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Fines de semanas largos 2024 Argentina

El año 2024 tiene 19 días feriados y 7 fines de semana largos.

El cronograma de feriados incluye un fin de semana extralargo de seis días, ya que la festividad de Semana Santa se acopla con el feriado de 2 de abril, día de conmemoración a los caídos en la Guerra de Malvinas, mediante la introducción de un feriado puente el 1º de abril.

Feriados 2024

Por medio del Decreto 106/2023, publicado en el Boletín Oficial del 29 de diciembre de 2023, se establecen para el 2024 como días feriados con fines turísticos -conocidos como “Feriados Puente” – las siguientes fechas:

• 1° de abril

• 21 de junio

• 11 de octubre

Adicionalmente, los feriados inamovibles del 2024 serán:

• Lunes 1 de enero: Año nuevo

• Lunes 12 y martes 13 de febrero: Carnaval

• Domingo 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia

• Viernes 29 de marzo: Viernes Santo

• Martes 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas

• Miércoles 1 de mayo: Día del trabajo

• Sábado 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo

• Jueves 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano

• Martes 9 de julio: Día de la Independencia

• Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María

• Miércoles 25 de diciembre: Navidad

Feriados trasladables del 2024:

• Lunes 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes

• Sábado 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín

• Sábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural

• Miércoles 20 de noviembre: Dia de la Soberanía Nacional

El único feriado trasladable que se modificará será el del miércoles 20 de noviembre, el Día de la Soberanía, que pasará al lunes 18 de noviembre.

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Importadores vence el 10 de enero la declaración de deuda

Enero de 2024
Padrón de Deuda Comercial con Proveedores del Exterior (DJDI)  
Les recordamos que la Declaración Jurada de Deuda de importaciones puede cargarse en la web de AFIP hasta el 10 de enero de 2024. 
Es importante destacar que es obligatorio completarlo para aquellas empresas que quieran acceder a algunas de las herramientas que ofrece, o nuevos instrumentos que se pueda implementar, el gobierno nacional. 
El Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), lanzado esta semana a través de una resolución conjunta de la AFIP y la Secretaría de Comercio, incluyó la creación del Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior, diseñado para contar con información actualizada de la deuda comercial de los importadores con proveedores del exterior.
Los importadores que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes o de servicios tienen hasta el 10/01/2024, inclusive, para informar en el Padrón su deuda acumulada. La información allí consignada tendrá carácter de declaración jurada y será vinculante.
El registro de deuda también está abierto para quienes, habiendo tenido deuda con proveedores del exterior, hayan logrado cancelarla mediante otros mecanismos que no implican el giro de divisas. De este modo queda asentado el cumplimiento total de las obligaciones de pago asociadas a esas operaciones.
Según Afip: Los sujetos que, teniendo pasivos comerciales por importaciones, no efectúen la correspondiente declaración en el Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior en tiempo y forma —o bien, falseen o adulteren la información allí vertida— no podrán acceder a los mecanismos de cancelación disponibles, quedando su deuda sujeta a una ulterior evaluación, una vez regularizada la situación.  
Más información: www.afip.gob.ar/sedi
Resolución General Conjunta N° 5466/2023    
Padrón de Deuda Comercial por Importaciones. RG 5466. Consejos prácticos  para la carga: Para completar el Padrón, AFIP publicó un Manual para el registro de la Declaración Jurada de Deuda de Importadores DJDI. el cual pueden descargar desde ACÁ  
La información de la deuda deberá remitirse mediante un archivo “.CSV” y aunque haya un manual la carga en “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” ha generado algunas complicaciones, es por eso que recopile una serie de TIPs compartidos por los colegas en el día de ayer y que creo pueden ser de gran utilidad, pueden leer todos los comentarios desde contadoresenred.com/resolucion-general-conjunta-5466-2023/#comments  
Si no los deja ingresar y pide que revisen las credenciales, tengan en cuenta que demora unas 24 hs. en estar en funcionamiento el servicio  “DECLARACIÓN JURADA DEUDA DE IMPORTACIÓN – RG5466/2023”.  

