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la AFIP retoma los juicios, y además de cuentas bancarias, podría embargar también criptomonedas.

Si un exchange está alcanzado por el régimen de información y debe informar a la AFIP los depósitos de sus clientes , la administración tributaria puede avanzar para requerir un embargo.

Afip, aviso que solicitará a la Justicia que trabe embargos sobre las billeteras virtuales de aquellos contribuyentes a quienes se inició juico por deudas con afip y no las pagan en tiempo y forma.

La medida alcanzaría a cuentas como Mercado Pago y Ualá, y hay que analizar  si podría abarcar a los exchange de criptomonedas, dependiendo de las características de cada una y sus domicilios .

Para fiscalizar y recaudar, la AFIP se nutre de información. Por eso establece regímenes informativos para ir teniendo una base de datos de la intimidad de cada contribuyente, cotejar si declara todo o, si no paga, para embargar.

Se ven obligadas todas las billeteras virtuales a informar los titulares de cuentas, incluso las exchange que operan en la Argentina.

en la Resolución General 4614/2019, la administración tributaria aclaró sobre este punto. En el régimen de información, si el usuario cuenta con montos expresados en moneda digital o criptomoneda deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, aplicando el último valor de cotización.

Como contribuyente, uno puede tener fondos en criptomonedas en un determinado exchange o empresa situada en la Argentina. En ese caso, la AFIP también puede pedir la traba de medidas cautelares sobre estos activos digitales.

Quizás  muchos contribuyentes empezarían  a pasar sus fondos a otros exchange del exterior, como Binance, donde el fisco no accede a la información

 Lemon Cash, exchange argentina de criptoactivos, explicaron que toda su operatoria en pesos está sujeta a la normativa vigente de la Argentina. Sin embargo, la medida no afectaría las operaciones con criptomonedas, ya que tiene la custodia en El Salvador.

Las  aplicaciones como Lemon Cash, Ripio, Prex Argentina, Prex Uruguay, Binance, Bamboo, Pancake, RemiBit  etc. , ofrecen la posibilidad de que un usuario adquiera criptomonedas y opere con ellas. Estas plataformas responden al paradigma de las verdaderas finanzas descentralizadas que promueve la tecnología blockchain.

En la medida en que éstas estén alcanzadas por el régimen de información, la AFIP puede avanzar y requerir un embargo.

Embargos: cómo funcionan y en qué casos se apela, para que la administración tributaria pueda embargar los saldos de las cuentas digitales primero tienen que iniciar un juicio de ejecución fiscal y pedirle al juez que autorice la medida cautelar para trabar estas cuentas.

Cabe recordar que las ejecuciones fiscales -el paso posterior a los embargos- estuvieron suspendidas durante casi dos años, en el marco de la pandemia de coronavirus. A finales de enero la AFIP anunció que retomó estos procesos de forma gradual y que en una primera instancia avanzará contra los contribuyentes que acumulan las deudas impagas más elevadas.

En el sector de empresas de salud los juicios siguen suspendidos  y no se embargará .

Sistemas de Información para la Afip:

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos deben informar los movimientos en las cuentas y tarjetas de las y los contribuyentes. Las modificaciones permiten a las entidades financieras agilizar su operatoria  sobre acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas que deben informar  a la afip . La última actualización se había realizado en 2018.

Asi se  incrementa de $10.000 a $30.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito. Asimismo, la Resolución General 5138/2022 eleva de $30.000 a $90.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.

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Sociedades Comerciales. La IGJ establece de ahora en mas, un plazo de duración de 30 años para la constitución de sociedades comerciales.

SON  nuevas disposiciones de IGJ que limitan el plazo de duración de sociedades que se constituyan en CABA .

Mediante la Resolución General (IGJ) 1/2022  se establece que a partir del 01/02/2022 todo instrumento constitutivo, contrato social o estatuto de sociedad comercial que deba ser inscripto en el Registro Público a cargo de la Inspección General de Justicia debe fijar un plazo de duración que no podrá exceder de 30 años a contar de su inscripción.

¿Y PORQUE SE CAMBIA ESTO AHORA, SI SIEMPRE LAS SOCIEDADES SE HACEN CON 99 AÑOS DE DURACIÓN?  La IGJ,  dice  que es antinatural  la existencia de un contrato que tiende a regular las relaciones entre personas unidas bajo un mismo propósito pueda superar el promedio de vida activa de los integrantes de la misma, trasladándose los derechos y deberes propios del contrato de sociedad a los herederos y a los herederos de los herederos, que no fueron parte del contrato constitutivo original. 

También señala la constitución de miles de sociedades anónimas, en su gran mayoría, para acometer pequeñas empresas a través de sociedades constituidas por integrantes de una misma familia, circunstancia que llevó a la generación de conflictos societarios, no basados en criterios empresarial. 

