exportadores. El nuevo régimen permitirá liquidar el 30% de las exportaciones al tipo de cambio contado con liquidación (CCL), y el 70% restante permanecerá con el valor del dólar oficial mayorista.

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