Tema Plazos  
Los importadores que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes o de servicios tienen hasta el 10/01/2024, inclusive, para informar en el Padrón su deuda acumulada, este plazo debería reverse, en vista a la gran cantidad de errores y problemas que se están produciendo.
•       Hacerla en formato Excel.
•       Tienen que ser si o si 7 columnas en tal caso la que no tengan información que aportar la dejan en blanco (solamente pasa donde le asignan la letra a la operación que es generalmente la letra S luego de esa va una columna en blanco)
•       En la primera columna se debe consignar el nro. de destinación a consumo (despacho) NO el nro. de Sira
•       En moneda colocar el CODIGO SIM (Sistema María) Sólo para dólar y Pesos es alfabética (DOL, PES) el resto son tres dígitos numéricos por ejemplo Yuanes 061
•       Si el dato volcado es numérico, hay que configurar la celda en “formato Texto” para que tome el 0 a la izquierda
•       La fecha de acceso al MULC debe estar actualizada y pasar la celda a formato texto
•       Cuando se termina de generar el archivo se guarda como CSV
•       Luego a ese archivo CSV generado, lo deben abrir como Block de notas y luego del último dígito de la última línea y hacer “suprimir” y volver a guardar…. se genera un espacio invisible.
•       Cada vez que se modifique el archivo y lo guarden como CSV lo deben volver a abrir como block de notas y volver a suprimir luego del último número de la línea final
•       Por último, lo que deben cargar en el monto adeudado es lo que figura en aduana no el de la factura hay un error recurrente en las operaciones en yuanes que no coinciden los montos por como toma el costo del flete, por ejemplo. Ese dato lo sacan de la base que tiene el banco o la afip como adeudado.
•       Consignar el importe con “.” (punto) para el decimal, por ejemplo: DOL   18365.25   y NO 18365,25  

Otras experiencias y aclaraciones:
 
Cecilia: Para los que tenían error en fecha: en mi caso, el problema era q había omitido el campo “importe parcial”… ahí puse 0.00 y listo. Otro tema, q me di cuenta a lo último, después del cuit NO VA “;”.  
Natalia: Fijarse de no tener una línea en blanco en el txt antes de pasarlo al formato csv. Armar archivo en Excel, pasa los datos al bloc de notas, y fíjate que no quede un renglón en blanco al final del archivo, el cursor no debe ir más allá de la línea con tus últimos datos. Cuando tengas eso, pones guardar como, en Tipo de archivo le pones todos, y al documento ponerle el nombre con extensión .csv  
Ana: Comparte los códigos de divisa, ya que algunos tienen el error de divisa inexistente  
Código – Descripción – Código SIM  
BOLI – BOLIVAR – 023
CHEC – CORONA CHECA – 024
CNY – YUAN – 061
CONO – CORONA NORUEGA – 015
COSU – CORONA SUECA – 016
DANE – CORONA DANESA – 014
DINA – DINAR – 025
DOAU – DOLAR AUSTRALIANO – 026
DOCA – DOLAR CANADIENSE – 018
DOL – DOLAR USA – DOL
EURO – EURO – 060
FLOR – FLORIN (AH) – 028
FRSU – FRANCO SUIZO – 009
GUAR – GUARANI – 029
LIES – LIBRA ESTERLINA – 021
NEOZ – DOLAR NEOZELANDES – 063
PBOL – PESO BOLIVIANO – 031
PCOL – PESO COLOMBIANO – 032
PECH – PESO CHILENO – 033
PEME – PESO MEXICANO – 010
PES – PESO ARG – PES
PURU – PESO URUGUAYO – 011
RAND – RAND – 034
REAL – REAL – 012
RUB – RUBLO RUSO – 062
SHEK – SHEKEL (ISRAEL) – 030
SOLP – NUEVO SOL PERUANO – 035
YENS – YENS – 019  

Errores detectados

3039 – El campo CUIT Ordenante de Pago posee un formato incorrecto.
3046 – El archivo contiene operaciones duplicadas.
3027 – Fecha MLC informada no coincide con fecha de Secretaria – Declaración no exceptuada.
3026 – Fecha MLC informada no coincide con fecha de Secretaria – Plazo inicial distinto de cero: Debería colocarse la fecha que se indicaba en el MOA de acceso al MLC.
3032 – Formato incorrecto, se esperaban 7 campos y se encontraron 1 (línea 4): En todos los renglones debe haber 7 campos. Si no hay deuda parcial poner 0 (cero). Borrar el espacio que queda en la última línea donde supuestamente está ese campo.
3017 – La Declaración Anticipada invocada debe estar en estado “SALIDA”: se debe informar la deuda que tenga pendiente que esté despachada. Si solo tiene la SIRA sin afectar, no la tiene que informar.
3031 – Se ha producido un error, ejecute nuevamente. También se produce, en algunos casos un error al querer adherir al servicio: “El contribuyente debe cumplir con la restricción del paquete EMP_VALIDA.PC_EMPEXISTENTE”
 