En la práctica, creemos que es una burocracia más, tener que estar atentos a renovar la vigencia de las sociedades, cuando muchas de ellas tienen vida comercial mucho mas que 30 años.

Consultas a info@estudiopiacentini.com.ar  o  155143-5065

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INACAP: AUMENTO DE CUOTA PARA LOS PRIMEROS MESES DEL AÑO 2022

En virtud del acuerdo salarial suscripto el 2 de febrero del convenio mercantil, el INACAP informa la actualización respecto a la fórmula de cálculo, modalidad existente de liquidación y pago de la contribución al organismo, aplicable a partir de las cuotas de Enero 2022 a Marzo 2022.

Que es INACAP?  – es el Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio, homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante la Resolución Nº 600/2008 de fecha 26 de mayo del 2008 y publicado en el Boletín Oficial Nº 31.426 el 13 de junio de 2008. Desde esa fecha, los empleadores deben contribuir con un 0,5% de los sueldos.

¿Quién está obligado a pagar INACAP?

El INACAP se financiará con una contribución patronal mensual de carácter “obligatorio”. La misma es a cargo del empleador y concierne a todos los empleados que se encuentren bajo la órbita del Convenio Mercantil.

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Que leyenda deben llevar las facturas a consumidores finales en la Provincia de Buenos Aires

DEBEN LLEVAR LA IMPRESIÓN DE LA SIGUIENTE LEYENDA: “Orientación al Consumidor Provincia de Buenos Aires 0-800-222-9042” es para  facturas a consumidores finales emitidas desde la provincia de Buenos Aires, cabe destacar que el mismo rige desde el año 2009.

Ley 13.133 Régimen de Facturación, Leyenda a incorporar en comprobantes de venta a consumidores finales en la Provincia de Buenos Aires.

Mediante la ley 13.987, publicada en el Boletín de la Provincia de Buenos Aires del 07/05/2009), se establece que las facturas y tickets que se emitan en la Provincia de Buenos Aires a consumidores finales “deberá constar en forma legible y destacada,“ la leyenda:

“Orientación al Consumidor Provincia de Buenos Aires 0-800-222-9042”  

De acuerdo a la página web (http://www.consumocuidado.gba.gov.ar/) del citado organismo el número de teléfono gratuito a la fecha de publicación de esta circular el siguiente: 0800-222-9042.

Implementación de la norma:

Los comprobantes emitidos por controladores fiscales también debieran incorporar la leyenda.

Texto de la Ley 13.987

Transcribimos el articulado de interés :

ARTICULO 1º: En las facturas y tickets a consumidores finales emitidos en la Provincia de Buenos Aires, deberá constar en forma legible y destacada, el número de teléfono gratuito del Departamento de Orientación al Consumidor u organismo que lo reemplace.

ARTICULO 2º: De conformidad con lo establecido en el artículo precedente, deberá consignar el siguiente texto: “Orientación al Consumidor Provincia de Buenos Aires 0-800-222-9042”

ARTICULO 3º: El incumplimiento de las disposiciones de la presente Ley serán sancionadas conforme al régimen de la Ley 13.133.

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PARA LA CIUDAD DE BS AS: Se simplifican algunos trámites y regulaciones a comercios

Fue publicada la Ley 6.513 (Boletín Oficial porteño de fecha 17 de enero del corriente), que establece beneficios para las pequeñas y medianas empresas de la Ciudad.

En términos generales, esta norma tiene como objetivo mejorar y simplificar las cargas burocráticas que enfrentan actualmente las Pymes y comercios, ordenando el marco regulatorio a través de la actualización de normas existentes y la derogación de aquellas que resultan obsoletas.

Los tres principales cambios son:

  1. Incorporación del formato digital para el libro de inspecciones y el libro de reclamos, agradecimientos y quejas a través de un único código QR visible para el consumidor.
  • Mejora y simplificación de los requisitos para la solicitud de publicidad exterior en los comercios.
  • Revalidación de datos de empadronamiento sólo para aquellos comercios que requieren licencia como, por ejemplo, las estaciones de servicio. Para las actividades restantes, se prevé la revalidación por única vez a aquellas con solicitudes previas al 6/3/2019, siempre y cuando no sufran modificaciones de rubro o ampliación de uso.

Además, establece modificaciones en los siguientes sectores y área:

GASTRONÓMICO

  • Posibilidad de ampliación de las áreas gastronómicas en el espacio público.
  • Formalización del menú digital a través de código QR.
  • Reemplazo del requisito de menú braille por menú accesible garantizando la inclusión de otras discapacidades.

ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

  • Eliminación del requisito de presentación del cuadro tarifario ante autoridad de aplicación.
  • Modernización y simplificación de los requisitos para actividades complementarias como natatorios. Estos quedarán exentos del requisito que establecía la presencia de un médico y libros asociados a la actividad, siempre y cuando las instalaciones sean destinadas al uso exclusivo de sus huéspedes.
  • Cabe destacar que se mantiene la obligatoriedad del plan de emergencias médicas y se suma el requerimiento de contar con personal con conocimientos en RCP y primeros auxilios.

SALUD

  • Reducción de bocas de expendio de tabaco en pos de una ciudad libre de humo.
  • Simplificación del trámite de inscripción para los generadores de residuos patogénicos que también serán beneficiados por la incorporación de nuevos parámetros para la recolección intermedia.
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Como analizo la Rentabilidad ¿debo hacer un Cash Flow?

Determinar la rentabilidad del negocio es el principal objetivo ya que si no conozco la estructura de costos de mis productos y/o servicios no puedo establecer el margen de utilidad, generar mejoras (ahorros), conocer qué producto y/o servicio es el más rentable y a partir de allí generar estrategias de comercialización y de compras para maximizar la rentabilidad.

Un  componente no menor en estos tiempos es la inflación permanente y sostenida de nuestro mercado local que por más que se establezcan condiciones de ajuste por IPC o por otro índice propio de la actividad, la realidad es que los ajustes se producen por período vencido “corriendo desde atrás” mientras que algunos costos se actualizan en el momento reduciendo de esta forma el margen de rentabilidad.

 Y algo muy importante para planificarse, hacer un  presupuesto para planificar los costos  y gastos mensuales. No te olvides de nada, todos los gastos referentes a la actividad, también hay costos ocultos que a veces olvidamos de poner: gastos bancarios, del posnet, Internet, seguros de la mercadería, celulares, gastos del auto,  nuestro sueldo. Cuando sepas la base de todos los costos fijos, debes esforzarte en vender hasta llegar a ese total, luego de allí, con cada venta ganas más porque ya están paga toda la estructura de gastos. 

Si a esto le sumamos que según la forma de pago que se tenga disponible para cobrar y que elija el cliente, también tiene un impacto en la rentabilidad por costos de comisiones y demás, y adicionalmente tienen diferentes momentos de acreditación en la cuenta bancaria o en las billeteras de pagos que deberemos controlar y conciliar.

Todos estos componentes tienen que reflejarse en el cuadro de rentabilidad y tienen que ser conocidos al detalle por el líder, socio, empresario, comerciante o dueño de negocio si su objetivo es permanecer en forma sustentable en el mercado.

Recomendaciones finales:

1.      Conocer en todo momento la estructura de costos y márgenes de rentabilidad con actualizaciones diarias, te aseguro que algunos gastos luego los vas a eliminar, ya que detectaras algunos costos que venían de hace  mucho y ya no deben estar.

2.      Actualizar diariamente los ingresos y egresos proyectados, hacer un Cash Flow es muy importante,  para establecer prioridades y que no nos sorprenda la falta de liquidez. Es como una agenda de que me entrara y que saldrá.

3.      Posteriormente, automatizar estos reportes para mejorar la eficiencia en la toma de decisiones, aconsejamos tener un sistema de gestión comercial, los que estaban en la nube son los mejores porque los abrís y consultas de todos lados y no son caros.

Y ahora, también hablemos de stock de mercaderías :

¿Sabés cuánto vale tu stock y cuánto te costó?

Te recomendamos  tener una planilla de stock o sistema de gestión , donde  vas a poder encontrar la siguiente información:

  • Stock actual
  • Costo total de la mercadería (es decir, tu capital inmovilizado)
  • Valor Total (el potencial de facturación que tenés con la mercadería que tenés)
  • Ingresos (el total que ingresó de ese producto)
  • Ventas totales
  • Fecha de la última vez que ingresó
  • Fecha de la última venta
  • La antigüedad que tiene el producto: este indicador me encanta, cada rubro tiene sus tiempos de rotación, pero es clave tener idea si un producto está hace mucho en un estante, para liquidarlo y recuperar el capital.
  • Días de stock (para saber hasta cuándo tengo mercadería según el nivel de ventas y si es momento de reponer)
  • Venta de la última semana (si la última semana no vendí ese producto, ver si tengo que tomar alguna acción)

SI un rubro del  stock lo tenes mucho tiempo…. Analiza que debes hacer,  hay costos por tener stock  inmovilizados, debes ordenarlos y controlarlos. 

Consultas a   info@estudiopiacentini.com.ar  o  155143-5065

    Un staff de personal altamente capacitado y especializado a la atención de los diversos casos en forma conjunta con la contadora Dra. Elisabet Maria Piacentini y Dra. Romina Vanesa Babenco, Contadora Pública.

    DIRECCION

    CAMARONES 2950 (a metros de Av. Nazca) - C1416EDF -
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