Este error se soluciona dando de alta el servicio utilizando la opción “Nueva Relación” en vez de utilizar la opción “Adherir servicio”.  
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Devolución de percepciones por pagos tarjeta dólar

🚨✅ATENCION: AFIP habilitó la opción para solicitar la devolución de percepciones de Ganancias y Bienes Personales por compra de moneda extranjera y gastos en el exterior.

👉Se trata de las que fueron realizadas durante el año 2023. No hay plazo de vencimiento para la solicitud!

📍Pueden solicitar la devolución aquellos empleados que no hayan sufrido retenciones en sus recibos de sueldo durante el mismo año y quienes no estén inscriptos en el impuesto.

📝Empleados con retenciones de Ganancias en 2023, deben informar las percepciones 2023 en el SIRADIG para que el empleador devuelva en la liquidación anual (en mayo 2024).

📝 Inscriptos en el impuesto (empleados o autónomos) pueden computar las percepciones en la DDJJ anual a presentar en junio 2024 (considerando que las practicadas entre el 23/11 y 13/12 van en la siguiente DDJJ con vencimiento en 2025).

¿Cómo realizar la solicitud de devolución?

Se podrá solicitar la devolución de las percepciones que tengan código 217 o 219 y que correspondan a los regímenes 591 a 600, inclusive, cuando estas no puedan ni deban computarse como un pago a cuenta de ganancias o bienes personales.

Los sujetos habilitados para solicitar las devoluciones deberán ingresar, con clave fiscal nivel 2 o superior, al servicio “Devolución de percepciones”. Dentro de ese servicio podrán visualizar y seleccionar las percepciones del período mensual que fueron realizadas y se encuentran informadas por el agente de percepción.

En el supuesto de que hubiera percepciones no informadas, el sistema permitirá su incorporación manual. En estos casos, el contribuyente deberá contar con toda la documentación respaldatoria que avale tal solicitud, la que podrá ser solicitada para su verificación.

IMPORTANTE

Los sujetos a quienes, por error del agente de percepción, se les hayan realizado percepciones bajo un código de impuesto en el que no se encuentren inscriptos, podrán solicitar la devolución.

Antes de iniciar la solicitud de devolución, las personas deben:

Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.

Informar ante la AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.

Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

Consultas a   info@estudiopiacentini.com.ar  o  155143-5065

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Monotributo 2024

Monotributo: comienza la recategorización 2024 con nueva tabla

Hay tiempo hasta el 20 de enero para recategorizarse en el monotributo con la nueva tabla 2024.

Desde el lunes comenzó 1° de enero rige el plazo para la recategorización 2024 de los contribuyentes monotributistas, que se extenderá hasta el 20 de enero.

Nuevas tabla para la recategorización 2024

Los contribuyentes deben controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses para determinar si corresponde realizar la recategorización.

Para ello deberán tener en cuenta los nuevos valores de las categorías vigentes desde enero 2024:

CATEG.INGRESOS BRUTOSLOCACIONES Y/O PRESTACIONES DE SERVICIOSVENTA DE COSAS MUEBLES
A    2.108.288,01$ 12.128,39$ 12.128,39
A*    2.108.288,01$ 11.080,53$ 11.080,53
B    3.133.941,63$ 13.561,75$ 13.561,75
B*    3.133.941,63$ 11.542,86$ 11.542,86
C    4.387.518,23$ 15.503,51$ 15.241,42
D    5.449.094,55$ 19.497,94$ 19.066,46
E    6.416.528,72$ 26.945,97$ 24.526,43
F    8.020.660,90$ 33.137,61$ 29.223,11
G    9.624.793,05$ 38.694,95$ 33.439,61
H  11.916.410,45$ 66.111,51$ 56.402,68
I  13.337.213,22$ 81.121,96
J  15.285.088,04$ 93.619,47
K  16.957.968,71$ 106.964,65

* Monotributista A y B Exentos del pago del Impuesto Integrado.

Beneficios para monotributistas

Además los contribuyentes registrados en las categorías A y B cuyo único ingreso provenga del monotributo podrán verificar si están alcanzados por el beneficio de la exención del componente impositivo.

Para ello, deben ingresar a monotributo.afip.gob.ar con su CUIT y clave fiscal.

La ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías permite que más monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin ver incrementados los valores de sus obligaciones mensuales.

¿Cómo determinar si corresponde recategorizarse?

La recategorización consiste en la evaluación de la actividad de los últimos 12 meses para determinar si deben mantener la categoría en la que se encuentran o modificarla.

Cuando los distintos parámetros analizados (Ingresos, Consumo de Energía, Alquileres o la superficie afectada) superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización.

Importante para tener en cuenta!

Recuerde que los ingresos analizados son los últimos 12 meses, para este caso será de enero 2023 a diciembre 2023.

¿Cuándo se paga la nueva categoría?

En caso de recategorizar, los cambios surgidos de la recategorización impactan en febrero.

Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Cabe recordar que si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

¿Cómo se realiza la recategorización?

  1. Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
  2. Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
  3. Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses.
  4. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “confirmar categoría”.
  5. Imprimir nueva credencial.

¿Qué sucede con los excluidos al 31 de diciembre?

Si superaron algunos de los parámetros de la tabla 2023, quedaron excluidos! tengan en cuenta que la nueva tabla se aplica desde el 1° de enero 2024, por lo tanto, hasta el 31 de diciembre se aplica la anterior tabla 2023.

En caso de haber superado alguno de los parámetros, la exclusión es automática, independientemente de cuando realice la comunicación AFIP.

Por último, en caso de haber recibido la comunicación de AFIP que quedaste fuera del régimen de monotributo, tengan en cuenta que corre el plazo para poder realizar el descargo.

Consultas a   info@estudiopiacentini.com.ar  o  155143-5065

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Mujeres en tecnología

Desde estudio Piacentini estamos Comprometidos con la Equidad en Tecnología!

Compartimos con ustedes la Carta Compromiso por la Equidad en emprendimientos tecnológicos liderados por mujeres y diversidades en Argentina, nos unimos en el evento “Emprendedoras Tech: Potenciando el Ecosistema Emprendedor” organizado por Asociación de Emprendedores de Argentina (ASEA) .

La “Carta Compromiso” impulsa un cambio significativo y positivo en el ecosistema emprendedor de nuestro país. En ella, establecemos acuerdos y responsabilidades mutuas que buscan promover la igualdad de oportunidades y crear un entorno propicio para el desarrollo de emprendimientos tecnológicos liderados por mujeres.

Los puntos clave son:

🔹 Acceso a financiamiento

🔹 Desarrollo de habilidades y capacitación

🔹 Fomento de redes y colaboración

🔹 Promoción del equilibrio trabajo/vida personal

🔹 Mentoría y asesoramiento

🔹 Acceso a oportunidades de mercado

🔹 Inclusión y diversidad

🔹 Visibilidad y reconocimiento

🔹 Apoyo legal y normativo

🔹 Sostenibilidad y ética empresarial

¡Los invitamos a unirse a esta iniciativa compartiendo la carta compromiso por la equidad y siendo parte de este cambio positivo!

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Punteo temas de la ley ómnibus del 27 de diciembre 2023

Los principales ejes del proyecto de ley ómnibus del 27 de dic 2023,  son:

  • Se ratifica el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica 70/23 que firmó el presidente Javier Milei la semana pasada.
  • Se pide autorización para privatizar 41 empresas públicas entre las que figura Banco Nación, YPF, Aysa, Aerolíneas Argentinas y la agencia de noticias Télam.
  • Se suspende la fórmula previsional utilizada para actualizar los haberes de los jubilados y se establece que el Gobierno dará aumentos por decreto con foco en los haberes mínimos.
  • Se establecen sanciones de prisión para los organizadores de protestas que corten calles o rutas u obstaculicen el espacio público.
  • También tendrán penas quienes generen disturbios y daños durante las manifestaciones, siempre que no estuvieren previstos en otros tipos penales. Una reunión de 3 o más personas en la vía pública requerirá autorización previa al Ministerio de Seguridad.
  • Se amplía la tipicidad para considerar legítima defensa, incluido el accionar en fuerzas de seguridad.
  • Se concentra en un solo régimen el sistema nacional de contrataciones públicas con desburocratización y trámites a distancia.
  • El proyecto establece criterios para la transparencia en las concesiones, los mecanismos de monitoreo, arbitraje y extinción de las concesiones.
  • Los empleados públicos que realicen protestas sufrirán el descuento en sus salarios.
  • Se prevén los instrumentos legales para llevar adelante la reorganización de la Administración Pública nacional y se habilita a eliminar reparticiones cuya finalidad replica la de otros organismos o incluso de la Justicia, como el INADI.
  • Se dispone el pase a disponibilidad de los empleados estatales cuyos cargos sean eliminados por la reestructuración del Estado y se les pagará el sueldo durante 12 meses hasta su desvinculación.
  • Se propone la eliminación de las PASO y las primarias las tendrá que hacer cada partido político, sin aportes para impresión de boletas ni cesión gratuita de espacios publicitarios en medios de comunicación.
  • Se propone la eliminación de las listas sábanas estableciendo un sistema de elección de diputados nacionales con base en circunscripciones uninominales, lo que significa que se reduce la representación de fuerzas minoritarias y cada distrito elige un candidato que ocupará algunas de las bancas a repartir.
  • Se equilibra la representación en Diputados otorgándole a Buenos Aires una preeminencia en base al censo 2022 y en detrimento de CABA; otras provincias ceden bancas y ya no habrá un piso de 5 fijadas por la ley .
  • Se propone que, para el financiamiento de las campañas, los partidos políticos deberán crear una cuenta corriente única por distrito en donde se deberán depositar los fondos del partido político, donde se dejan de lado las limitaciones de aporte por persona y por campaña.
  • Se establece un sistema de regularización de las deudas tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 30 de noviembre de 2023.
  • Se propone un blanqueo de capitales donde se podrá realizar sin costo para los primeros 100 dólares y sobre habrá un alícuota sobre el excedente según cual fuera la fecha de exteriorización.
  • Se reforma el impuesto de bienes personales y se establece una unificación de la cuota cualquiera fuera la ubicación de los bienes.
  • Se elimina la declaración en el régimen de equipaje para el ingreso de importados de uso personal.
  • Se establece las alícuotas para las retenciones agropecuarias y allí se impone un 33 ciento sobre los derechos de exportación a la soja.
  • Se establece el librecomerciointernacional de hidrocarburos y se prohíbe la intervención o la fijación de precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción.
  • Se modifica la ley de biocombustibles para permitir librecomerciode biocombustibles, en términos de precio y aprovisionamiento.
  • Se unifican los Entes Reguladores del Gas y la Electricidad para el control de las empresas concesionarias y licenciatarias de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural.
  • El proyecto establece transferir en enero del 2025 el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) a la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Se transfiere a la Ciudad de Buenos Aires la Justicia con competencia local, que hoy sigue bajo la justicia nacional, lo que implica la posibilidad de un gran enfrentamiento con los jueces.
  • Se propone que el Poder Judicial y el Poder Legislativo tengan también una Oficina Anticorrupción, que actualmente alcanza sólo al Poder Ejecutivo.
  • Fija el juicio por jurados pero también establece que el juez que debe llevarlos adelante debe vestir toga y comandar las audiencias con un martillo, como en Estados Unidos.
  • Se establece que los alumnos de la secundaria deberán rendir un examen integrador al finalizar la educación secundaria.
  • Se instaura un proceso de evaluación continua de los docentes y se eliminan las restricciones a la educación a distancia.
  • Se prohíbe el ingreso de personas sin secundario completo en la educación superior.
  • Se autoriza a que las universidades que lo deseen puedan arancelar la educación de extranjeros no residentes.
  • Se introduce el concepto de divorcio simplificado para aquellos que forman parte del acuerdo entre las partes al admitir la simple inscripción en el registro civil.
  • Se limita el sistema de subsidios al 50 por ciento de la producción en el INCAA ya que se establece que el beneficiario debe tener financiamiento equivalente al solicitado al Instituto.
  • Reduce los requisitos de registro de personal para las embarcaciones que soliciten permisos pesqueros.
  • Considera que si en 30 días la administración no responde un pedido de quema controlada de territorios, se otorga una autorización tácita para poder ejecutarlos.
  • Transfiere al Tesoro los activos del FGS de la ANSES.
  • El Presidente puede autorizar los ejercicios militares de tropas extranjeras en el país.

 Fuente: Día miércoles 27 de diciembre,  proyecto de Ley de “Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos”

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

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